La Declaración Jurada N° 1943 debe ser presentada por contribuyentes que se encuentren bajo el régimen de Renta Presunta y aquellos que lleven contabilidad simplificad, según el artículo 14 letra B) de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
Declaración Jurada 1943
- ¿Quién debe presentar la Declaración Jurada N° 1943?
- ¿Deben declarar quienes hagan arriendos en bienes no agrícolas?
- ¿Quiénes califican para llevar contabilidad simplificada?
- ¿Qué deben informar los contribuyentes acogidos a la contabilidad simplificada?
- ¿Cómo se informa a los socios o accionistas tales rentas?
- ¿Cuáles son los medios por donde se puede presentar la DJ 1943?
- ¿Existen certificados asociados a la Declaración Jurada 1943?
- ¿Cuándo vence la Declaración jurada 1943 en el A.T. 2024?
- ¿Presenta la DJ 1943 modificación para el A.T. 2024?
- Ejercicio DJ 1943
¿Quién debe presentar la Declaración Jurada N° 1943?
Esta declaración jurada debe ser presentada por empresarios individuales, empresas individuales de responsabilidad limitada, sociedades de personas, sociedades por acciones, sociedades anónimas, sociedades de hecho, comunidades o cooperativas, acogidas:
- Contabilidad simplificada.
- Renta Presunta.
¿Deberán las personas naturales que den en arrendamiento bienes raíces no agrícolas y que no quedan afectos a IDPC, por aplicación de la exención del artículo 39 N° 3 de la LIR, efectuar la declaración?
No, la declaración jurada no debe ser presentada por contribuyentes que obtengan rentas según normas del artículo 14 letra B) N°1 de la LIR y se encuentren exentos del Impuesto de Primera Categoría y afectos a Impuesto Global Complementario o Impuesto adicional.
¿Quiénes califican para llevar contabilidad simplificada?
Contribuyentes del Impuesto de Primera Categoría (IDPC) que declaren rentas efectivas y que no las determinen sobre la base de un balance general, según contabilidad completa, es decir, aquellos que estén autorizados a llevar contabilidad simplificada o tributen en base a planillas o contratos.
Al respecto, el artículo 68 de la LIR establece que los siguientes contribuyentes estarán facultados para llevar una contabilidad simplificada:
Los contribuyentes de la Primera Categoría que, a juicio exclusivo de la Dirección Regional, tengan un escaso movimiento, capitales pequeños en relación al giro de que se trate, poca instrucción o se encuentren en cualquiera otra circunstancia excepcional. A estos contribuyentes, la Dirección Regional podrá exigirles una planilla con detalle cronológico de las entradas y un detalle aceptable de gastos. La Dirección Regional podrá cambiar el sistema aplicable a estos contribuyentes, pero dicha modificación regirá a contar del año calendario o comercial siguiente.
Cabe señalar que, para llevar contabilidad simplificada, acogiéndose a las disposiciones del artículo 14 letra B) N° 1 de la LIR, los contribuyentes deben contar con una resolución que los autorice, la que deberá ser solicitada a través del Formulario 2117, quedando a juicio del Director Regional autorizar o no dicha petición.
¿Qué deben informar los contribuyentes acogidos a la contabilidad simplificada?
Estos contribuyentes deben informar las rentas afectas a IDPC, más todos los ingresos o beneficios percibidos o devengados por participaciones en otras entidades, las cuales se gravarán respecto del titular, socio, comunero o accionista, con el Impuesto Global Complementario (IGC) o Adicional (IA), en el mismo ejercicio al que correspondan.
¿Cómo se informa a los socios o accionistas tales rentas?
En los casos señalados en los números 1 y 2 de la letra B) del artículo 14 de la LIR, esto es, quienes lleven contabilidad simplificada o se encuentren en el régimen de Renta Presunta, las rentas declaradas se entenderán retiradas o distribuidas por los propietarios en proporción a su participación en las utilidades. Si se tratare de una comunidad, las rentas se asignarán en proporción a sus respectivas cuotas en la comunidad.
¿Cuáles son los medios por donde se puede presentar la DJ 1943?
El SII señala que la declaración jurada 1943 puede ser presentada por un:
- Asistente
- Formulario Electrónico
- Por transferencia de archivos importador de datos Software generador de archivos.
En el último caso, nuestro Software e-Renta A.T. 2024 te ayuda a generar la declaración jurada 1943 en forma automatizada.
¿Existen certificado asociados a la Declaración Jurada N° 1943?
Si, a la Declaración Jurada N° 1943 vienen asociados los siguientes certificados:
- Certificado N° 57, sobre retiros o distribuciones de rentas determinadas en conformidad a lo dispuesto en el n° 1 de la letra b) del artículo 14 de la LIR.
- Certificado N° 58, sobre retiros o distribuciones de rentas determinadas en conformidad a lo dispuesto en el n° 2 de la letra b) del artículo 14 de la LIR.
¿Cuándo vence la declaración jurada 1943 en el A.T. 2024?
En este caso debemos hacer la siguiente distinción:
- Sociedades con socios personas naturales: 28 de marzo, 2024.
- Empresarios individuales: junto con el formulario N° 22.
¿Presenta la Declaración Jurada N° 1943 modificación para el A.T. 2024?
No, para el A.T. 2024 el Servicio de Impuestos Internos no ha publicado resolución que señale alguna modificación a la Declaración Jurada N° 1943.
Ejercicio declaración jurada 1943
Antecedentes
Florencia Agüero López, presenta los siguientes antecedentes para realizar la declaración jurada 1943.
1) Renta presunta de transporte de carga, tiene camión con avaluó fiscal de $ 183.279.400.
Sección A
IDENTIFICACIÓN DEL DECLARANTE
ROL ÚNICO TRIBUTARIO | RAZÓN SOCIAL | ||||
15.174.215-5 | Florencia Agüero López | ||||
DOMICILIO POSTAL | COMUNA | ||||
EL PARRON 2441 | PAINE | ||||
CORREO ELECTRONICO | TELEFONO | ||||
INFOVALE@GMAIL.COM | 2222222 |
Sección B
BASE IMPONIBLE ACTIVIDAD DE RENTA PRESUNTA AFECTA A PRIMERA CATEGORÍA
N° | TIPO DE ACTIVIDAD | BASE IMPONIBLE |
1 | 3 | 18.327.940 |
Sección C
BASE IMPONIBLE AFECTA A PRIMERA CATEGORÍA CONTRIBUYENTES ACOGIDOS AL ART. 14 BlN 1LIR (CONTABLIDAD SIMPLIFICADA)
CONCEPTO | MONTO | |||||
Ingresos del giro percibidos o devengados reajustados | ||||||
Costo directo de los bienes y servicios y gastos necesarios para producir los ingresos reajustados | ||||||
Remuneraciones reajustadas | ||||||
BASE IMPONIBLE DE PRIMERA CATEGORIA A ASIGNAR O PÉRDIDA TRIBUTARIA | ||||||
Renta por arriendo de bienes raíces agrícolas según contrato | ||||||
Renta por arriendo de bienes raíces no agrícolas según contrato | ||||||
Rentas asignadas o percibidas por participaciones en otras entidades |
Sección D
DATOS DE LOS INFORMADOS (Propietarios)
N’ | RUT PROPIETARIO | RENTA A TRIBUTAR POR LOS PROPIETARIOS DE LA EMPRESA O POR LOS COOPERADOS DE LA COOPERATIVA ACOGIDA AL ART. 34 DE LA LIR.SEGÚN ART. 14 LETRA BJ N·2 DE LA LIR (RENTA PRESUNTA) | RENTA A TRIBUTAR POR LOS PROPIETARIOS DE LA EMPRESA ACOGIDA AL ART. 14 LETRA BlN 1LIR (CONTABILIDAD SIMPLIFICADA) | N· CERTIF CADO | |||||||||
MONTO RENTA A TRIBUTAR CON LOS IMPUESTOS FINALES |
MONTO DEL CRÉDITO POR IMPUESTO DE 1″ CATEGORÍA | DATO INFOMATIVO | MONTO RENTA A TRIBUTAR CON LOS IMPUESTOS FINALES |
MONTO DEL CRÉDITO POR IMPUESTO DE 1″ CATEGORÍA | |||||||||
RETIROS EFECTIVOS REALIZADOS EN EL EJERCICIO | No sujetos a restitución | Sujetos a restitución | |||||||||||
Con derecho a devolución | Sin derecho a devolución | ||||||||||||
Con derecho a devolución | Sin derecho a devolución | Con derecho a devolución | Sin derecho a devolución | ||||||||||
1 | 15.174.215-5 | 18.327.940 | 4.581.985 | 0 | 9.491.090 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1 |
CUADRO RESUMEN FINAL DE LA DECLARACIÓN
RENTA A TRIBUTAR POR LOS PROPIETARIOS DE LA EMPRESA. O POR LOS COOPERADOS DE LA COOPERATIVA ACOGIDA AL ART. 34 DE LA LIR. SEGÚN ART. 14 LETRA N° 2 DE LA LIR | RENTA A TRIBUTAR POR LOS PROP ETARIOS DE LA EMPRESA ACOGIDA AL ART. 14 LETRA B) N° 1 LIR | TOTAL DE CASOS INFORMADOS | |||||||||
MONTO RENTA A TRIBUTAR CON LOS IMPUESTOS FINALES |
MONTO DEL CRÉDITO POR IMPUESTO DE 1° CATEGORÍA |
DATO INFOMATIVO | MONTO RENTA A TRIBUTAR CON LOS IMPUESTOS FINALES |
MONTO CRÉDITO POR IMPUESTO DE 1° CATEGORÍA |
|||||||
Con derecho a devolución |
Sin derecho a devolución |
RETIROS EFECTIVOS REALIZADOS EN EL EJERCICIO |
No sujetos a restitución |
Sujetos a restitución | |||||||
Con derecho a devolución |
Sin derecho a devolución | Con derecho a devolución |
Sin derecho a devolución |
||||||||
18.327.940 | 4.581.985 | 0 | 9.491.090 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1 |
DECLARO BAJO JURAMENTO QUE LOS DATOS CONTENDOS EN EL PRESENTE DOCUMENTO SON LA EXPRESIÓN FIEL DE LA VERDAD. POR LO QUE ASUMO LA RESPONSABILIDAD
Rut Representante Legal |
5.234.421-1 |
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