¡Tener un reglamento interno es uno de los puntos imprescindibles para tu negocio! Anímate a dejar en claro este conjunto de normas para ahorrar esos malos entendidos con tu equipo.
¿Quiénes deben hacer un reglamento interno?
Las empresas, establecimientos, faenas o unidades económicas que cuenten con 10 o más trabajadores permanentes, -incluídos los trabajadores que presten servicios en las distintas fábricas o secciones- estarán obligadas a diseñar un reglamento interno de orden, higiene y seguridad.
En este documento se deberán especificar las obligaciones y prohibiciones a las cuales se sujetarán los empleados en relación a sus labores, permanencia y vida en las dependencias de la respectiva empresa o establecimiento.
Estipulaciones mínimas del reglamento interno
En conformidad del cumpliendo de los requisitos, este documento deberá contener como mínimo las siguientes disposiciones:
Las horas en que comienza y termina el trabajo, como también las de cada turno si éste se efectúa en equipos.
Los descansos.
Los tipos de remuneraciones.
El lugar, día y hora de pago.
Las obligaciones y prohibiciones a que estén sujetos los trabajadores respecto al reglamento interno.
La designación de los cargos ejecutivos o dependientes del establecimiento ante quienes los trabajadores deban plantear sus peticiones, reclamos, consultas y sugerencias.
Las normas especiales pertinentes a las diversas clases de faenas, de acuerdo con la edad y sexo de los trabajadores.
La forma de comprobación del cumplimiento de las leyes de previsión, de servicio militar obligatorio, de cédula de identidad y en el caso de menores, de haberse cumplido la obligación escolar.
Las normas e instrucciones de prevención, higiene y seguridad que deben observarse en la empresa o establecimiento.
Las sanciones que podrán aplicarse por infracción a las obligaciones que señale este reglamento.
El protocolo de prevención respecto del acoso sexual, laboral y la violencia en el trabajo, y el procedimiento al que se someterán las trabajadores, el que considerará las medidas de resguardo que se adopten respecto de los involucrados y las sanciones que se aplicarán.
El procedimiento a que se someterán los reclamos que se deduzcan por infracción a la igualdad de remuneraciones entre hombres y mujeres. En todo caso, el reclamo y la respuesta del empleador deberán constar por escrito y estar debidamente fundados. La respuesta del empleador deberá ser entregada dentro de un plazo no mayor a treinta días de efectuado el reclamo por parte del trabajador.
Aspectos a considerar del reglamento interno
Asimismo, el empleador tendrá la responsabilidad de presentar a sus trabajadores el reglamento interno y sus modificaciones 30 días antes de la fecha en que comience a regir, y fijarse, a lo menos, en dos sitios visibles del lugar de las faenas con la misma anticipación.
También es importante contemplar que el empleador deberá presentar una copia a los sindicatos y a los Comités Paritarios existentes en la empresa.
Por último, si estás comenzando tu negocio, ten presente que este reglamento se debe presentar dentro de los primeros 5 días de vigencia al Ministerio de Saludo o la Dirección del Trabajo, según corresponda, y ambas entidades podrán exigir modificaciones al referido reglamento en razón de su ilegalidad.
Tarde o temprano más de alguna empresa ha tenido la oportunidad de integrar a un estudiante en práctica dentro de su equipo. Muchas consultas que recibimos en Edig han sido para dejar en claro los requisitos para efectuar el contrato del estudiante de forma apropiada.
De acuerdo a lo señalado en el inciso 3 del artículo ocho del Código del Trabajo, la prestación de servicios de los estudiantes para dar cumplimiento al requisito de práctica profesional no da origen a un contrato de trabajo.
Bajo esta premisa, el estudiante debe cumplir con los estándares que le sugiere la institución correspondiente. Por lo tanto, en vez de generar un contrato de trabajo para justificar el cumplimiento de su servicio, se sugiere firmar un “convenio de práctica profesional”. Se presenta por las dependencias del estudiantado y describe de forma específica las horas de duración, los roles que cumplirá el alumno en la práctica y quién será el funcionario que estará a cargo de ser su guía durante ese periodo.
Por otra parte, para corroborar la necesidad de la práctica profesional, se debe pedir al estudiante el certificado formulado por el establecimiento educacional en donde especifica el desempeño de sus estudios, como también el tiempo de duración de este.
El deber de las empresas hacia los estudiantes en práctica
En base a lo estipulado por el mismo apartado 3 del artículo ocho del Código del Trabajo, las empresas tienen la responsabilidad de cumplir con la colación y la movilización del estudiante. También existe la opción de asignar un beneficio en dinero que compense sus prestaciones, pero sin constituir una remuneración para efectos legales.
Una empresa puede ser sancionada en el caso de no proporcionar al estudiante los elementos de protección requeridos en su trabajo. Éstos deben ser siempre considerados, como por ejemplo, una vestimenta de protección para la prevención de accidentes. Caso contrario, la Inspección del Trabajo tiene la potestad de sancionar con una multa establecida en el apartado 6 del artículo 76 de la Ley
El mínimo de tiempo que puede exigir una facultad es de 200 horas y el máximo de extensión puede durar hasta 6 meses.
La mayoría de los universitarios en Chile deben realizar de forma obligatoria las prácticas en empresas como también en organismos públicos para obtener el título.
En algunas carreras el alumno debe haber aprobado todas sus materias anteriores para formalizar su práctica.
También existen otros programas que piden el 70% (puede variar) de cursada la carrera para poder hacer la pasantía.
El 20% de los estudiantes se queda trabajando en el lugar donde realizó la práctica profesional. ¡Considera esta oportunidad para que tu empresa pueda captar talentos! contrato del estudiante contrato del estudiante
Con una mayoría de 84 votos a favor y 64 en contra, se aprobó la idea de legislar el plan de Reforma a las Pensiones, por lo que ahora sería revisado por la Comisión de Trabajo.
Si bien esta reforma contempla una de las medidas más controversiales como el aumento del 10 al 14% para un ahorro previsional, el Presidente de la República, Sebastián Piñera, explicó que el 4% no será destinado a las AFP, sino que a una cuenta de ahorro individual de cada trabajador chileno, financiado por los empleadores y administrado por un consejo o una institución pública.
Asimismo, el Mandatario aseguró que con este proyecto, el aumento será de un 40% en las pensiones. «Este es un esfuerzo muy grande, pero yo creo que es justo, que es necesario, y que es urgente, y se lo debemos a nuestros adultos mayores». Expresó.
Según las proyecciones entregadas por el Gobierno, además de aumentar en un 23% las pensiones de las mujeres, cerca de 841 mil personas de la clase media y alrededor de 1.6 millones de los sectores más vulnerables en Chile se verían beneficiados. Por otra parte, el Presidente reconoció que con esta reforma el esfuerzo fiscal de la Reforma a las Pensiones es muy grande y que costará 3.500 millones de dólares “para mejorar la solidaridad del sistema más grande en la historia de nuestro país”.