Artículo 33° BIS: Incentivos a la inversión

Artículo 33° BIS: Incentivos a la inversión

El artículo 33 BIS redacta un beneficio tributario generado a través de las compras de activos fijos. Corresponde a un crédito de un 4% a un 6% de la inversión del último año. Es imputable contra impuestos finales antes de otros créditos, lo que permite deducir el monto del impuesto a la renta (previamente calculado). No tendrá derecho a devolución de impuesto si la deducción reduce el impuesto en mayor proporción al monto original por pagar.

 

Acceso al beneficio del artículo 33 bis

 

Todo contribuyente que realice la declaración de impuesto de primera categoría, sobre su renta efectiva y según contabilidad completa tendrá derecho a acceder a este beneficio. Antiguamente se realizaba bajo el régimen de renta atribuida y el régimen parcialmente integrado, mientras que los contribuyentes con contabilidad simplificada der artículo 14 TER, letra A), podían acceder por medio de una aplicación directa y especial desde la letra C) del N°3 (redactado en el mismo artículo).

Actualmente, todos los contribuyentes que utilicen el régimen 14A, 14-D N°3 ProPyme General o 14-D N°8 pueden acceder a este beneficio. Sin embargo, hay que prestar atención a una variante entre contabilidad completa y contabilidad simplificada establecida en el 14-D N°3. Solo uno de ellos se debe considerar como contabilidad completa, pese a que ambas estructuras manejan flujo de caja.

 

Activos fijos a considerar

 

El artículo bis 33 considerará válido a los bienes que sean adquiridos durante el ejercicio de un período. Los activos fijos se consideran como a los bienes que son usados permanentemente en la operación de un giro empresarial, siendo los ejemplos más frecuentes maquinarias, computadores y herramientas. No se pueden considerar sistemas computacionales (software) dado que son bienes intangibles utilizados dentro de la productividad del negocio y, si bien tienen en general una vida prolongada (dependidendo del sistema), son considerados tributariamente como un gasto.

Texto del artículo 33 bis según la Ley 20.780

 

Punto a del artículo 33 bis

Derecho de un 6%

 

Corresponde a un crédito del 6% aplicado en el valor de los bienes físicos del activo sea:

  • Inmovilizado
  • Adquiridos como nuevos
  • Terminados de construir
    • Durante el ejercicio
  • Que se tomen en arrendamiento

 

Este beneficio va para los contribuyentes que:

  • Declaren impuestos de primera categoría.
  • La renta efectiva sea determinada según contabilidad completa.
  • Adquieran bienes
  • Terminen de construir bienes
  • Tomen en arrendamiento con opción de compra los bienes

 

Este crédito se valida cuando el contribuyente registre un promedio de ventas anuales que no superen a las 25.000 unidades de fomento. El cálculo se realiza con los 3 ejercicios anteriores antes del ejercicio donde se realizó alguna acción.

Las ventas anuales se expresarán en unidades de fomento y se considerará el valor de los ingresos mensuales según el valor de la unidad de fomento al final de cada mes.

Se calculará el promedio de los ejercicios efectivamente existentes en el caso que la empresa tenga una existencia menor a 3 ejercicios.

 
Bienes construídos
  • Las obras que consistan en mantención o reparación no tendrán derecho a crédito.
  • Los activos que puedan ser usados para fines habitacionales o fines de transporte no tendrán derecho a crédito.

 

Se excluyen los camiones, camionetas de cabina simple y otros activos que estén destinados exclusivamente al transporte de carga o sean buses que presten servicios interbuanos o rurales, sean para transporte público remunerado por pasajeros y estén inscritos en el Registro Nacional de Servicios de Transporte de Pasajeros, el cual es llevado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

 
Cuándo se deduce el crédito

El crédito establecido en el inciso primero se deducirá del impuesto de primera categoría que deba pagarse por las rentas del ejercicio en el momento que ocurra la adquisición o término de la construcción

No se dará derecho a devolución si se produce un exceso.

 
Cómo se calcula el crédito

Los bienes se considerarán por su valor actualizado al término del ejercicio en conformidad con las normas del artículo 41 de esta ley y antes de deducir la depreciación correspondiente.

En ningún caso el monto anual del crédito podrá exceder de 500 unidades tributarias mensuales, considerando el valor de la unidad tributaria mensual del mes de cierre del ejercicio.

 
Excepciones del crédito
  • El crédito establecido en este artículo no se aplicará a las empresas del Estado ni a las empresas en las que el Estado, sus organismos o empresas o las municipalidades tengan una participación o interés superior al 50% del capital.
  • Tampoco se aplicará dicho crédito respecto de los bienes que una empresa entregue en arrendamiento con opción de compra.

 

Para los efectos de lo dispuesto en este artículo se entenderá que forman parte del activo físico inmovilizado los bienes corporales muebles nuevos que una empresa toma en arrendamiento con opción de compra. En este caso el crédito se calculará sobre el monto total del contrato.

 

Punto b del artículo 33 bis

Tasa promedio

 

Corresponde a un crédito proporcional aplicado en el valor de los bienes físicos del activo sea:

  • Inmovilizado
  • Adquiridos como nuevos
  • Terminados de construir
    • Durante el ejercicio
  • Que se tomen en arrendamiento

Este beneficio va para los contribuyentes que hayan:

  • Adquirido bienes
  • Terminado de construir bienes
  • Tomado en arrendamiento con opción de compra los bienes

Este crédito se valida cuando el contribuyente registre un promedio de ventas anuales que esté entre las 25.000 y hasta las 100.000 unidades de fomento. El cálculo se realiza con los 3 ejercicios ejercicios anteriores antes del ejercicio donde se realizó alguna acción.

La fórmula para calcular el crédito proporcional:

0.06 * ((100.000 – x) /75.000)

Donde x corresponde a los ingresos anuales en unidades de fomento.

Por ejemplo, si x es igual a 45.000 unidades de fomento:

0.06 * ((100.000 – 45.000) / 75.000) = 0.06 * (55.000/75.000) = 0.06 * 0.0733333 = 0.044 -> 4.4% de crédito.

Se aplicará un 4% para la determinación del crédito referido en el caso que el promedio calculado sea menor a 4%.

Las ventas anuales se expresarán en unidades de fomento y se considerará el valor de los ingresos mensuales según el valor de la unidad de fomento al final de cada mes.

Se calculará el promedio de los ejercicios efectivamente existentes en el caso que la empresa tenga una existencia menor a 3 ejercicios.

En todo lo demás se aplicarán las reglas establecidas en los párrafos de la letra a)

 

 

Punto c del artículo 33 bis

Derecho de un 4%

 

Corresponde a un crédito del 4% aplicado en el valor de los bienes físicos del activo sea:

  • Inmovilizado
  • Adquiridos como nuevos
  • Terminados de construir
    • Durante el ejercicio
  • Que se tomen en arrendamiento

Este beneficio va para los contribuyentes que hayan:

  • Adquirido bienes
  • Terminado de construir bienes
  • Tomado en arrendamiento con opción de compra los bienes

Este crédito se valida cuando el contribuyente registre un promedio de ventas anuales mayor a 100.000 unidades de fomento. El cálculo se realiza con los 3 ejercicios ejercicios anteriores antes del ejercicio donde se realizó alguna acción.

En todo lo demás se aplicarán las reglas establecidas en los párrafos de la letra a)

 

La modificación del texto rige a contar del 01.01.2015, según letra b) del Art. Transitorio de la Reforma Tributaria.

Los contribuyentes deberán permanecer a lo señalado en el artículo 3° número VII (siete) de la Reforma Tributaria de acuerdo a:

  • Lo dispuesto al artículo cuarto, transitorio, de la ley 19.578
  • Mantengan al 31.12.2016 remanentes de crédito
    • Por concepto de adquisición
    • Por concepto de construcción de bienes físicos del activo inmovilizado

 

Incorporación del crédito en el Sistema Contable Edig

 

El Sistema de Contabilidad Edig permite valorizar los activos fijos de una empresa con el crédito descrito en el artículo 33 bis. Este proceso es parte del módulo de Activo Fijo que está disponible para cualquier empresa.

 

manejo del artículo bis 33 en el sistema contable edig

 
Pasos para valorizar un activo fijo con el artículo 33 bis:
  • Entrar a la opción «Control de Activo Fijo» ubicado en el módulo «Activo Fijo» que está disponible en menú superior de la pantalla.
  • Ingresar los datos del activo fijo a registrar.
  • Marcar la casilla «Artículo 33 Bis» en la ventana de «Ingreso de Registro de Activo Fijo».
  • Indicar el porcentaje del crédito en el cuadro ubicado a la derecha de la casilla.
  • Presionar el botón «Grabar» una vez que los datos hayan sido registrados.
IFRS para PYMES

IFRS para PYMES

Las normas IFRS para PYMES (Normas Internacionales de Información Financiera), conocidas como International Financial Reporting Standards, son aquellas reglas establecidas a nivel mundial para interpretar los datos financieros de una pequeña o mediana empresa. A diferencia de las IFRS convencionales, estas normas están simplificadas para facilitar la gestión de la información.

Características de las IFRS para PYMES

El Comité Internacional de Contabilidad (IASB) considera que una empresa es pequeña o mediana cuando:

  • No tiene obligación pública de rendir cuentas.
    • La entidad no tiene que divulgar su información financiera al público en general en base a su regulación interna, pero publican de todos modos sus estados financieros con el propósito de presentar la información general a usuarios externos.
    • Los usuarios externos pueden considerarse como:
      • Los propietarios de la empresa que no están vinculados en la gestión del negocio.
      • Acreedores actuales.
      • Acreedores potenciales.
      • Agencias de calificación crediticia.

Estas PYMES tienen beneficios similares a las empresas de Sociedad Anónima:

  • Pueden presentar sus estados financieros para obtener créditos y financiamiento por parte de entidades financieras (como los bancos).
  • Permite un mejor análisis del desempeño de la PYME, algo que todo emprendedor, dueño y gerente necesita para tomar mejores decisiones.
  • Facilita la información para que algún inversionista pueda entender el prospecto de la empresa, incentivando a que invierta capital y ayude al crecimiento de la PYME.
  • La presentación de la información es global, por lo que cualquier empresario, independiente de su nacionalidad, podrá demostrar interés por la PYME. Esta información también fomentará la confianza entre agentes externos, incentivando a los dueños a mejorar.

Algunos casos de las IFRS para PYMES a considerar

Una empresa que realice actividades fiduciarias por motivos secundarios a su actividad principal no se convierte en una empresa con la obligación pública de rendir cuentas, entre ellas:

  • Colegios
  • Organizaciones no lucrativas
  • Inmobiliarias
  • Cooperativas

Una empresa no podría estructurar sus estados financieros con las IFRS para PYMES si tiene la obligación pública de rendir cuentas, incluso cuando la legislación o regulación interna permita o requiera que estas normas sean utilizadas con la obligación pública de rendir cuentas.

Una subsidiaria puede utilizar una estructura de IFRS para PYMES para sus estados financieros en el caso de que no tenga la obligación pública de rendir cuentas pese a que su controladora utilice IFRS completas o forme parte de un grupo consolidado que utilice dicha estructura de normativas.
En este caso la subsidiaria tendrá que cumplir con todas las disposiciones de las IFRS para PYMES para preparar sus estados financieros.

Las herramientas para la gestión de las normas internacionales de información financiera

Las PYMES que gestionen su contabilidad financiera a través de las IFRS establecidas tendrá una ventaja competitiva ante sus competidores. Para ello es recomendable aprender acerca de estas normas, pero en el caso de necesitar soluciones inmediatas siempre habrá disposición de solicitar asesorías, mientras que el apoyo de un sistema contable permitirá realizar los procesos con mayor eficiencia, permitiendo resultados oportunos y a favor del crecimiento de las PYMES.

Norma Internacional de Contabilidad (NIC) 16: Comprende la gestión financiera de tus activos

Norma Internacional de Contabilidad (NIC) 16: Comprende la gestión financiera de tus activos

El objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable de propiedades, planta y equipo, más conocido como activo fijo, de forma que los usuarios de los estados financieros puedan conocer la información acerca de la inversión que la entidad tiene en sus propiedades, planta y equipo, así como los cambios que se hayan producido en dicha inversión. Los principales problemas que presenta el reconocimiento contable de propiedades, planta y equipo son la contabilización de los activos, la determinación de su valor en libros y los cargos por depreciación y pérdidas por deterioro que deben reconocerse con relación a los mismos. Las propiedades, planta y equipo son los activos tangibles que:

  • (a) posee una entidad para su uso en la producción o suministro de bienes y servicios, para arrendarlos a terceros o para propósitos administrativos; y
  • (b) cuyo uso durante más de un periodo contable se espere.

Un elemento de propiedades, planta y equipo se reconocerá como activo si, y sólo si:

  • (a) sea probable que la entidad obtenga los beneficios económicos futuros derivados del mismo; y
  • (b) el costo del activo para la entidad pueda ser valorado con fiabilidad.

Medición en el momento del reconocimiento: Todo elemento de propiedades, planta y equipo, que cumpla las condiciones para ser reconocido como un activo, se valorará por su costo.

El costo de un elemento de propiedades, planta y equipo será el precio equivalente al contado en la fecha de reconocimiento. Si el pago se aplaza más allá de los plazos normales del crédito comercial, la diferencia entre el precio equivalente al contado y el total de los pagos se reconocerá como gastos por intereses a lo largo del periodo de aplazamiento, a menos que se capitalicen dichos intereses de acuerdo con el tratamiento alternativo permitido en la NIC 23. El costo de los elementos de propiedades, planta y equipo comprende:

  • (a) su precio de adquisición, incluidos los aranceles de importación y los impuestos indirectos no recuperables que recaigan sobre la adquisición, después de deducir cualquier descuento o rebaja del precio;
  • (b) todos los costos directamente relacionados con la ubicación del activo en el lugar y en las condiciones necesarias para que pueda operar de la forma prevista por la gerencia;
  • (c) la estimación inicial de los costos de desmantelamiento o retiro del elemento, así como la rehabilitación del lugar sobre el que se asienta, cuando constituyan obligaciones en las que incurre la entidad como consecuencia de utilizar el elemento durante un determinado periodo, con propósitos distintos del de la producción de inventarios durante tal periodo.

Medición posterior al reconocimiento: La entidad elegirá como política contable el modelo del costo (párrafo 30) o el modelo de revaluación (párrafo 31), y aplicará esa política a todos los elementos que compongan una clase de propiedades, planta y equipo. Modelo del costo: Con posterioridad a su reconocimiento como activo, un elemento de propiedades, planta y equipo se contabilizará por su costo menos la depreciación acumulada y el valor acumulado de las pérdidas por deterioro del valor.

Modelo de revaluación: Con posterioridad a su reconocimiento como activo, un elemento de propiedades, planta y equipo cuyo valor razonable pueda medirse con fiabilidad, se contabilizará por su valor revaluado, que es su valor razonable, en el momento de la revaluación, menos la depreciación acumulada y el valor acumulado de las pérdidas por deterioro de valor que haya sufrido. Las revaluaciones se harán con suficiente regularidad, para asegurar que el valor en libros, en todo momento, no difiera significativamente del que podría determinarse utilizando el valor razonable en la fecha del balance.

Cuando se incremente el valor en libros de un activo como consecuencia de una revaluación, tal aumento se llevará directamente a una cuenta de superávit de revaluación, dentro del patrimonio neto. No obstante, el incremento se reconocerá en el resultado del periodo en la medida en que suponga una reversión de una disminución por devaluación del mismo activo, que fue reconocida previamente en resultados. Cuando se reduzca el valor en libros de un activo como consecuencia de una revaluación, tal disminución se reconocerá en el resultado del periodo. No obstante, la disminución será cargada directamente al patrimonio neto contra cualquier superávit de revaluación reconocido previamente en relación con el mismo activo, en la medida que tal disminución no exceda el saldo de la citada cuenta de superávit de revaluación.

La Depreciación es la distribución sistemática del valor depreciable de un activo a lo largo de su vida útil. Valor amortizable es el costo de un activo o la cantidad que lo sustituya, una vez deducido su valor residual. Se depreciará de forma separada cada parte de un elemento de propiedades, planta y equipo que tenga un costo significativo con relación al costo total del elemento. El cargo por depreciación de cada periodo se reconocerá en el resultado del periodo, salvo que se haya incluido en el valor en libros de otro activo. El método de depreciación utilizado reflejará el patrón con arreglo al cual se espera que sean consumidos, por parte de la entidad, los beneficios económicos futuros del activo.

El valor residual de un activo es el valor estimado que la entidad podría obtener actualmente por desapropiarse del elemento, después de deducir los costos estimados por tal desapropiación, si el activo ya hubiera alcanzado la antigüedad y las demás condiciones esperadas al término de su vida útil.

Para determinar si un elemento de propiedades, planta y equipo ha visto deteriorado su valor, la entidad aplicará la NIC 36 Deterioro del Valor de los Activos. El valor en libros de un elemento de propiedades, planta y equipo se dará de baja en cuentas:

  • (a) por su o disposición a; o
  • (b) cuando no se espere obtener beneficios económicos futuros por su utilización, venta o disposición por otra vía.

¿Como diferenciar una PPE de Propiedad de Inversión en un Bien Raíz?

¿Lo ocupa el dueño? SI

Cuando la propiedad es utilizada por la misma empresa esta pasa a ser parte de las Propiedades Plantas y equipos. (NIC 16)

¿Lo arriendo? SI

En cambio, cuando lo arriendo o espero tener plusvalía, pasa a ser parte de Propiedades de Inversión (NIC 40)

Nota: Esta diferenciación es para los “BIENES RAICES”, si la compañía por ejemplo tiene vehículos para el arriendo siempre serán PPE NIC 16

Revaluación de P.P.E. NIC 16

  • Modelo del costo.: valorizará las propiedades, planta y equipo a su costo inicial menos la depreciación acumulada y el importe acumulado de las pérdidas por deterioro del valor. (la que conocemos todos nosotros al día de hoy)
  • Modelo de revaluación: valorizará las propiedades, planta y equipo a su valor revaluado, menos la depreciación acumulada y el importe acumulado de las pérdidas por deterioro de valor, considerando como valor revaluado el valor razonable en el momento de la revaluación.
modelos ppe de la nic 16

 

Ejemplo Práctico NIC 16: Compra de Maquinaria en el extranjero.

 

La Empresa Inv Edig Spa, compra una maquinaria por USD 365.000, adicionalmente paga el transporte de la aduana a la empresa de CLP 2.136.000 Bruto, y la contratación de técnicos externos para su instalación y puesta en marcha pagando $ 833.889. Bruto con Boleta de Honorarios.

Calcularemos la medición y reconocimiento considerando una depreciación de 6 meses.

El desmantelamiento determinado la vida útil será de CLP 3.200.000, su tasa efectiva será el 5% y su valor residual es del 15% del valor libro de la máquina adquirida.

Comenzaremos realizando el cálculo de los valores aduaneros, trasporte y servicio de instalación:

compra de maquinaria en el extranjero para el caso practico de la nic 16

 

Provisión y Desmantelamiento de la maquinaria.

Considerando el valor del enunciado el cual es CLP 3.200.000.- (valor a los 5 años de vida útil) debemos calcular el valor presente de desmantelamiento con la siguiente formula:

Valor Futuro de Desmantelamiento / (1+% tasa efectiva) Cantidad de años

El resultado sería:

Provisión de Desmantelamiento
Valor Futuro de Desmantelamiento                      3.200.000
Vida Útil Años 5
Tasa Efectivo 5%
Valor Desmantelamiento Presente                      2.507.284
Comienza a utilizar en jun-22

 

Contabilización Inicial de Maquinaria según NIC 16

cuadro de la contabilizacion inicial de la maquinaria segun nic 16

Cálculo de la depreciación al 31 de diciembre.

Como la maquinaria fue puesto en la empresa el dia 01 de junio de 2022, podemos contar los meses que será depreciado el cual será de 6 meses.

Paso 1:

Valor Libro del bien:

VALOR LIBRO DEL BIEN
Maquinaria en Chile                  329.670.190
Servicio de Transporte                      1.794.958
Instalación y Capacitación                          833.889
Provisión Desmantelamiento                      2.507.284
TOTAL MAQUINARIA (VALOR LIBRO)                  334.806.321

 

Valor residual : Valor Libro * 15% = 334.806.321 * 0.15=50.220.948.-

Paso 2:

Cálculo de la depreciación Año 1 (6 meses) al 31 de diciembre

Depreciación del período:

(Valor Libro – Depreciación Acumulada – Valor residual año 1) / Vida Útil en meses * Meses a depreciar.

Resolvemos:

Conceptos Año 1
Saldo Contable  334.806.321
Depreciación Acumulada 0
Valor Residual 50.220.948
Valor a Depreciar 284.585.373
Vida Util en Meses (5 años * 12 meses) 60
Meses a Depreciar (Jun 2022 – Dic 2022) 6
Depreciación del Período    28.458.537
Saldo Contable Periodo Siguiente 50.220.948

 

 

Por lo que la contabilización al año 1 será

Contabilización Cierre año 1
Cuenta Contable Glosa Debe Haber
Depreciación Maquinaria Depreciación Año 1            28.458.537  
Dep Acumulada Maquinaria Depreciación Año 1             28.458.537

Además, debemos considerar que, si se realizó el cálculo del desmantelamiento, tenemos que recalcular el valor de ésta para poder contabilizar y actualizar.

El cálculo es el siguiente

((1+Tasa Efectiva%)(1/12)) -1 = Tasa equivalente mensual

((1+0,05)(1/12)) -1  = 0,407412378364835% = 0,0407412378364835

Este resultado lo debemos multiplicar por la cantidad de meses a depreciar lo cual nos daría como resultado: 2,46950765959604% (Utilizar todos los decimales).

El valor resultante se debe multiplicar por el valor de la provisión inicial del bien.

Provisión Desmantelamiento: 2.507.284 * % resultante = 61.918.- y este valor se contabilizará inmediatamente después de contabilizar la depreciación al 31 de diciembre del año 1

 

 

Cuenta Contable Glosa Debe Haber
Gastos Desmantelamiento Act Desmantelamiento Año 1 61.918  
Prov de Desmantelamiento Act Desmantelamiento Año 1   61.918

 

 

Si realizamos el cálculo por los 5 años de vida útil el cuadro quedaría de la siguiente manera:

Tasa equivalente mensual 0,407412378364835%          
Cálculo actualización Provisión desmantelamiento Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Año 6
Tasa por meses de depreciación 2,46950765959604% 5,00% 5,00% 5,00% 5,00% 2,46950765959604%
Valor desmantelamiento 61.918 128.460 134.883 141.627 148.709 77.120
Valor desmantelamiento Acumulado 2.569.202 2.697.662  2.832.545 2.974.172 3.122.881        3.200.000

 

 

Podemos apreciar que efectivamente, al realizar el cálculo hasta el último año de vida útil, el valor final será el valor que se pronosticó al momento de comprar la máquina que es de 3.200.000 (del enunciado)

Por ultimo podemos visualizar el cuadro proyectado de la vida del bien.

 

 

Conceptos Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Año 6
Saldo Contable                             334.806.321                  334.806.321                334.806.321               334.806.321               334.806.321                          334.806.321
Dep Acumulada 0                     28.458.537                  86.324.230               146.669.880               210.636.270                          280.999.299
Valor Residual                               50.220.948                     45.952.168                  37.272.314                 28.220.466                 18.625.508                               8.071.053
Valor a Depreciar                             284.585.373                  260.395.616                211.209.778               159.915.974               105.544.543                             45.735.969
Vida Útil en Meses (5 años * 12 meses) 60 54 42 30 18 6
Meses a Depreciar 6 12 12 12 12 6
Depreciación del Período                               28.458.537                     57.865.692                  60.345.651                 63.966.390                 70.363.029                             45.735.969
Saldo Contable Periodo Siguiente                               50.220.948                  248.482.091                188.136.441               124.170.051                 53.807.022                               8.071.053

 

Si se puede apreciar, el valor libro o saldo contable del bien quedará justo hasta el valor residual, en donde terminará su proceso de depreciación financiera.

Alex Munoz es el autor del articulo de la norma 16 para Edig
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