Revisa nuestra tienda online

¿Qué empresas deben contar con un reglamento interno?

Jul 18, 2019 | Laboral

¡Tener un reglamento interno es uno de los puntos imprescindibles para tu negocio! Anímate a dejar en claro este conjunto de normas para ahorrar esos malos entendidos con tu equipo.

¿Quiénes deben hacerlo?

Las empresas, establecimientos, faenas o unidades económicas que cuenten con 10 o más trabajadores permanentes, -incluídos los trabajadores que presten servicios en las distintas fábricas o secciones- estarán obligadas a diseñar un reglamento interno de orden, higiene y seguridad.

En este documento se deberán especificar las obligaciones y prohibiciones a las cuales se sujetarán los empleados en relación a sus labores, permanencia y vida en las dependencias de la respectiva empresa o establecimiento.

 

Estipulaciones mínimas del reglamento interno

En conformidad del cumpliendo de los requisitos, este documento deberá contener como mínimo las siguientes disposiciones:

  • Las horas en que comienza y termina el trabajo, como también las de cada turno si éste se efectúa en equipos.
  • Los descansos.
  • Los tipos de remuneraciones.
  • El lugar, día y hora de pago.
  • Las obligaciones y prohibiciones a que estén sujetos los trabajadores respecto al reglamento interno.
  • La designación de los cargos ejecutivos o dependientes del establecimiento ante quienes los trabajadores deban plantear sus peticiones, reclamos, consultas y sugerencias.
  • Las normas especiales pertinentes a las diversas clases de faenas, de acuerdo con la edad y sexo de los trabajadores.
  • La forma de comprobación del cumplimiento de las leyes de previsión, de servicio militar obligatorio, de cédula de identidad y en el caso de menores, de haberse cumplido la obligación escolar.
  • Las normas e instrucciones de prevención, higiene y seguridad que deben observarse en la empresa o establecimiento.
  • Las sanciones que podrán aplicarse por infracción a las obligaciones que señale este reglamento.
  • El procedimiento a que se someterá la aplicación de las sanciones, las medidas de resguardo y medidas que se aplicarán en caso de denuncias por acoso sexual.

A considerar

Asimismo, el empleador tendrá la responsabilidad de presentar a sus trabajadores el reglamento interno y sus modificaciones 30 días antes de la fecha en que comience a regir, y fijarse, a lo menos, en dos sitios visibles del lugar de las faenas con la misma anticipación.

También es importante contemplar que el empleador deberá presentar una copia a los sindicatos y a los Comités Paritarios existentes en la empresa.

Por último, si estás comenzando tu negocio, ten presente que este reglamento se debe presentar dentro de los primeros 5 días de vigencia al Ministerio de Saludo o la Dirección del Trabajo, según corresponda, y ambas entidades podrán exigir modificaciones al referido reglamento en razón de su ilegalidad.

¿Tienes dudas laborales? Contáctanos al 227315100 o haz click aquí para guiarte por el camino más seguro gracias al equipo profesional de Edig.


Fuente: Mil 500 preguntas y respuestas a la legislación laboral del autor y experto en el área José Miguel Martínez

0 comentarios

0
    0
    Tu carrito
    tu carro esta vacío Regresa a la tienda
      Calculate Shipping
      Aplicar cupón