Término de Giro y sus preguntas frecuentes

Término de Giro y sus preguntas frecuentes

Si quieres aprender sobre el Término de Giro, primero debemos contarte que este corresponde a un aviso escrito y formal que toda persona natural o jurídica debe presentar ante el Servicio de Impuestos Internos (SII) cuando pone término a su giro comercial o industrial.

Este término implica la regularización de las obligaciones tributarias pendientes, incluso el pago de impuestos del balance del Término de Giro.

¿Quiénes presentan Término de Giro?

 

Aquellos contribuyentes que hayan completado 12 meses en adelante y que estén declarando «sin movimiento» en el Formulario 29 (IVA, Pago Provisional Voluntario y otros impuestos), o por el contrario, no hayan declarado este formulario, deben presentar durante los siguientes dos meses la Declaración por Término de Giro.

Si se cumplió con informar, también pueden mantener esta actividad tributaria presentando la Declaración Jurada de Suspensión Temporal del Giro (Circular N° 12 del 4 de febrero de 2003).

¿Quiénes no deben presentar el Término de Giro?

 

De acuerdo a lo que señala el SII, quienes no tienen la necesidad de presentar el término son los contribuyentes que:

  • Desarrollen varias actividades sujetas al pago de impuesto de primera categoría, cuando terminan varias de ellas pero mantienen al menos una de ellas. En este caso, sólo deben dar aviso de la modificación.
  • Sólo tengan rentas de segunda categoría; es decir, profesionales independientes que sólo timbran boletas de honorarios.
  • Exploten vehículos motorizados en el transporte terrestre de pasajeros y que estén acogidos al régimen de renta presunta; siempre que no sean Sociedades Anónimas o En Comandita por acciones y que no tengan  otras rentas de primera categoría y/o hagan uso del crédito tributario Sence.
  • Exploten a cualquier título vehículos motorizados en el transporte terrestre de pasajeros y/o de
    carga ajena, cuando enajenen uno o más de dichos vehículos y deseen continuar con esta actividad u otra que tribute en la primera categoría de la Ley de la Renta, en un plazo inferior a los 6 meses desde que se dio aviso de la venta al Servicio de Impuestos Internos.

¿Cómo se hace el término?

 

Se debe realizar desde el formulario 2121 (Aviso y Declaración por Término de Giro), por Internet y presentando los antecedentes tributarios correspondientes.

No presentación del Término de Giro

 

En el caso de que el contribuyente no haya realizado el término, por Ley se podrían aplicar multas e infracciones al no haber informado en los plazos correspondientes. También existe la posibilidad de un cobro por impuestos pendientes.

EIRL: Características de una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

EIRL: Características de una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

¿Tienes interés por conocer más sobre una empresa individual de responsabilidad limitada (Abreviada por sus siglas EIRL)? Esta es una de las organizaciones más comunes porque permite separar el patrimonio de la empresa y del dueño. Sigue leyendo más sobre este tipo de empresa.

¿Qué es una EIRL?

 

Son también conocidas como Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (EIRL).

Las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (EIRL) fueron incorporadas a nuestro ordenamiento jurídico comercial mediante la Ley 19.857 en 2003 y son muy usadas por empresarios que quieren comenzar un negocio con toma de decisiones de forma individual.

Estas organizaciones son comerciales, de patrimonio propio (distinto al titular) y permiten que cualquier persona natural logre obtener una personalidad jurídica.

 

Definición del Servicio de Impuestos Internos (SII)

 

Las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada son personas jurídicas, formadas exclusivamente por una persona natural, con patrimonio propio y distinto al del titular, que realizan actividades de carácter netamente comercial (no de actividades de segunda categoría). Están sometidas a las normas del Código de Comercio, cualquiera sea su objeto, pudiendo realizar toda clase de operaciones civiles y comerciales, excepto las reservadas por la ley a las Sociedades Anónimas (S.A.).

Características principales

 

Algunas características generales de las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada son:

Nombre de la EIRL

Debe consignar, al menos, su nombre y apellido, pudiendo tener también un nombre de fantasía, sumado al de las actividades económicas o giro. Esta denominación deberá cerrarse con la frase “Empresa Individual de Responsabilidad Limitada”, o bien utilizar la abreviatura “EIRL”.

Constitución de una EIRL

Estas empresas deberán constituirse por escritura pública, cuyo extracto se inscribe en el Registro de Comercio y se publica en el Diario Oficial, o bien, pueden crear a través de la plataforma web “Tu empresa en un día”.

Duración de una EIRL

La duración de la empresa puede ser determinada o indefinida.

Tipo de una EIRL

La generación de una EIRL permite dar vida a una persona jurídica, siempre de tipo comercial.

Responsabilidad en una EIRL

El propietario de la empresa individual responde con su patrimonio y sólo con los aportes efectuados o que se haya comprometido a incorporar. Por su parte, la empresa responde por sus obligaciones generadas en el ejercicio de su actividad con todos sus bienes.

Administración de una EIRL:

La administración corresponde a su propietario; sin embargo, éste puede dar poderes generales o especiales a un gerente o mandatario(s).

Término de una EIRL

Para poner término a la empresa, destacan la voluntad del empresario, el término de su duración o muerte del titular.

Transformación de una EIRL

Se puede transformar en sociedad y una sociedad limitada puede constituirse en una EIRL.

¿Cuál es el régimen tributario de una EIRL?

 

A las EIRL les aplica todo el régimen jurídico aplicable a cualquier empresa, incluso en materia tributaria, por tanto podrían pertenecer a cualquier régimen tributario, esto es, régimen general de tributación semi integrado (Art. 14 letra A LIR), régimen propyme general (Art. 14 letra D Nº 3 LIR), régimen propyme transparente (Art. 14 letra D Nº 8 LIR) o régimen de rentas presuntas (Art. 34 LIR).

¿Cuáles son las declaraciones de impuestos para las EIRL?

 

Aquellos que estén bajo una EIRL debe cumplir con algunas obligaciones tributarias mensuales, como la declaración de IVA, pago de PPM y retenciones, y la declaración del Formulario 50. En cuanto a las responsabilidades anuales, se encuentra la declaración de la renta anual.

¿Quién es responsable de la administración en una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada?

 

La administración de una EIRL es responsabilidad del propietario. Aunque este puede entregar sus poderes generales o especiales a un gerente o mandatario(s).

Requisitos del propietario para contratos

 

De acuerdo a lo que señala el SII, los actos y contratos que el titular de la empresa individual celebre con su patrimonio sólo tendrán valor si son por escrito y desde el momento en que se protocolizan ante notario público.

Estos actos y contratos se anotan al margen de la inscripción estatutaria dentro del plazo de 60 días contados desde su otorgamiento.  

¿Qué es mejor? ¿Una EIRL o SPA?

En términos tributarios, no existe diferencia en cuanto a un EIRL o SpA, es decir, las obligaciones y beneficios tributarios dependerán exclusivamente del régimen tributario al que este adscrito.

Ahora bien, desde un punto de vista legal existen diferencias en cuanto a su conformación, pues si bien ambas pueden estar constituidas por una sola persona, en el caso de las SpA, esto es opcional, pudiendo conformarse por 1 o más accionistas.

Por otro lado, en el caso de las EIRL solo podrán tener solo una actividad económica especifico, en cambio en el caso de las SpA podrán tener más de una actividad económica.

¿Qué es el Impuesto de Primera Categoría (IDPC)?

¿Qué es el Impuesto de Primera Categoría (IDPC)?

El Impuesto de Primera Categoría, conocido también como IDPC, es un impuesto que graba a los contribuyentes que realizan actividades clasificadas en la primera categoría, se encuentra regulado en el Decreto Ley N° 824, y entre las actividades de primera categoría podemos mencionar las actividades industriales, comerciales, agrícolas, prestaciones de servicios y extractivas, entre otras.

¿Quiénes son los contribuyentes que pagan Impuesto de Primera Categoría?

 

Los contribuyentes afectos al Impuesto de Primera Categoría son aquellos que realizan, según el artículo 20 de la Ley Sobre Impuesto a la Renta (LIR), las siguientes actividades:

 

  • Contribuyentes que posean o exploten a cualquier título bienes raíces;
  • Contribuyentes que den en arrendamiento, subarrendamiento, usufructo u otra forma de cesión o uso temporal, bienes raíces;
  • Las rentas provenientes de capitales mobiliarios
  • Las rentas de la industria, del comercio, de la minería y de la explotación de riquezas del mar y demás actividades extractivas, compañías aéreas, de seguros, de los bancos, asociaciones de ahorro y préstamos, sociedades administradoras de fondos, sociedades de inversión o capitalización, de empresas financieras y otras de actividad análoga, constructora, periodísticas, publicitarias, de radiodifusión, televisión, procesamiento automático de datos y telecomunicaciones;
  • Las rentas obtenidas por corredores, sean titulados o no, comisionistas con oficina establecida, martilleros, agentes de aduanas, embarcadores y otros que intervengan en el comercio marítimo, portuario y aduanero, y agentes de seguros que no sean personas naturales; colegios, academias e institutos de enseñanza particulares y otros establecimientos particulares de este género; clínicas, hospitales, laboratorios y otros establecimientos análogos particulares y empresas de diversión y esparcimiento; y
  • Todas las rentas, cualquiera que fuera su origen, naturaleza o denominación, cuya imposición no esté establecida expresamente en otra categoría ni se encuentren exentas.

¿Cuál es su tasa de impuesto?

 

De acuerdo a la última modificación legal a la LIR, a través de la Ley N° 21.210, en el año 2020 se incorporaron nuevos regímenes tributarios de primera categoría y se modificaron las tasas de IDPC a aplicar según cada régimen.

Es así como hoy los contribuyentes del régimen general de tributación semi integrado (Art. 14 letra A de la LIR) tributan con una tasa de IDPC del 27%, mientras que los contribuyentes del régimen Propyme general (Art. 14 letra D N° 3 de la LIR), los contribuyentes no obligados a llevar contabilidad y aquellos sin fines de lucro (Art. 14 letra B de la LIR) y los contribuyentes de los regímenes de Rentas Presuntas (Art. 34 de la LIR) tributan con una tasa de IDPC del 25%.

Es importante mencionar que los contribuyentes del Régimen Propyme Transparente (Art. 14 letra D N° 8 de la LIR) no pagan IDPC por cuanto asignan la base imponible a sus propietarios contribuyentes de impuestos finales en proporción de su participación en el capital de la entidad.

Recordar que para aminorar los efectos de la pandemia en las Pymes, el gobierno de Chile bajó la tasa de IDPC para las Pymes a un 10% para los años tributarios 2021, 2022 y 2023.

¿Mediante cuál formulario se paga el Impuesto de Primera Categoría?

 

El IDPC se declara y paga en el Formulario N° 22 y su trámite se realiza por internet, a través del sitio personal del contribuyente en la página web del Servicio de Impuestos Internos.

¿Cuáles son los plazos a presentar del IDPC?

 

El Impuesto de Primera Categoría (IDPC) se debe pagar en períodos anuales durante el mes de abril de cada año, esto se denomina «año tributario» y corresponde al año en que se paga el IDPC.

El impuesto se determina en base a una utilidad tributaria que se determina considerando los movimientos del año inmediatamente anterior al que se está declarando, esto se denomina «año comercial». Así es como las utilidades correspondientes al año comercial 2022 pagar el IDPC que corresponda el año tributario 2023 (abril del año 2023).

¿Cuáles son las sanciones por no cumplir con los plazos?

 

El declarar y pagar IDPC fuera del plazo legal (hasta el 30 de abril de cada año), implica para el contribuyente los siguientes recargos legales (regulados en los artículos 53 y 97 del Código Tributario):

Reajuste

Todo impuesto o contribución que no se pague dentro del plazo legal se reajustará en el mismo porcentaje de aumento que haya experimentado el índice de precios al consumidor en el período comprendido entre el último día del segundo mes que precede al de su vencimiento y el último día del segundo mes que precede al de su pago.

Intereses

El contribuyente estará afecto, además, a un interés penal del 1,5% mensual por cada mes o fracción de mes, en caso de mora en el pago del todo o de la parte que adeudare de cualquier clase de impuestos y contribuciones. Este interés se calculará sobre los valores reajustados.

Multas

Con multa de 10% de los impuestos adeudados. La multa indicada se aumentará en 2% por cada mes o fracción de mes de retardo, no pudiendo exceder el total de ella del 30% de los impuestos adeudados. En los casos en que la omisión de la declaración en todo o en parte de los impuestos que se encuentren retenidos o recargados haya sido detectada por el SII en procesos de fiscalización, la multa será del 20% de los impuestos adeudados. Se aumentará en 2% por cada mes o fracción de mes de retardo, no pudiendo exceder el total de ella del 60% de los impuestos adeudados.

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