Recuadro N° 19: CPTS Régimen Pro Pyme (Art. 14 Letra D) N° 3 LIR

Recuadro N° 19: CPTS Régimen Pro Pyme (Art. 14 Letra D) N° 3 LIR

El recuadro N° 19 corresponde al registro de Capital Propio Tributario Simplificado (CPTS) del Régimen Pro Pyme General.

Este recuadro debe ser utilizado por los contribuyentes acogidos al régimen del N° 3 de la letra D) del artículo 14 de la LIR, aun cuando ejerzan la opción de llevar contabilidad simplificada, antes de registrar la información requerida en el recuadro N° 18 precedente.

Cabe tener presente que, dado que los contribuyentes acogidos al régimen del Nº 3 de la letra D) del mismo artículo no aplican corrección monetaria, las anotaciones en este recuadro se realizan a valor histórico.

Recuadro N°19. CPTS Régimen Pro Pyme (Art. 14 Letra D) N°3 LIR
Recuadro N°19
CPT positivo inicial 1445 +
CPT negativo inicial 1446
Capital aportado empresas que inician actividades 1374 +
Aumentos (efectivos) de capital del ejercicio 1375 +
Disminuciones (efectivas) de capital del ejercicio 1376
Base imponible afecta a IDPC del ejercicio 1705 +
Pérdida tributaria del ejercicio al 31 de diciembre 1706
Pérdidas tributarias de ejercicios anteriores 1707 +
Rentas exentas e ingresos no renta (positivo), generados por a empresa en el ejercicio 1377 +
Pérdida por rentas exentas e ingresos no renta del ejercicio 1378
Retiros o dividendos percibidos en el ejercicio por participaciones en otras empresas 1726 +
Utilidades percibidas afectas a impuestos finales imputadas a la pérdida tributaria del ejercicio 1591
Remesas, retiros o dividendos repartidos en el ejercicio 1479
Recuadro N° 18: Determinación del RAI (Art. 14 Letra D) N° 3 LIR

Recuadro N° 18: Determinación del RAI (Art. 14 Letra D) N° 3 LIR

El recuadro N°18 del Formulario 22 corresponde al registro de las rentas afectas a impuestos (RAI) del Régimen Pro Pyme General.

Este recuadro debe ser utilizado por los contribuyentes acogidos al régimen del N° 3 de la letra D) del artículo 14 de la LIR, aun cuando ejerzan la opción de llevar contabilidad simplificada y luego de registrar la información requerida en el recuadro N° 19.

Cabe tener presente que, dado que los contribuyentes acogidos al referido no aplican corrección monetaria, las anotaciones en este recuadro se realizan a valor histórico.

Recuadro N°18. Determinación del RAI (Art. 14 Letra D) N°3 LIR
Recuadro N°18
CPTS positivo 1703 +
CPTS negativo 1719
Saldo negativo del registro REX al término del ejercicio 1492 +
Remesas, retiros o dividendos repartidos del ejercicio, históricos 1704 +
Subtotal 1720 =
Remesas, retiros o dividendos distribuidos del ejercicio, históricos 1704 +
Saldo positivo del registro REX al término del ejercicio, antes de imputaciones 1493
Capital aportado histórico (incluye aumentos y disminuciones efectivas) 1494
Saldo FUR (cuando no haya sido considerado dentro del valor del capital aportado a la empresa) 1725
Sobreprecio obtenido en la colocación de acciones de propia emisión, histórico 1727
Rentas afectas a IGC o IA (RAI) del ejercicio 1500 =
Recuadro N° 16: Registro SAC (Art. 14 Letra A) LIR

Recuadro N° 16: Registro SAC (Art. 14 Letra A) LIR

El recuadro N°16 del formulario 22 corresponde al registro de Saldo Acumulados de Créditos del Régimen Semi Integrado.

Recuadro N° 16. Registro SAC (Art. 14 Letra A) LIR
Recuadro N° 16 Acumulados a contar desde el 01.01.2017 Acumulados hasta el 31.12.2016
No sujeto a restitución Sujeto a restitución IPE Sin D° Devolución Con D° Devolución IPE
Sin D° Devolución Con D° Devolución Sin D° Devolución Con D° Devolución
Remanente ejercicio anterior o saldo inicial (saldo positivo) 1270 1279 1288 1301 1313 1324 1335 1346
Remanente ejercicio anterior o saldo inicial (saldo negativo) 1821 1822 1289 1302
Monto imputado al IS art. 25° transitorio Ley N° 21.210, reajustado 1325 1336
Aumentos del ejercicio (por reorganizaciones) 1271 1280 1290 1303 1314 1326 1337 1347
Disminuciones del ejercicio (por reorganizaciones) 1272 1281 1291 1304 1315 1327 1338 1348
IDPC e IPE RLI generada en el ejercicio 1292 1305 1316
IDPC e IPE retiros o dividendos percibidos 1273 1282 1293 1306 1317 1328 1339 1349 +
Otros aumentos del ejercicio 1274 1283 1294 1307 1318 1329 1340 1350 +
Otras disminuciones del ejercicio 1275 1284 1295 1308 1319 1330 1341 1351
Asignado a remesas, retiros o dividendos efectuados en el ejercicio, reajustados 1276 1285 1296 1309 1320 1331 1342 1352
Asignado a retiros en exceso y devoluciones de capital efectuados en el ejercicio, reajustados 1277 1286 1297 1310 1321 1332 1343 1353
IDPC e IPE asignado a gastos rechazados, del art. 21 inc. 1° no afectos a IU 40% y del inciso 2° LIR 1298 1311 1322 1333 1344 1354
Remanente ejercicio siguiente (saldo positivo) 1278 1287 1312 1300 1323 1334 1345 1355 =
Remanente ejercicio siguiente (saldo negativo) 1723 1724 1299 1373 =