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Boleta electrónica: Sus beneficios y obligaciones

Jul 29, 2020 | Tributaria

Con la publicación de la Modernización Tributaria se estableció la obligación de la boleta electrónica para ventas y servicios, comenzando a regir desde el 1 de septiembre 2020 para quienes emiten factura electrónica y desde el 31 de marzo de 2021 para quienes aún no.

¿Qué es una boleta electrónica?

Corresponde a un documento digital que está validado legalmente para la ejecución de operaciones comerciales y cuenta con dos tipos: Boleta Electrónica y Boleta No Afecta o Exenta Electrónica.

Su emisión debe contener los siguientes datos:

  • Nombre del documento como Boleta Electrónica o Boleta No Afecta o Exenta Electrónica
  • Número de folio de la boleta electrónica
  • Fecha de Transacción
  • El o los productos vendidos
  • El valor total pagado
  • Monto del IVA pagado en la compra
  • La razón social de la empresa
  • La dirección de sucursal o casa matriz
  • Rut del proveedor

Vale mencionar a diferencia de la factura, este documento que reemplaza la emisión de boletas en papel no cuenta con el reembolso del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

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