¿Qué es la Declaración Jurada 1950?
La declaración jurada 1950 se encuentra en el grupo de las nuevas declaraciones juradas, impulsadas bajo las modificaciones de la reforma tributaria. De acuerdo al Servicio de Impuestos Internos (SII), este formulario lleva por nombre «Declaración Jurada Anual Archivo Maestro».
¿Quiénes deben presentar la declaración jurada 1950?
Los contribuyentes que, dentro del territorio nacional, tengan movimientos tributarios que consideren reportes de transferencia de beneficio y/o recursos entre otros países.
También se incluye a los contribuyentes que cumplan con el tipo de entidades matrices o controladoras del Grupo de Empresas Multinacional, siempre que:
- Cuenten con domicilio en Chile.
- Tengan base en los ingresos de ese grupo de entidades en Chile y el exterior al finalizar el año comercial (31 de diciembre).
¿Cuáles son las instrucciones de la declaración jurada 1950?
La declaración jurada 1950 cuenta con cuatro secciones que son:
Sección A
Identificación del declarante
Se debe identificar al contribuyente que presenta la declaración jurada 1950, indicando su:
- Número de Rol Único Tributario (RUT).
- Nombre o Razón Social.
- Comuna.
- Correo electrónico.
- Número de teléfono, en este último caso, se debe anotar el número incluyendo su código de área.
Sección B
Estructura y organización del grupo de empresas multinacional
Los campos incluidos en esta sección deberán ser completados conforme al siguiente detalle:
Nombre o Razón Social
Se deberá registrar, sin la letra “ñ”, ni caracteres simbólicos ni acentos, el nombre o razón social de todas las entidades pertenecientes al Grupo de Empresas Multinacional (GEM).
Número de Identificación Tributaria (Tax ID)
Se deberá incluir, sin comas, puntos o guiones, el código de identificación tributaria del país de domicilio o residencia de entidad perteneciente al Grupo de Empresas Multinacional que se informa.
Código del país
Se deberá indicar la sigla del país de residencia de la entidad perteneciente al Grupo de Empresas Multinacional que se informa. Lo anterior, de acuerdo con el listado de códigos de país incluidos para tal efecto en el Suplemento Declaraciones Juradas vigente para el Año Tributario que se está informando.
Porcentaje de Participación
Deberá informarse el porcentaje de participación, directa o indirecta en el capital, que el Grupo de Empresas Multinacional posee de la Entidad Integrante, de acuerdo a lo siguiente:
En cuanto a los porcentajes a registrar en los ítem antes señalados, éstos deberán expresarse como un porcentaje, con dos decimales, por ejemplo, una participación directa o indirecta en la entidad reportada del 10%, deberá ser informada como 10,00.
Asimismo, una participación directa o indirecta en la entidad reportada del 1%, deberá ser informada como 1,00.
Sección C
Contratos entre partes relacionadas y acuerdos de precios de transferencia
Los campos deberán ser completados conforme al siguiente detalle:
- Número del contrato.
- Tipo de Contrato/Acuerdo.
- Vendedor/Prestador de Servicios/Prestamista.
- Comprador/Beneficiario del Servicio/Prestatario.
- Año del Contrato/Acuerdo.
- Fue presentado previamente.
- Intangibles, contemplando el tipo de Intangible y/o Sociedad Propietaria Legal.
- Acuerdos de Precios Anticipados y tipo de acuerdo y descripción.
Sección D
Otros antecedentes del grupo
Sus campos deberán ser completados conforme al siguiente detalle:
El grupo realizó Reorganización empresarial o trasmisión de Activos Intangibles
se deberá informar según los números de la siguiente tabla, si las entidades integrantes del grupo empresarial multinacional efectuaron Reorganización(es) o trasmisión de Activos Intangibles, durante el año comercial informado.
Número | Criterio |
1 | SI: El grupo de empresas multinacional efectuó una reorganización empresarial o trasmisión de activos intangibles. |
2 | NO: El grupo de empresas multinacional no efectuó una reorganización empresarial o trasmisión de activos intangibles |
El grupo realizó Acuerdos de Precios Anticipados
Se deberá indicar de acuerdo a los números de la siguiente tabla si las entidades integrantes del grupo empresarial multinacional han suscrito y/o mantienen vigentes Acuerdos de Precios Anticipados (APA) durante el año comercial informado.
Número | Criterio |
1 | SI: Las entidades integrantes del grupo empresarial multinacional han suscrito o mantienen vigentes un Acuerdo de Precios Anticipado durante el año comercial informado. |
2 | NO: Las entidades integrantes del grupo empresarial multinacional no han suscrito ni mantienen vigentes un Acuerdo de Precios Anticipado durante el año comercial informado. |
El grupo tiene políticas de Precios de Transferencia
Se deberá informar si el grupo de empresas multinacional mantiene políticas de precios de transferencia para las operaciones intragrupo realizadas durante el ejercicio comercial informado, según los criterios de la tabla siguiente:
Número | Criterio |
1 | SI: El grupo de empresas multinacional tiene políticas de precios para las operaciones intragrupo. |
2 | NO: El grupo de empresas multinacional no tiene políticas de precios para las operaciones intragrupo. |
Se efectuaron Estados Financieros anuales consolidados del Grupo para fines distintos a los financieros y/o tributarios
en el presente campo, se debe indicar si el grupo de empresas multinacional efectuó durante el año comercial informado estados financieros anuales consolidados para otros fines distintos a los financieros y/o tributarios, de acuerdo a los numerales del siguiente cuadro:
Número | Criterio |
1 | SI: El grupo de empresas multinacional efectuó Estados Financieros anuales consolidados para otros fines distintos a los financieros y/o tributarios. |
2 | NO: El grupo de empresas multinacional no efectuó Estados Financieros anuales consolidados para otros fines distintos a los financieros y/o tributarios. |
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