Cumplimiento Tributario, reglas para una buena gestión financiera
El cumplimiento tributario son las obligaciones que los contribuyentes deben cumplir de acuerdo a las leyes vigentes, con la supervisión y control del Servicio de Impuestos Internos.
Entrevista UFRO sobre Ley de Cumplimiento Tributario
Cumplimiento de las obligaciones tributarias
Con fecha 25 de septiembre, el Congreso aprobó el proyecto de ley denominado “Cumplimiento de las obligaciones tributarias”. En la actualidad, éste se encuentra en el Tribunal Constitucional para su revisión y posterior promulgación y publicación.
Pero, ¿por qué ha surgido tanta controversia en torno a este proyecto de ley? Para responder a esta interrogante, debemos primero entender cuál fue el espíritu del legislador. Según el propio Poder Ejecutivo, uno de los ejes se basa en un mayor control del comercio informal. Por lo tanto, el proyecto de ley incluye una serie de modificaciones al Código Tributario que buscan proporcionar más información al Servicio de Impuestos Internos (SII) para aplicar dicho control, especialmente frente al
comercio informal.
A modo de ejemplo, nos encontramos con el nuevo artículo 85 ter, el cual establece que las instituciones financieras deberán proporcionar al SII información sobre la cantidad de abonos que reciban titulares que sean personas naturales o jurídicas, o patrimonios de afectación, con domicilio o residencia en Chile, cuando dentro de un mismo día, semana o mes se realicen más de 50 abonos en las cuentas antes indicadas, provenientes de 50 o más personas o entidades diferentes, o que dentro de un semestre presenten al menos 100 abonos de 100 personas o entidades distintas.
La forma en que el SII recibirá esta información probablemente será a través de una nueva declaración jurada, sobre la cual tendremos información por medio de una resolución emitida por el mismo organismo.
¿Desde cuándo deberán informar las instituciones financieras al SII?
Según el proyecto de ley, las instituciones financieras deberán informar las operaciones ocurridas en el segundo semestre del año 2024.
¿Qué ocurre si soy tesorera de un curso y por ello recibo
tantas transferencias?
En este caso, se deberá acreditar ante instancias de fiscalización que se actúa únicamente como recaudadora, y por consiguiente, tales cantidades no ingresan a su patrimonio.
¿Me obligarán a pagar impuestos si vendo de forma esporádica y no tengo inicio de actividades?
Es importante entender que toda actividad susceptible de producir renta debe dar aviso de inicio de actividades, con el fin de quedar gravada con el impuesto a la renta y el IVA, cuando corresponda.
Por lo tanto, las personas que ejercen alguna actividad de manera informal, como aquellos que venden por plataformas como Instagram, Tik-tok o Facebook Marketplace, y que no tengan inicio de actividades, podrían entrar en un proceso de fiscalización debido a la cantidad de transferencias recibidas.
Deberán acreditar el motivo de las transferencias, lo que podría conllevar sanciones establecidas en el Código Tributario por no dar aviso de inicio de actividades y por no ingresar a las arcas fiscales los impuestos adeudados.