Recuadro N° 20: Registro Tributario de Rentas Empresariales y Movimiento de STUT (Art. 14 Letra D) N° 3 LIR

Recuadro N° 20: Registro Tributario de Rentas Empresariales y Movimiento de STUT (Art. 14 Letra D) N° 3 LIR

El recuadro N°20 del Formulario 22 corresponde al registro tributario de rentas empresariales y movimiento de STUT (del artículo 14 letra D N°3 de la LIR) y es usado para los contribuyentes acogidos al Régimen Pro Pyme Transparente.

Recuadro N°20 Registro Tributario de Rentas Empresariales y Movimiento de STUT (Art. 14 Letra D) N°3 LIR
Recuadro N°20 RAI REX STUT
Rentas con tributación cumplida Rentas Exentas INR
RAP y diferencia inicial ex Art. 14 Ter A) LIR ISFUT Otras
Remanente ejercicio anterior o saldo inicial (saldo positivo) 1451 1452 1752 1753 1453 1454 1382 +
Remanente ejercicio anterior o saldo inicial (saldo negativo) 1589 1845 1455 1456
Monto imputado al IS art. 25° transitorio Ley N°21.210 1457 1458 1383
Aumentos del ejercicio (por reorganizaciones) 1392 1393 1755 1756 1394 1395 1384 +
Disminuciones del ejercicio (por reorganizaciones) 1396 1397 1757 1758 1398 1399 1385
Reversos y/o disminuciones del ejercicio (propios) 1459 1460 1759 1760 1461 1462 1386
Aumentos del ejercicio (propios) 1463 1762 1465 1466 +
Otros aumentos del ejercicio 1467 1468 1763 1764 1469 1470 1387 +
Otras disminuciones del ejercicio 1471 1472 1765 1766 1473 1474 1388
Retiros, dividendos o remesas imputados a los RTRE 1475 1476 1767 1768 1477 1478 1389
Retiros en exceso y devoluciones de capital imputados en el ejercicio 1480 1481 1769 1770 1482 1483 1390
Remanentes ejercicio siguiente (saldo positivo) 1484 1485 1771 1772 1486 1487 1391 =
Remanente ejercicio siguiente (saldo negativo) 1489 1846 1490 1491 =
Condonación de multas para 5 declaraciones juradas

Condonación de multas para 5 declaraciones juradas

Este 22 de abril de 2022 el Servicio de Impuestos Internos (SII) publicó la resolución N° 37, medida que va en especial apoyo de los contribuyentes del país, con el objetivo de que cumplan sus obligaciones tributarias.

En concreto, el documento condona las multas de presentación fuera de plazo y rectificatorias realizadas hasta el 30 de abril de 2022 de las siguientes 5 declaraciones juradas:

 

Cabe mencionar que la aplicación de esta condonación para las 5 declaraciones juradas se realizará de forma automática.

VISTOS

Las facultades conferidas en los artículos 6° letra B), N° 3 y 4, 97 y 106 del Código Tributario, contenido en artículo 1° del D.L. N° 830, de 1974; lo establecido en los artículos 1°, 9° y 19 letras c) y d), del Decreto con Fuerza de Ley N° 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos; y,

CONSIDERANDO

 

  1. Que, a este Servicio le corresponde la aplicación y fiscalización de todos los impuestos internos actualmente establecidos o que se establecieren, fiscales o de otro carácter en que tenga interés el Fisco y cuyo control no esté especialmente encomendado por ley a una autoridad diferente.
  2. Con el propósito de facilitar el cumplimiento tributario de los contribuyentes, considerando la situación en que se encuentran algunos contribuyentes, especialmente aquellos clasificados como microempresas, pequeñas empresas, medianas empresa.

 

RESUELVO

 

  1. Condónense multas por presentación fuera de plazo y rectificatorias de las declaraciones juradas formularios números 1887, 1879, 1943, 1947 y 1948.
  2. Las condonaciones a que se refiere esta Resolución, se aplicarán de forma automática, esto es, se otorgarán en línea, al momento del envío de la declaración jurada respectiva, lo anterior, para las declaraciones presentadas hasta el 30 de abril de 2022, inclusive.
Recuadro N° 20: Registro Tributario de Rentas Empresariales y Movimiento de STUT (Art. 14 Letra D) N° 3 LIR

Recuadro N° 22: Base Imponible Régimen de Transparencia Tributaria (Art. 14 Letra D) N° 8 LIR

El recuadro N°22 del formulario 22 corresponde al registro de la base imponible para el Régimen de Transparencia Tributaria Artículo 14 letra D N°8 LIR.

Recuadro N°22. Base Imponible Régimen de Transparencia Tributaria (Art. 14 Letra D) N°8 LIR
Recuadro N°22
    PERCIBIDO O PAGADO  
Ingresos percibidos 1600   +
Ingresos del giro devengados en ejercicios anteriores y percibidos en el ejercicio actual 1819   +
Rentas de fuente extranjera percibidas 1601   +
Intereses y reajustes percibidos por préstamos y otros 1602   +
Mayor valor percibido por rescate o enajenación de inversiones o bienes no depreciables 1603   +
Dividendos o retiros percibidos en el ejercicio, por participaciones en otras empresas 1604   +
Incremento por IDPC y crédito total disponible por impuestos soportados en el extranjero 1605   +
Ingresos percibidos o devengados por operaciones con empresas relacionadas del art. 14 letra A) LIR 1606   +
Otros ingresos percibidos o devengados 1607   +
Ingreso diferido imputado en el ejercicio, debidamente incrementado y reajustado, cuando corresponda 1608   +
Crédito por activos fijos adquiridos en el ejercicio (art. 33 bis LIR) 1609   +
Total de ingresos anuales 1610   =
Gasto por saldo inicial de existencias o insumos del negocio en cambio de régimen, pagados 1611  
Gasto por saldo inicial de activos fijos depreciables en cambio de régimen, pagados 1612  
Gasto por pérdida tributaria en cambio de régimen 1613  
Existencias o insumos del negocio, pagados 1614  
Existencias, insumos y servicios del negocio adeudados en ejercicios anteriores y pagados en el ejercicio actual 1820  
Gastos de rentas de fuente extranjera, pagados 1615  
Remuneraciones pagadas 1616  
Honorarios pagados 1617  
Adquisición de bienes del activo fijo, pagados 1618  
Servicios pagados 1619  
Arriendos pagados 1620  
Gastos por exigencias medio ambientales, pagados 1621  
Intereses y reajustes pagados por préstamos y otros 1622  
Amortización de intangibles, art. 22° transitorio bis, inc 4°, 5° y 6° Ley N° 21.210 1623  
Pérdida en rescate o enajenación de inversiones o bienes no depreciables 1624  
Otros gastos deducibles de los ingresos 1625  
Gastos o egresos pagados o adeudados por operaciones con empresas relacionadas del art. 14 letra A) LIR 1626  
Pérdidas tributarias de ejercicios anteriores 1627  
Créditos incobrables castigados en el ejercicio (reconocidos sobre ingresos devengados) 1628  
Total de egresos anuales 1629   =
Base imponible a asignar a propietarios que son contribuyentes de impuestos finales, o pérdida tributaria del ejercicio 1630   =