Declaración jurada 1946 sobre Operaciones en Chile

Declaración jurada 1946 sobre Operaciones en Chile

La declaración jurada 1946 corresponde a la declaración anual sobre operaciones de Chile. Trata sobre operaciones de Inversiones, actividades o servicios, negocios, enajenaciones u otras operaciones realizadas en Chile o en el extranjero, respecto de las cuales se derivan rentas de fuente chilena que son remesadas a una persona sin residencia en el país, incluyendo las operaciones que digan relación con activos subyacentes situados en Chile y partidas o cantidades determinadas de acuerdo al inciso tercero, del artículo 21 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

Se incluyen adicionalmente:

  • Las operaciones realizadas en Chile a través de un establecimiento permanente, a quien se le atribuyen las rentas derivadas de dichas operaciones, las cuales son remesadas al exterior por un tercero o el propio establecimiento permanente.
  • Las operaciones internas entre una persona y su establecimiento permanente de las cuales se derivan rentas pagadas al exterior (ficción de entidad separada);
  • Las operaciones que versan sobre cualquier título o instrumento de deuda contraído o emitido a través de un establecimiento permanente en el exterior de una persona con residencia en Chile.

El Servicio de Impuestos Internos (SII) la denomina como una declaración jurada de carácter internacional.

¿Quiénes deben realizar la declaración jurada 1946?

Las siguientes personas y entidades jurídicas deben realizar la declaración jurada 1946:

  • Personas con residencia en Chile que remesen rentas derivadas de las operaciones que una persona sin residencia en Chile realiza en el país o en el extranjero; o en su lugar, los agentes responsables para fines tributarios de acuerdo a lo instruido en Resolución Ex. SII N° 36 de 2011;
  • Personas con residencia en Chile respecto de las rentas derivadas de operaciones que versan sobre cualquier título o instrumento de deuda contraído o emitido a través de un establecimiento permanente en el exterior;
  • Las sociedades administradoras de fondos de inversión públicos o privados y de fondos mutuos, que hayan remesado rentas a personas sin residencia en Chile;
  • Establecimientos permanentes situados en Chile de una persona sin residencia en el país, ya sea que dichos establecimientos permanentes realicen operaciones en Chile o en el exterior;
  • El adquirente de las acciones, cuotas, títulos o derechos emitidos por una sociedad o entidad extranjera, respecto de operaciones que recaigan sobre activos subyacentes en Chile; la entidad, empresa o sociedad emisora de los activos subyacentes a que se refiere el literal (i), de la letra a) del inciso tercero, del artículo 10 de la Ley sobre Impuesto a la Renta; o el establecimiento permanente en Chile a que se refiere el literal (ii), de la letra a) de la misma norma legal precitada;
  • Personas con residencia en Chile que hayan determinado partidas o cantidades indicadas en el inciso tercero, del artículo 21 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
  • Otras personas que no son mencionadas en los puntos anteriores, pero que tienen la calidad de agente retenedor de acuerdo al artículo 74 N°4 de la Ley sobre Impuesto a la Renta o declararon y pagaron directamente el Impuesto Adicional en calidad de contribuyentes por tal impuesto.

¿Cuándo se debe entregar la declaración jurada 1946?

La declaración jurada 1946 debe ser presentada hasta el 30 de junio de 2025.

¿La declaración jurada 1946 pertenece a algún régimen?

Esta declaración no tiene relación particular con algún régimen tributario, pero el Servicio de Impuestos Internos la relaciona como una DJ internacional.

¿Qué información se debe presentar en la DJ 1946?

La declaración jurada 1946 debe completarse con algunos datos que son importantes para su confección y, de acuerdo a las instrucciones, existen 5 secciones que deben ser informadas, como por ejemplo la información del declarante (RUT, razón social o apellidos, nombres, domicilio, ciudad, correo electrónico, número de teléfono en formato internacional de discado “+56” y forma de marcar), además de los antecedentes de las operaciones en Chile y rentas remesadas, antecedentes del pagador de las rentas, antecedentes del perceptor beneficiario efectivo de la renta y los antecedentes del agente, mandatario o intermediario en el exterior. Conoce cada una de las secciones aquí.

Ejercicio declaración jurada 1946

Antecedentes

 

La Sociedad Comercial Navarro Spa, RUT 77.123.535-5, domiciliada Pje. Álamo 3179, comuna de Santiago, acogida al Régimen Semi Integrado, pago dividendos al exterior, a accionista que posee el 100% de participación que se traduce reajustada al 31.12.2022 que asciende a $27.397.260 incrementado y un pago de impuesto de $ 2.211.781.

SECCIÓN A: IDENTIFICACIÓN DEL DECLARANTE

ROL ÚNICO TRIBUTARIO
77.123.535-5

RAZÓN SOCIAL O APELLIDOS
Comerc ial Navarro Spa
NOMBRES
DOMICILIO
Pje.Alamo 3179
CIUDAD
Santiago
CORREO  ELECTRÓNICO TELÉFONO 224263781

SECCIÓN B: ANTECEDENTES DE LAS OPERACIONES EN CHILE Y RENTAS REMESADAS

ANTECEDENTES DE LAS RENTAS DERIVADAS DE OPERACIONES EN CHILE ANTECEDENTES DEL F50 ANTECEDENTES DEL PAGO
OPERACIÓN TIPO DE RENTA RENTA BRUTA TASA DE RETENCIÓN IMPUESTO RENTA
LIQUIDA
CRÉDITO POR
IDPC
OTROS CRÉDITOS CÓDIGO FOLIO FECHA MONEDA TIPO DE CAMBIO
1 10 1 27.397.260 35,00 2.2 11.78 1 17.788.2 19 7.397.260 0 650 427892 189 22-09-2022 142 93.882

SECCIÓN C: ANTECEDENTES DEL PAGADOR DE LAS RENTAS

ANTECEDENTES DEL PAGADOR DE LAS RENTAS
TIPO JURÍDICO RAZÓN SOCIAL O APELLIDOS NOMBRE RUT DV DOMICILIO CIUDAD RELACIÓN GRUPO O HOLDING
EMPRESARIAL
2 Comercial Navarro Spa   77.123.535-5 5 Pje. Álamo Santiago 1  

SECCIÓN D: ANTECEDENTES DEL PERCEPTOR BENEFICIARIO EFECTIVO DE LA RENTA

ANTECEDENTES DEL PERCEPTOR BENEFICIARIO EFECTIVO DE LA RENTA
TIPO JURÍDICO PAÍS DE RESIDENCIA RAZÓN SOCIAL O APELLIDOS NOMBRE NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA RUT DV FECHA DE NACIMIENTO TIPO DE DOMICILIO DOMICILIO CIUDAD PAÍS
1 España | Raúl 35252552-1 27.242.142-1 1 14-09-1992 1 Calle miraflores Madrid ES

SECCIÓN E: ANTECEDENTES DEL AGENTE, MANDATARIO O INTERMEDIARIO

ANTECEDENTES DEL AGENTE, MANDATARIO O INTERMEDIARIO
TIPO JURÍDICO PAÍS DE RESIDENCIA RAZÓN SOCIAL O APELLIDOS NOMBRE NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA
1 ES Navarro Raúl 35252552-1

SECCIÓN F: RESUMEN DE LA DECLARACIÓN

TOTAL RENTAS BRUTAS TOTAL IMPUESTO TOTAL CRÉDITOS TOTAL RENTAS LÍQUIDAS TOTAL CASOS INFORMADOS
27.397.260 2.211.781 7.397.260 17.788.219 1

DECLARO BAJO JURAMENTO QUE LOS DATOS CONTENIDOS EN EL PRESENTE DOCUMENTO SON LA EXPRESIÓN FIEL DE LA VERDAD, POR LO QUE ASUMO LA RESPONSABILIDAD CORRESPONDIENTE

RUT REPRESENTANTE
5.243.673-1

¿Existen multas por declarar la DJ 1946 fuera de plazo?

En el caso de no presentar la declaración jurada 1946 dentro del plazo establecido por el SII, existen multas que van desde las 0,5 UTM hasta las 6 UTM. Revisa el siguiente recuadro para conocer los casos, cifras y fechas:

Multa en UTM

Multa en UTM

1-25 casos

0,5

1-25 casos

2

26-99 casos

1

26-99 casos

4

100 y más

1,5

100 y más

6

Entre el

Y el

Entre el

Y el

01 de julio

31 de julio

01 de agosto

En adelante

Por favor intenta de nuevo.
Gracias por tu interés, pronto recibirás el ejercicio.

Ejercicio DJ 1946

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DJ 1847: Balance de 8 columnas y otros antecedentes

DJ 1847: Balance de 8 columnas y otros antecedentes

La DJ 1847 corresponde a la Declaración Jurada sobre Balance de 8 columnas y otros antecedentes.

¿Quiénes deben presentar esta declaración jurada?

De acuerdo a lo que indica el Servicio de Impuestos Internos (SII), la DJ 1847 debe ser presentada por las empresas que al 01 de enero del año comercial que declaran, estén obligadas a declarar sus rentas efectivas determinadas sobre la base de un balance general según contabilidad completa, sujetos al régimen de impuesto de primera categoría con deducción parcial del crédito en los impuestos finales.
.

Los contribuyentes que realicen término de giro están obligados a presentar esta DJ.

¿Qué se debe informar en la DJ 1847?

En esta DDJJ se debe informar el detalle de las cuentas del Balance de 8 Columnas, al 31 de diciembre del año anterior al que se informa, y el valor tributario de los activos y pasivos a dicha fecha.

¿Cuáles son los pasos para realizar la declaración jurada 1847?

Identificación del declarante

Otros antecedentes del declarante

Detalle de las cuentas contenidas en el balance de 8 columnas

SECCIÓN A

Identificación del declarante

 

En esta sección se debe identificar el contribuyente que declara, indicando lo siguiente:

  • Número de RUT,
  • Nombre o razón social,
  • Domicilio postal,
  • Comuna,
  • Correo electrónico y número de teléfono.

SECCIÓN B

Otros antecedentes del declarante

 

“Actividad Económica Principal”:

“Entidad Supervisora Directa”:

“Año ajuste IFRS 1era aplicación”:

“Folio balance N° inicio/final”:

“Ajustes para determinar la RLI”:

SECCIÓN C

Detalle de las cuentas contenidas en el balance de 8 columnas

 

En esta sección los contribuyentes deben registrar la información contable de su empresa en base a su balance de 8 columnas, que se utiliza para la determinación del resultado tributario de la sociedad y de la información de su declaración de impuestos a la renta. Esta información debe coincidir con los registros timbrados exigidos por este Servicio.

Los contribuyentes que se encuentren autorizados a llevar su contabilidad en moneda extranjera, deberán expresar la información del Balance de 8 columnas en pesos chilenos, de acuerdo al tipo de cambio vigente a la fecha de cierre del ejercicio comercial respectivo, según publicación efectuada por el Banco Central de Chile.

¿Cuándo vence la declaración jurada 1847?

La fecha de vencimiento de la DJ 1847 es el 28 de junio de 2024.

Un ejemplo de la declaración jurada 1847: Cuentas de pasivo a valor tributario a informar con signo negativo.

Nombre Cuenta ID. Cuenta según clasificador de cuentas Valor financiero Valor tributario
Activo Pasivo
Banco 1.01.01.00 4.600.000   4.600.000
Cliente 1.01.01.00 82.800.000   92.000.000
Cuenta Particular Socio 1.03.05.00 13.800.000   0
Estimación Deudores Incobrables 1.01.20.00   6.900.000 0
Proveedores 2.01.11.00   11.500.000 -11.500.000
Cuentas por Pagar 2.01.10.00   3.450.000 -3.450.000
Provisión Vacaciones 2.01.51.00   8.740.000 0
Provisión Impuesto Renta 2.01.60.00   9.660.000 0
Capital 2.03.01.00   11.500.000 0
Utilidades Acumuladas 2.03.06.00   41.400.000 0

Nota: En el evento que no exista un activo a valor financiero (registrado en el Balance de 8 Columnas), pero exista un activo a valor tributario, se deberá registrar el valor del activo a valor tributario ingresando el Id. cuenta según clasificador de cuentas (columna 2), y en la columna de Nombre de la cuenta según registros contables (columna 3) se deberá registrar el nombre del activo o pasivo tributario según la determinación del Capital Propio Tributario.

El campo «Id. plan de cuentas utilizado en registros contables» no debe quedar vacío. Ingrese el valor 1 para que esté validado.

¿Qué rol cumple la Declaración Jurada 1952?

¿Qué rol cumple la Declaración Jurada 1952?

La declaración jurada 1952 se encuentra en el grupo de las nuevas declaraciones juradas, impulsadas bajo las modificaciones de la reforma tributaria y corresponde a la «Declaración Jurada Anual sobre Trust».

 

¿Quiénes deben presentar la declaración jurada 1952?

 

Los contribuyentes o entidades domiciliados, residentes, establecidos o constituidos en el país, sean o no sujetos del impuesto a la renta, que tengan o adquieran en el año calendario correspondiente la calidad de:

  • Constituyente o settlor de un trust creado conforme a las disposiciones de derecho
    extranjero.
  • Beneficiario de un trust creado conforme a las disposiciones de derecho extranjero. A este respecto, sólo estarán obligados a la entrega de la declaración jurada aquéllos que se encuentren ejerciendo la calidad de beneficiarios conforme a los términos del trust, y quienes hayan tomado conocimiento de dicha calidad, aun cuando no se encuentren gozando de los beneficios por no haberse cumplido el plazo, condición o modalidad fijada
    en el acto o contrato.
    Se entenderá que han tomado conocimiento del hecho que son beneficiarios aquellos que ejecuten o celebren cualquier acto o contrato del cual se desprenda tal calidad, como por ejemplo, haber concurrido al acto de constitución del trust, celebrar un contrato de promesa cuyo objeto sean bienes incluidos en el trust, recibir cualquier distribución del trust, usar, gozar y disponer de los bienes del trust , incluyendo el uso de tarjetas de débito, crédito o fondos pertenecientes al trust, y en general, cualquier acto o contrato que sólo haya podido ser ejecutado sabiendo o debiendo saber su calidad de beneficiario.
  • Trustee o administrador de un trust creado conforme a las disposiciones de derecho
    extranjero.

 

 

Obligación de Informar

 

Las personas o entidades señaladas, deberán proporcionar en esta declaración jurada la información relativa a los trusts que se hayan encontrado vigentes durante el período respectivo, así como también los datos relativos a la revocación o finalización de dichas relaciones jurídicas que se hayan producido durante aquel período.

 

 

Relaciones jurídicas que deben entenderse como trust según la ley

 

Para los fines de esta declaración jurada, el término “trust» comprende todas y cada una de las relaciones jurídicas a que se refieren los incisos cuarto, quinto y sexto de la letra b), del N° 2 del artículo 33 Bis del Código Tributario, las cuales se señalan a continuación:

Relaciones jurídicas creadas de acuerdo a normas de derecho extranjero

Conjunto de relaciones jurídicas que cumplan con:

Cualquier relación jurídica creada de acuerdo a normas de derecho extranjero

 

 


 

RESOLUCIÓN EXENTA SII Nº 125

Santiago, 30 de septiembre de 2020

 

VISTOS

 

CONSIDERANDO

 

 

SE RESUELVE

 

 

 

ANEXOS DE LA RESOLUCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA 1952

 

ANEXO 1

Declaración Jurada Anual sobre Trusts.

ANEXO 2

Instrucciones de llenado 


 

 

¿Cuáles son las instrucciones de la declaración jurada 1952?

 

Esta declaración cuenta con cuatro secciones que son:

 

 

Sección A

 

Identificación del declarante

 

Se debe identificar al contribuyente que presenta la declaración, indicando su:

  • Rut
  • Número de teléfono 
  • Correo electrónico

 

 

Sección B

 

Identificación del Trust, Movimiento Financiero, Administrador (Trustee) y Constituyentes (Settlor).

 

En esta sección deberá informar por cada trust:

 

Datos del Trust:

  • «#»
  • Número de identificación tributaria del trust
  • Nombre de identificación del trust
  • Fecha de creación
  • Carácter del trust
  • Fecha de revocación
  • Causa de revocación
  • País de constitución

 

 

Movimiento financiero del Trust

  • Monto del Aporte al momento de la Constitución del Trust
  • Saldo Inicial del Trust al 1° de enero
  • Aumentos durante ejercicio comercial
  • Disminuciones durante ejercicio comercial
  • Saldo Final del Trust al 31 de diciembre

 

 

Datos del administrador (Trustee) del Trust

  • RUT del Administrador (Trustee)
  • DV del Administrador (Trustee)
  • TAX ID Administrador (Trustee)
  • Nombre o Razón Social del Administrador (Trustee)
  • País de residencia del Administrador (Trustee)

 

 

Datos del constituyente (settlor) del Trust

  • RUT del Constituyente (Settlor)
  • DV del Constituyente (Settlor)
  • TAX ID Constituyente (Settlor)
  • Nombre o Razón Social del Constituyente (Settlor)
  • País de residencia del constituyente (Settlor)

 

 

 

Sección C

 

Identificación de los Beneficiarios de cada Trust

 

En esta sección deberá informar los beneficiarios por cada Trust:

 

Datos del Trust

  • «#»
  • Número de identificación tributaria del trust

 

 

Datos del beneficiario del Trust

  • RUT del Beneficiario
  • DV del Beneficiario
  • TAX ID del Beneficiario
  • Nombre o Razón Social del Beneficiario
  • País de residencia del Beneficiario
  • Monto Beneficios recibidos del Trust al 31 diciembre

 

 

Sección

Cuadro resumen final de la declaración

 

En esta sección deberá informar:

  • «#»
  • Cantidad total de Trust
  • Cantidad total de Administradores (Trustee)
  • Cantidad total de Constituyentes (Settlor)
  • Cantidad total de Beneficiarios

 

 

 

Sección

Rut representante

 

En esta sección se debe indicar el RUT del representante de la persona o entidad que declara, cuando corresponda. Es preciso mencionar que es una declaración bajo juramento, por lo que los datos contenidos en el presente documento son la expresión fiel de la verdad asumiendo la responsabilidad correspondiente.

 

 

 

¿Cuándo vence la declaración jurada 1952?

La fecha de vencimiento de la declaración jurada 1952 es el 28 de junio de 2024.

 

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