La tributación de casinos online deben ser declarados por quienes reciban premios por apostar. A comienzos de junio de 2026, el Servicio de Impuestos Internos (SII) reabrió el debate sobre el juego online en Chile con la <strong>Resolución Exenta N°69</strong>, que habilita a las plataformas extranjeras de apuestas, casinos y juegos de azar a inscribirse y pagar IVA por las operaciones que realizan en el país. La medida volvió a poner sobre la mesa una pregunta que confunde por igual a jugadores y a contadores: ¿quién paga impuestos por el juego online, cuánto y bajo qué régimen? Este artículo ordena el panorama completo —el de las plataformas online, el de los casinos físicos autorizados por la Ley N°19.995 y el del jugador persona natural— con foco en lo que un contador necesita para asesorar correctamente a sus clientes en este nuevo escenario.
¿Qué es la tributación de casinos online?
Es el conjunto de obligaciones tributarias que recaen sobre el juego de azar ofrecido por internet en Chile. Conviene separar tres planos que suelen mezclarse: la plataforma u operador que ofrece el juego, el casino físico tradicional regulado por la Ley N°19.995 —que sirve de referencia comparativa— y el jugador, la persona natural que apuesta.
Un matiz clave: en Chile el casino online opera en una zona gris. La Corte Suprema ha calificado como ilícito el juego online no regulado, y hay un proyecto de ley en trámite que busca regularlo. La Resolución N°69 del SII no legaliza la actividad: solo crea un mecanismo para que estas plataformas declaren y paguen el IVA que les corresponde como prestadores de servicios digitales.
¿Cómo funciona y cómo se aplica?
Plataformas online (Resolución N°69, 2026). Se inscriben en un registro digital simplificado del SII mediante el “Formulario de Registro Régimen Tributación Simplificada”. Pagan IVA del 19% sobre las contraprestaciones recibidas —es decir, sobre su comisión o margen por administrar el juego, no sobre el total apostado por los usuarios— y deben regularizar lo adeudado de los últimos 36 periodos tributarios. El fundamento es la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS), que grava el “entretenimiento digital”, el mismo régimen bajo el que tributan servicios como el streaming.
Casinos físicos (Ley N°19.995). Pagan el impuesto específico al juego, equivalente al 20% de los ingresos brutos del juego (win), descontados el IVA y los PPM. La fórmula de la Superintendencia de Casinos de Juego (SCJ) es IE = 0,2 × (IBJ − IVA − PPM), y su recaudación se reparte en partes iguales entre la municipalidad y el gobierno regional donde se ubica el casino. Además pagan IVA del 19% sobre los ingresos del juego, el impuesto de entrada a las salas, el Impuesto de Primera Categoría y la patente municipal.
Operativa para el contador
Las rentas percibidas por personas naturales o jurídicas con ocasión de premios obtenidos en casinos online deben entenderse comprendidas dentro de la clasificación del artículo 20 N°5 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, al tratarse de rentas no comprendidas expresamente en otros numerales de dicha disposición. En consecuencia, esos ingresos quedan afectos al régimen general de tributación, debiendo gravarse con Impuesto de Primera Categoría y, en la medida que corresponda, con Impuesto Global Complementario o Impuesto Adicional, según la calidad, domicilio o residencia del contribuyente beneficiario.
Para una plataforma que decide inscribirse, los contribuyentes que opten por acogerse al procedimiento de la Resolución N°69 deben declarar y enterar mensualmente el IVA correspondiente mediante el Formulario N°129 (Formulario IVA Digital). Una vez efectuada la inscripción, los contribuyentes sin domicilio ni residencia en Chile que hayan prestado servicios gravados durante los 36 periodos tributarios anteriores deben declarar y pagar el IVA adeudado a través del mismo Formulario N°129.
¿Por qué es importante?
Porque cambia las reglas para un mercado masivo y hasta ahora sin control tributario claro. El SII justifica la medida en la equidad tributaria: asegurar que, cuando se prestan servicios digitales desde el extranjero a personas domiciliadas en Chile, siempre se declare y pague el impuesto, evitando ventajas frente a contribuyentes que sí cumplen. La fiscalización se hará por cruce de datos con terceros y por denuncias ciudadanas habilitadas en el portal del SII, y las plataformas que omitan declarar o pagar pueden ser expulsadas del régimen.
Para un contador, esto es relevante en dos frentes: clientes personas que han tenido movimientos asociados a estas plataformas, y clientes empresa que operan o se relacionan con el rubro y deben evaluar su exposición.
¿Quiénes están involucrados?
- Servicio de Impuestos Internos (SII): dictó la Resolución N°69 y fiscaliza el pago del IVA.
- Superintendencia de Casinos de Juego (SCJ): regula y fiscaliza los casinos físicos de la Ley N°19.995.
- Plataformas extranjeras de apuestas y la Agrupación Chilena de Plataformas de Apuestas en Línea (APAL), que valoró la resolución.
- Asociación Chilena de Casinos de Juego, que rechazó la medida y la calificó como una “regularización encubierta”.
- Corte Suprema (que ha declarado ilícito el juego online no regulado), la Cámara de Diputados (proyecto de ley en trámite), los jugadores y los contadores que asesoran a unos y otros.
¿Cuándo nace la obligación?
La Resolución Exenta N°69 del SII se emitió el 2 de junio de 2026; desde su entrada en vigencia las plataformas pueden inscribirse y deben regularizar hasta 36 periodos tributarios hacia atrás. Para los casinos físicos de la Ley N°19.995, la obligación del impuesto específico al juego es mensual. El proyecto de ley que regula de forma integral las plataformas de apuestas en línea sigue en trámite en la Cámara de Diputados, por lo que su régimen (impuesto al GGR y aporte de juego responsable) aún no rige.
¿Cuánto se paga? Montos y plazos
Esta tabla resume las cargas tributarias según el sujeto involucrado:
| Sujeto | Tributo | Tasa | Base imponible |
|---|---|---|---|
| Plataforma online (Res. N°69) | IVA | 19% | Contraprestaciones / comisión recibida |
| Casino físico (Ley 19.995) | Impuesto específico al juego | 20% | IBJ − IVA − PPM |
| Casino físico (Ley 19.995) | IVA al juego | 19% | Ingresos del juego |
| Casino físico (Ley 19.995) | Impuesto de entrada | Variable | Por entrada a sala |
| Operador online (proyecto de ley) | Impuesto específico al GGR | 20% | Ingresos brutos del juego (GGR) |
| Operador online (proyecto de ley) | Aporte juego responsable | 1% | Ingresos brutos |
| Jugador persona natural | 1.ª Categoría / Global Complementario / Adicional | 25% / 4%–40% / 35% | Ingresos brutos del juego (GGR) |
En el caso del jugador, la persona natural que perciba rentas provenientes de premios obtenidos mediante casinos online queda sujeta al régimen general de la Ley sobre Impuesto a la Renta, afectándose dichas sumas con Impuesto de Primera Categoría y, posteriormente, con Impuesto Global Complementario, según corresponda. Tales rentas deben incorporarse en la declaración anual de impuestos mediante el Formulario N°22 del año tributario siguiente a aquel en que fueron percibidas u obtenidas.
Tabla resumen de casos
| Caso | Qué tributa | Régimen / instrumento |
|---|---|---|
| Plataforma extranjera que se inscribe | IVA 19% sobre su comisión | Régimen simplificado SII (F129) |
| Casino físico autorizado | Impuesto específico 20% + IVA + entradas + Renta | Ley N°19.995 |
| Jugador ocasional | 1.ª Categoría + Global Complementario + Adicional (25% / 4%–40% / 35%) | Régimen general LIR (F22) |
| Persona cuyo juego es actividad habitual | 1.ª Categoría + Global Complementario + Adicional (25% / 4%–40% / 35%) | Régimen general LIR (F22) |
Fundamento legal
- Ley N°19.995: establece las bases para la autorización, funcionamiento y fiscalización de los casinos de juego y sus impuestos específicos.
- Decreto Ley N°825 de 1974 (LIVS): base del IVA aplicado a los servicios de entretenimiento digital.
- Decreto Ley N°824 de 1974 (Ley sobre Impuesto a la Renta): Impuesto de Primera Categoría aplicable a los operadores.
- Resolución Exenta N°69 del SII (2 de junio de 2026): crea el régimen de inscripción y pago de IVA para plataformas extranjeras de apuestas, casinos y juegos de azar.
- Jurisprudencia de la Corte Suprema sobre la ilicitud del juego online no regulado.
La regulación sustantiva de esta actividad se encuentra actualmente en discusión legislativa a través del Boletín N°14.838-03, proyecto de ley que busca regular el desarrollo de las plataformas de apuestas en línea, estableciendo un marco sobre autorización, operación, fiscalización, sanciones, protección de usuarios y tributación. Mientras dicho proyecto no sea aprobado y publicado como ley, la actividad no cuenta con un estatuto jurídico integral vigente, manteniéndose la asimetría entre los casinos físicos regulados por la Ley N°19.995 y las plataformas online, respecto de las cuales, por ahora, solo se ha instruido el cumplimiento del IVA bajo el régimen simplificado de servicios digitales.
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