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Declaración Jurada 1961 ¿Por qué es importante conocerla?

la ddjj 1961 es el formulario para informar los bienes entregados en leasing operativo o financiero

La declaración jurada N° 1961, sobre “Bienes entregados en leasing operativo o financiero”, corresponde a una de las nuevas declaraciones incorporadas a partir del AT 2026, a través de la cual se entrega de forma detallada toda la información respecto de bienes entregados en arrendamiento, con o sin opción de compra.

¿Bajo qué norma se ampara esta declaración jurada?

El artículo 33 bis del código Tributario otorga al Servicio de Impuestos Internos la facultad para, mediante resolución fundada, requerir a los contribuyentes informes o declaraciones juradas sobre materias específicas e información determinada propia del contribuyente o de terceros.

Bajo dicha facultad, el Servicio ha determinado mediante resolución Ex. N° 111 del 26 de agosto del 2025 que los contratos de leasing, tanto operativos como financieros, presentan características particulares que vuelven necesario contar con información sistemática y periódica que le permita ejercer eficientemente sus facultades de fiscalización, estableciendo la obligación de la presente declaración jurada.

¿Quiénes están obligados a presentar la DJ 1961?

La DJ 1961 deberá ser informada por:

  • Todo contribuyente que entregue uno o más bienes en arrendamiento, con o sin opción de compra, mediante un contrato de leasing en cualquier tiempo entre el 01 de enero y el 31 de diciembre del 2025, y/o
  • Todo contribuyente que mantenga uno o más contratos de leasing, con o sin opción de compra, vigentes en cualquier tiempo entre el 01 de enero y el 31 de diciembre del 2025, aún cuando provengan de ejercicios anteriores.

Adicionalmente, deberá ser presentada por contribuyentes que posean contratos cedidos o novados y/o que hayan introducido modificaciones que generen un nuevo número de operación o registro.

Lo anterior, sin atender a si el contribuyente es persona natural o jurídica, la naturaleza jurídica o el régimen tributario del contribuyente.

¿Qué información debe entregarse mediante esta declaración jurada?

El formato y las instrucciones respecto al llenado de la DJ 1961 fueron establecidas mediante Res. Ex. N° 111 del 26/08/2025.

Para el AT 2026 se deberá informar mediante esta declaración jurada:

  • Identificación del declarante (arrendador): RUT, nombre o razón social, domicilio, comuna, correo electrónico y número de teléfono.
  • Datos de los bienes entregados en leasing: RUT del arrendatario, N° de folio del registro o contrato, tipo de bien entregado en leasing, N° de identificación del bien entregado en leasing, fecha del contrato, cantidad de cuotas del contrato, valor de la cuota en pesos/UF/USD, valor de la cuota de adquisición en pesos/UF/USD, periodo de pago de cuotas.

¿Cuál es el plazo para presentar la DJ 1961?

Para el año tributario 2026 (comercial 2025), la fecha de vencimiento de esta declaración jurada será hasta el 30 de junio de 2026, declarando la información correspondiente al año comercial 2025.

¿Existe algún certificado asociado a esta declaración jurada?

No existe obligación de emitir algún certificado asociado a esta declaración jurada.

¿Existen multas asociadas a la no presentación o presentación fuera de plazo de la DJ 1961?

La no presentación o presentación fuera de plazo de la declaración jurada N° 1961 se sancionará con la multa del art. 97 N° 1 del código tributario; esto es, entre 1 UTM y 1 UTA.

¿Se puede modificar la DJ 1961?

En el caso que las rectificatorias de estas declaraciones juradas puedan inducir a la liquidación de impuesto inferior al que corresponda, su rectificatoria será sancionada con una multa del 5% al 20% de las diferencias de impuesto que resultaren.

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