Teletrabajo para mujeres embarazadas avanza en el Congreso

Teletrabajo para mujeres embarazadas avanza en el Congreso

Este martes se avanzó un paso más en el proyecto de teletrabajo. En concreto, la Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados despachó a la Sala el plan que permite a las mujeres embarazadas trabajar de manera remota.

De acuerdo a lo que plantea el documento, el empleador tendrá el deber de ofrecer a la trabajadora en condiciones de embarazo, poder trabajar bajo la modalidad del teletrabajo o trabajo a distancia.

Asimismo, el proyecto no contemplará un reajuste de remuneración y será necesario “cuando la autoridad declare Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe, en la medida que sus funciones lo permitan y la trabajadora lo consienta”.

 

¿Qué pasa con las labores que no se pueden ejercer por teletrabajo?

Particularmente se aprobó una de las indicaciones que plantea la posibilidad de entregar otras labores que no requieran contacto con personas, para los casos que no compatibilicen laboralmente con el teletrabajo, sin derecho a reducción de remuneraciones.

Por otra parte y según las impresiones de la diputada Natalia Castillo, la aprobación de este plan legislativo permitirá que las mujeres logren desarrollarse profesionalmente con este formato de trabajo.

“También aprobamos nuestra indicación para extender el periodo de prenatal de 6 a 10 semanas. Esto es muy importante, ya que en los últimos estudios sobre la materia, se ha demostrado que el Covid-19 incluso de puede transmitir in útero”, señaló Castillo.

En ese sentido, uno de los principales objetivos del teletrabajo para mujeres embarazadas es prevenir que los niños y niñas se contagien. Según indica CNN Chile, el proyecto deberá pasar a la Sala para seguir su tramitación.

 

 

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Boleta electrónica: Sus beneficios y obligaciones

Boleta electrónica: Sus beneficios y obligaciones

Con la publicación de la Modernización Tributaria se estableció la obligación de la boleta electrónica para ventas y servicios, comenzando a regir desde el 1 de septiembre 2020 para quienes emiten factura electrónica y desde el 31 de marzo de 2021 para quienes aún no.

¿Qué es una boleta electrónica?

Corresponde a un documento digital que está validado legalmente para la ejecución de operaciones comerciales y cuenta con dos tipos: Boleta Electrónica y Boleta No Afecta o Exenta Electrónica.

Su emisión debe contener los siguientes datos:

  • Nombre del documento como Boleta Electrónica o Boleta No Afecta o Exenta Electrónica
  • Número de folio de la boleta electrónica
  • Fecha de Transacción
  • El o los productos vendidos
  • El valor total pagado
  • Monto del IVA pagado en la compra
  • La razón social de la empresa
  • La dirección de sucursal o casa matriz
  • Rut del proveedor

Vale mencionar a diferencia de la factura, este documento que reemplaza la emisión de boletas en papel no cuenta con el reembolso del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Hacienda amplía el plazo para la elección de los Regímenes Tributarios

Hacienda amplía el plazo para la elección de los Regímenes Tributarios

El Ministerio de Hacienda anunció este martes que a raíz de la emergencia provocada por el Covid-19, se ampliará hasta el 30 de septiembre el plazo para que las pequeñas y medianas empresas puedan determinar la elección de los Regímenes Tributarios, siendo informada próximamente a través de un decreto supremo.

De acuerdo a la publicación de Hacienda, los contribuyentes podrán optar entre «un sistema de tributación de los propietarios en base a retiros o distribuciones, y tasa reducida de 25% de impuesto a la renta, y un régimen de transparencia tributaria, en el cual la empresa no paga impuesto a la renta, gravándose el propietario con su impuesto personal por las rentas de la empresa».

Asimismo la nueva medida que tiene por objetivo facilitar el cumplimiento tributario, contó con la participación del Conapyme, Asech y la Multigremial Nacional de Emprendedores.

El Ministro de Hacienda, Ignacio Briones, destacó la importancia de la iniciativa argumentando que “en estos tiempos particularmente difíciles, recogemos las propuestas de los gremios que permitan avanzar en medidas de apoyo a los emprendedores y que faciliten la elección de su régimen tributario”.

 

Esfuerzos legales 

Del mismo modo, la propuesta involucra esfuerzos legales y administrativos que han sido implementados por el Gobierno, el Servicio de Impuestos Internos (SII) y la Tesorería General de la República, para garantizar la liquidez y el cumplimiento tributario de los contribuyentes.

Además a esta medida se suma la postergación de impuestos, la reducción a 0% del impuesto de timbres y estampillas, la condonación de intereses y multas, ampliación de presentación de declaraciones juradas y el ofrecimiento de convenios de pago especiales.

 

Regímenes Tributarios

Recordamos a los contribuyentes de primera categoría, que con la publicación de la Modernización Tributaria, a partir de enero de este año se incorporaron 3 nuevos Regímenes Tributarios:
  • El régimen General (Semi Integrado) 14-A, régimen Pro Pyme 14-D3 y régimen Pro Pyme Transparente 14-D8, y con ellos se mantiene el Régimen de Renta Presunta y el de Contribuyentes no sujetos al art. 14 de la LIR.
 
 
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