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Regímenes Tributarios

Oct 12, 2023 | Tributaria

Los regímenes tributarios determinan las normas para que los contribuyentes declaren sus impuestos. La ley sobre Impuesto a la Renta, contenida dentro del Decreto Ley N° 824, establece principalmente tres clases de impuestos que graban los ingresos obtenidos por los contribuyentes; estos son:

En relación al Impuesto de Primera Categoría, para determinar el monto que debe ser declarado en la Declaración Anual de Impuesto a la Renta, debemos saber con claridad a qué régimen tributario se encuentra regido los contribuyentes. Por lo mismo, en este artículos analizaremos de manera general, los tres regímenes tributarios más importantes que rigen en Chile, sus objetivos, ventajas y requisitos, con el propósito de ofrecer una visión completa de un tema esencial para la gestión financiera y fiscal.

¿Qué es un régimen tributario?

Un régimen tributario, en el contexto fiscal y tributario, es un conjunto de reglas y normativas establecidas que define cómo los contribuyentes, deben calcular, declarar y pagar sus impuestos.

Cada régimen tributario tiene sus propias reglas, tasas impositivas y requisitos específicos que determinan la cantidad de impuestos que un contribuyente debe pagar y cómo se debe presentar la declaración de impuestos. Los regímenes tributarios también pueden incluir beneficios fiscales y exenciones que pueden aplicarse a ciertos tipos de contribuyentes o actividades económicas

¿Qué tipos existen actualmente en Chile?

¿Cuáles son las diferencias principales para cada caso?

Los regímenes tributarios en Chile se diferencian en términos de cómo las empresas y personas naturales deben calcular y pagar sus impuestos, así como en las ventajas fiscales y los requisitos asociados a cada uno.

  Régimen Semi Integrado Régimen Pro Pyme General Régimen Pro Pyme Transparente Régimen de Renta Presunta Régimen 14 G
¿A quién va dirigido? Grandes empresas, que no cumplan con los requisitos para estar acogido a los otros regímenes tributarios, ya sea por los ingresos o giro. A pequeños y medianos contribuyentes que cumplan con los requisitos establecidos en la ley para acogerse. A pequeños y medianos contribuyentes que cumplan con los requisitos para acogerse régimen pro pyme. A contribuyentes del sector agrícola, transporte y minería y que los ingresos no superen los límites establecidos por la ley para dichas actividades. Organizaciones sin fines de lucro.
¿Cómo determinan los impuestos de Primera Categoría? En base a las normas del artículo 29 al 33 de la LIR. En base a ingresos percibidos y gastos pagados (determinación simplificada) En base a ingresos percibidos y gastos pagados (determinación simplificada)

Presunción de renta:

  • Agrícolas solo pagan el 10% de su avalúo fiscal del terreno.
  • Transporte, el 10% del valor corriente del vehículo.
  • Minería entre el 4 y el 20% de las ventas.
En base a las normas del artículo 29 al 33 de la LIR, en la parte pertinente.
¿Qué contabilidad deben llevar? Contabilidad Completa. Contabilidad completa o Contabilidad Simplificada. Contabilidad Simplificada. No están obligados a llevar contabilidad. Contabilidad Completa.
Requisitos para acogerse al régimen tributario Ser contribuyentes de Primera Categoría.
  1. El promedio de los ingresos brutos en los últimos tres años no puede exceder de 75.000 UF, el cual puede excederse por una vez, y, en ningún caso, en un ejercicio los ingresos pueden exceder de 85.000 UF. Este promedio incluye ingresos de sus relacionados.
  2. Al momento del inicio de actividades su capital efectivo no debe exceder de 85.000 UF.
  3. Tiene tope de 35% del ingreso de ciertas rentas: Rentas de N° 1 y 2 del art. 20 LIR (excepto Bienes Raíces Agrícolas). Contratos de cuentas en participación Derechos sociales, acciones o cuotas de fondos de inversión.
  1. Mismos requisitos para acogerse al régimen pro pyme general.
  2. Estar conformados por contribuyentes afectos a Impuestos Finales (IGC o IA)

Ingresos:

  • Agricultura, un máximo de 9.000 UF.
  • Minería, un máximo de 17.000 UF.
  • Transporte, un máximo de 5.000 UF.
Contribuyente que no tenga socios afectos a impuestos finales.
¿Cómo tributan los dueños? Tributan en base retiros, remesas o distribuciones efectivas, con imputación parcial con Impuestos en Primera Categoría (65%) Tributan en base retiros, remesas o distribuciones efectivas, con imputación total con Impuestos en Primera Categoría (100%) Tributarán en base a la tributación de las rentas. Tributarán en base a la tributación de la renta presunta.  
¿Cuál es la tasa de impuesto? 27% 10% Exento de IDPC. 25% 25%
¿Deben llevar Control de Rentas Empresariales? No, siempre que no generen ni perciban rentas exentas. No, siempre que no generen ni perciban rentas exentas. No. No. No.
¿Qué beneficios tienen?
  • Impuesto Voluntario.
  • Inventivo al Ahorro.
– Impuesto Voluntario. – Inventivo al Ahorro. – Depreciación activo fijo instantánea. – Capital propio simplificado. – Gastos activo realizable pagado se deducen en la determinación RLI.
  • Depreciación activo fijo instantánea.
  • Capital propio simplificado.
  • Gastos activo realizable pagado se deducen en la determinación RLI.
  • No deben llevar contabilidad.
  • En el caso de la agrícola, tienen derecho al crédito por contribuciones.
 

¿Es el régimen tributario, elegido por los contribuyentes, perpetuo?

No, los contribuyentes que elijan un régimen tributario, podrán cada año modificarlo entre el 01 de enero al 30 de abril, de cada año. Sin embargo, en el caso del régimen pro pyme transparente, una vez que se hemos salido del dicho régimen, no demos volver hasta después de 3 años.

¿Cómo se puede saber el régimen tributario de un contribuyente en particular?

Para que un contribuyente pueda verificar o conocer su régimen tributario en Chile, generalmente debe seguir estos pasos:

  1. Ingresa a la Sede Electrónica del Servicio de Impuestos Internos (SII): El Servicio de Impuestos Internos de Chile ofrece servicios en línea para los contribuyentes a través de su sitio web oficial. Debes acceder a la página web del SII y utilizar tu RUT (Rol Único Tributario) y clave de acceso para iniciar sesión en la Sede Electrónica.
  2. Consulta tu Estado Tributario: Una vez que hayas iniciado sesión, busca la opción que te permita consultar o revisar tu estado tributario. Esta sección puede variar, pero generalmente se encuentra en la sección «Mis Datos» o «Mis Antecedentes» en la plataforma en línea.
  3. Verifica tu Régimen Tributario: En la sección de estado tributario, podrás ver información relevante sobre tu situación fiscal, incluido tu régimen tributario actual.

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