¿Cómo se determina el impuesto de segunda categoría en Chile?

¿Cómo se determina el impuesto de segunda categoría en Chile?

El Impuesto Único de Segunda Categoría a los Sueldos, Salarios y Pensiones es un tributo progresivo que se paga mensualmente por todas aquellas personas que perciben rentas del desarrollo de una actividad laboral ejercida en forma dependiente y cuyo monto excede mensualmente las 13,5 UTM.

De acuerdo a la definición dada podemos entender lo siguiente:

 

Es un Impuesto personal por rentas obtenidas de forma mensual por una persona domiciliada o residente en Chile:

El impuesto único de segunda categoría, por progresivo podemos entender que el impuesto a cancelar no será una tasa fija, si no que esta ira en aumento por medio de tramos, entre mayor es el valor de la base a tributar mayor será el impuesto.

 

Monto de Cálculo del Impuesto Único de Segunda Categoría

Períodos Monto de la renta líquida imponible Factor Cantidad a rebajar Tasa de Impuesto Efectiva, máxima por cada tramo de Renta
  Desde Hasta      
MENSUAL -.- $ 856.602,00 Exento -.- Exento
  $ 856.602,01 $ 1.903.560,00 0,04 $ 34.264,08 2,20%
  $ 1.903.560,01 $ 3.172.600,00 0,08 $ 110.406,48 4,52%
  $ 3.172.600,01 $ 4.441.640,00 0,135 $ 284.899,48 7,09%
  $ 4.441.640,01 $ 5.710.680,00 0,23 $ 706.855,28 10,62%
  $ 5.710.680,01 $ 7.614.240,00 0,304 $ 1.129.445,60 15,57%
  $ 7.614.240,01 $ 19.670.120,00 0,35 $ 1.479.700,64 27,48%
  $ 19.670.120,01 Y MÁS 0,4 $ 2.463.206,64 MÁS DE 27,48%
QUINCENAL -.- $ 428.301,00 Exento -.- Exento
  $ 428.301,01 $ 951.780,00 0,04 $ 17.132,04 2,20%
  $ 951.780,01 $ 1.586.300,00 0,08 $ 55.203,24 4,52%
  $ 1.586.300,01 $ 2.220.820,00 0,135 $ 142.449,74 7,09%
  $ 2.220.820,01 $ 2.855.340,00 0,23 $ 353.427,64 10,62%
  $ 2.855.340,01 $ 3.807.120,00 0,304 $ 564.722,80 15,57%
  $ 3.807.120,01 $ 9.835.060,00 0,35 $ 739.850,32 27,48%
  $ 9.835.060,01 Y MÁS 0,4 $ 1.231.603,32 MÁS DE 27,48%
SEMANAL -.- $ 199.873,85 Exento -.- Exento
  $ 199.873,86 $ 444.164,10 0,04 $ 7.994,95 2,20%
  $ 444.164,11 $ 740.273,50 0,08 $ 25.761,52 4,52%
  $ 740.273,51 $ 1.036.382,90 0,135 $ 66.476,56 7,09%
  $ 1.036.382,91 $ 1.332.492,30 0,23 $ 164.932,94 10,62%
  $ 1.332.492,31 $ 1.776.656,40 0,304 $ 263.537,37 15,57%
  $ 1.776.656,41 $ 4.589.695,70 0,35 $ 345.263,56 27,48%
  $ 4.589.695,71 Y MÁS 0,4 $ 574.748,35 MÁS DE 27,48%
DIARIO -.- $ 28.553,45 Exento -.- Exento
  $ 28.553,46 $ 63.452,10 0,04 $ 1.142,14 2,20%
  $ 63.452,11 $ 105.753,50 0,08 $ 3.680,22 4,52%
  $ 105.753,51 $ 148.054,90 0,135 $ 9.496,66 7,09%
  $ 148.054,91 $ 190.356,30 0,23 $ 23.561,88 10,62%
  $ 190.356,31 $ 253.808,40 0,304 $ 37.648,25 15,57%
  $ 253.808,41 $ 655.671,70 0,35 $ 49.323,43 27,48%
  $ 655.671,71 Y MÁS 0,4 $ 82.107,02 MÁS DE 27,48%

Tabla impuesto único de segunda categoría al mes de septiembre 2023

 

Determinación de impuesto único de segunda categoría de remuneración del mes de septiembre

Para determinar el Impuesto Único de Segunda Categoría, hay que llevar la Base Tributable a la tabla del Servicio de Impuestos Internos que actualiza todos los meses, verificar el tramo al cual queda afecta, multiplicar por el factor que indica la tabla y luego realizar la rebaja según el tramo que corresponda, el resultado se redondea sin decimales y equivale al Impuesto Único de Segunda Categoría a rebajar como descuento en la liquidación de remuneraciones del mes.

La base tributable se determina tomando en primer lugar todos los haberes del trabajador sin deducción alguna, luego deducir todas las asignaciones no tributables, como por ejemplo, la asignación de colación y la asignación de movilización, luego se deducen las cotizaciones previsionales obligatorias del trabajador, que son, el valor correspondiente a la AFP, Fonasa o Isapre y el aporte de Seguro de Cesantía. A este resultado le denominamos Base Tributable y sobre ella se aplica lo mencionado anteriormente para calcular el Impuesto Único de Segunda Categoría.

En el siguiente ejemplo, vemos en una columna la forma de determinar el Impuesto Único de Segunda Categoría y en la segunda columna verificamos como quedaría finalmente la liquidación de remuneraciones del mes, que para los efectos del ejemplo corresponde al mes de septiembre de 2023 y su respectiva tabla de determinación del Impuesto Único de Segunda Categoría publicada por el Servicio de Impuestos Internos.

Ejemplo de determinación segunda categoría

Pago del impuesto de segunda categoría en el formulario 29

esta seccion del formulario 29 permite registrar que impuesto de segunda categoria que corresponde
Código Tributario chileno ¿De qué se trata?

Código Tributario chileno ¿De qué se trata?

Si bien la constitución política de la república establece que todos los ciudadanos debemos pagar impuestos y que el Estado deberá garantizar que la recaudación sea equitativa, igualitaria y no discriminatoria, es el Código Tributario la normativa que regula cómo el Estado ejerce la potestad tributaria recibida de la constitución y cómo los ciudadanos, a través de sus derechos y obligaciones, se convierten en contribuyentes.

En este artículo podrás comprender de una forma más didáctica los distintos aspectos que se regulan en el Código Tributario.

¿Qué es el Código Tributario?

El Código Tributario, promulgado en 1974, es un cuerpo legal que establece las normas que rigen la fiscalización y control de los impuestos en el país. Es una herramienta fundamental para la administración y regulación de las obligaciones fiscales tanto de los contribuyentes como del Estado. El código establece los derechos y deberes de los contribuyentes, así como las facultades y responsabilidades de la autoridad tributaria.

En esencia, el Código Tributario establece las reglas para la forma en que se llevan a cabo las revisiones y auditorías fiscales, las sanciones por incumplimiento, y los mecanismos para resolver controversias y apelaciones en temas tributarios.

En Chile, este código es de suma importancia, tanto para el Estado como para los contribuyentes, ya que garantiza la transparencia, equidad y legalidad en el sistema fiscal, promoviendo el cumplimiento de las obligaciones tributarias y la correcta administración de los recursos públicos.

¿Qué normas establece el Código Tributario?

El Código Tributario, como cuerpo normativo, se estructura de la siguiente forma:

Título Preliminar

El cual establece funciones de los Directores y Directores Regionales de la administración tributaria, algunas definiciones genéricas respecto de los contribuyentes y los derechos de los contribuyentes.

Libro Primero

Da la administración, fiscalización y pago: El cual regula la comparecencia de los contribuyentes, las actuaciones y notificaciones de los Servicios de la administración tributaria, establece algunas normas respecto de la contabilidad fidedigna y de la teneduría y disposición de libros contables, y disposiciones respecto a las declaraciones, los plazos, las fiscalizaciones, giros, pagos e intereses aplicables a los tributos.

Libro Segundo

De los apremios y de las infracciones y sanciones: El cual establece las medidas de apremio que pueden utilizar los órganos de la administración tributaria, así como también tipificar las conductas que consisten en infracciones y delitos tributarios, estableciendo las sanciones aplicables en cada caso.

Libro Tercero

De la competencia para conocer asuntos contenciosos tributarios, de los procedimientos y de la prescripción: El cual regula los procedimientos de reclamos de índole tributaria de los contribuyentes en contra de los órganos de la administración tributaria, los procedimientos de cobro administrativo y ejecutivo de las deudas tributarias y establece las normas aplicables a la prescripción tributaria, esto es, los plazos que tiene la administración tributaria para girar, liquidar y cobrar las deudas tributarias o las diferencias en las declaraciones de los contribuyentes.

Título Final y Artículos Transitorios:

Establece principalmente normas de entrada en vigencia y aplicación de las normas impartidas en el Código Tributario.

Aspectos generales del Código Tributario

El Código Tributario define el marco regulatorio entre los órganos de la administración tributaria (SII, Servicio Nacional de Aduanas y Tesorería General de la República) y los contribuyentes, regulando todo los que dice relación con las funciones, formas de notificar, actuar y fiscalizar de los órganos de la administración tributaria, y los derechos, obligaciones y sanciones para los contribuyentes.

¿Qué sucede si no se cumple con las obligaciones tributarias?

Las consecuencias del incumplimiento de las obligaciones tributarias están reguladas detalladamente en el código, específicamente en los artículos que abordan las sanciones y medidas que pueden aplicarse a los contribuyentes que no cumplen con sus responsabilidades fiscales. A continuación, se detallan algunos de los artículos relevantes:

 

Multas

 

El artículo 97 establece las bases para la imposición de multas por infracciones tributarias. Las multas pueden variar dependiendo de la gravedad de la falta y el monto involucrado. Las sanciones pueden ir desde un porcentaje del monto no declarado o pagado hasta un valor fijo.

 

Clausura de Locales

 

El artículo 97 N° 10 del código otorga al SII la facultad de decretar la clausura de locales comerciales en casos de incumplimientos graves y reiterados. Esta medida puede ser temporal o definitiva, y su objetivo es evitar que el contribuyente continúe realizando actividades económicas en el lugar.

 

Sanciones de cárcel

 

El artículo 97 N° 4 establecen las sanciones penales que pueden aplicarse en casos de evasión tributaria y otros delitos fiscales. Las penas pueden incluir multas significativas y, en casos extremos, penas de cárcel.

 

Compensación de Deudas

 

El artículo 177 del Código Tributario permite a la Tesorería General de la República compensar deudas tributarias con sumas que adeude el Estado al contribuyente, como por ejemplo, devoluciones de impuestos.

¿Qué se podría modificar con el proyecto de reforma tributaria impulsado por el gobierno este 2024?

El proyecto de reforma tributaria impulsado por el ejecutivo pretende modificar los siguientes aspectos:

  • Normas Generales anti elusión
  • Multijurisdicción
  • Normas de Relación
  • Derechos de los contribuyentes
  • Mandato electrónico
  • Notificaciones por correo electrónico
  • Proceso de fiscalización a grupos empresariales
  • Cálculo de intereses
  • Secreto tributario e información bancaria
  • Tasación y reorganizacon fiscal
  • Término de giro
  • Delitos tributarios
  • Procedimientos ante tribunales tributarios
Leasing, qué es y su nuevo tratamiento en Chile

Leasing, qué es y su nuevo tratamiento en Chile

Con fecha 15 de febrero del año 2023, se publica en el Diario Oficial la ley N° 21.540, la cual deroga el artículo 37 bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta, que indicaba un nuevo tratamiento tributario del leasing.

NOTA IMPORTANTE: SE DEROGA EL ARTÍCULO 37 BIS DE LA LIR SOBRE TRATAMIENTO TRIBUTARIO DE LOS LEASING.
Te recomendamos revisar la Ley 21.540, adjunta en este artículo. En el caso de que tengas dudas te recomendamos nuestro servicio de consultoría tributaria, donde nuestros expertos podrán asesorarte del tema.

La ley N° 21.420 sobre eliminación de exenciones tributarias, publicada el 04 de febrero del año 2022, incorpora el artículo 37 bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta que modifica el tratamiento tributario del leasing equiparándolo con el tratamiento contable financiero establecido en la NIIF 16 sobre los contratos de arriendo con opción de compra, que implique una operación de financiamiento o leasing financiero.

 

¿Qué es el leasing?

Consiste en un contrato de arriendo de equipos mobiliarios e inmobiliarios por parte de una empresa especializada, la que de inmediato se lo arrienda a un cliente que se compromete a comprar lo que haya arrendado en la fecha de término del contrato.

 

¿Qué dice el artículo 37 bis?

Artículo 37 bis. -

 Las normas de este Párrafo deberán aplicarse a los contratos de arrendamiento con opción de compra de bienes que impliquen una operación de financiamiento o leasing financieros, considerando la existencia de dicho financiamiento, según su tratamiento financiero contable establecido por el Servicio de Impuestos Internos, mediante resolución, de acuerdo a las normas internacionales de información financiera.».

 

¿Cuál es el nuevo tratamiento tributario para los leasings?

Debemos hacer una distinción entre arrendatario y dueño del bien.

Arrendatario

El gasto por cuota de arriendo va a pasar a ser el valor de adquisición del bien de que se trate. Considerando que la cuota de arriendo comprende el precio del bien más un interés del financiamiento, la depreciación será por el valor de mercado del bien más el interés del financiamiento. En este caso, el efecto en recaudación es similar al tratamiento actual, donde la cuota de arriendo era un gasto para el arrendatario.

Dueño

El total de la cuota, incluido el interés financiero será un ingreso, el que al imputarse contra el costo del bien (que debiese tender a su valor de mercado) determinará la utilidad o mayor valor. En resumen, debiese ser un valor cercano al interés de la operación, lo que corresponde al negocio real de las empresas de leasing.

En tal sentido el dueño no registrará contablemente el gasto por depreciación, ya que financieramente solo se reconoce el interés implícito como ingreso de la operación de venta a plazo de los bienes.

 

 

 

¿Qué ocurre en el caso del IVA?

En este caso, el tratamiento tributario no cambia, el IVA seguirá gravando el arriendo con opción de compra de bienes corporales muebles o inmuebles.

 

¿Desde cuándo comienza a regir el artículo 37 bis?

El nuevo tratamiento tributario en el caso de las operaciones de leasing comenzase a regir a contar del 01 de enero de 2023.

el articulo de leasing ha sido escrito por Juan Urra, experto tributario de Edig
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