Tributación de rifas: qué impuestos debes pagar según el SII

Tributación de rifas: qué impuestos debes pagar según el SII

La tributación de rifas es un tema que afecta cada vez más personas en Chile. Las rifas ya no son algo pequeño entre conocidos: hoy circulan por redes sociales, grupos de WhatsApp y plataformas digitales, con premios de alto valor y recaudaciones significativas. Pero, aunque muchas veces se presenten como algo sencillo, lo cierto es que pueden generar efectos tributarios importantes tanto para quien organiza la rifa como para quien gana el premio.

El Servicio de Impuestos Internos abordó expresamente esta situación en el Oficio N° 1870 de 10 de junio de 2022, estudiando el caso de una persona natural que realizaba una rifa cuyo premio era un vehículo y un millón de pesos. A continuación, se explica qué impuestos aplican, quiénes deben pagarlos y cuándo nace esa obligación.

¿Qué es la tributación de rifas?

La tributación de rifas es el conjunto de obligaciones tributarias que la ley chilena establece tanto para quien organiza una rifa como para quien gana el premio, con independencia de si la rifa es legal o ilegal, según lo establecido por el SII en el Oficio N°1870 de 2022.

Hoy muchas rifas se organizan con una lógica más masiva, más pública y más digital que antes. Ya no es solo una actividad pequeña entre conocidos. Donde hay difusión masiva, pagos, premios de gran valor y una recaudación significativa, el análisis fiscal resulta imprescindible.

¿Cómo tributa el organizador de una rifa?

Lo primero y más importante es que la venta de tickets no escapa al ámbito tributario. Según el SII, dichos ingresos se catalogan como rentas del N°5 del artículo 20 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), por lo que pueden estar sujetos al Impuesto de Primera Categoría y también al Impuesto Global Complementario o al Impuesto Adicional, según corresponda. Organizar una rifa para conseguir dinero no es, en principio, una operación libre de tributos.

Además, importa cómo se trate el premio. Si el organizador entrega dinero como premio, esa operación igualmente se analiza como renta del N°5 del artículo 20. Si lo que se entrega es un automóvil u otro bien, habrá que revisar la regla específica del tipo de bien involucrado, sin descartar que el SII puede incluso tasar la operación si considera que las circunstancias lo justifican.

¿Debe también el ganador de una rifa pagar impuestos?

No solo debe preocuparse el organizador. El ganador de la rifa también puede tener que pagar impuestos por su premio. El SII indica que, si el premio es en dinero, ese monto es renta sujeta a impuestos de forma inmediata. Si en cambio el premio consiste en un bien, como un vehículo, la tributación tendrá lugar con posterioridad, cuando el ganador venda ese bien.

Y aquí hay un detalle clave: para calcular el mayor valor, el ganador solo podrá reconocer como costo tributario el valor del ticket con el que ganó el premio, y no el valor comercial del bien recibido. Esto puede generar una base imponible significativamente más alta de lo que el ganador espera.

Los cuatro casos tributarios de una rifa

¿Quién? Tipo de premio ¿Cuándo tributa? ¿Cómo tributa?
Organizador Entrega dinero como premio Al recibir ingresos por venta de tickets Renta N°5 Art. 20 LIR → IDPC + IGC o Adicional
Organizador Entrega un bien (vehículo u otro) Al recibir ingresos por venta de tickets Renta N°5 Art. 20 LIR. Regla del tipo de bien. El SII puede tasar.
Ganador Premio en dinero Al recibir el premio Impuesto de Primera Categoría e Impuesto Global Complementario
Ganador Premio en bien (vehículo u otro) Al vender el bien ganado Mayor valor = precio de venta menos valor del ticket pagado

¿Cuándo nace la obligación tributaria?

1. Para quien vende la rifa

La obligación tributaria nace cuando el contribuyente percibe los ingresos por la venta de los tickets o números de la rifa, ya que esos montos corresponden a ingresos por la venta de derechos para participar en el sorteo.

El SII señala que dichos ingresos constituyen rentas del artículo 20 N° 5 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, afectas a Impuesto de Primera Categoría y, además, a Impuesto Global Complementario o Impuesto Adicional, según corresponda.

Además, si la rifa se usa como mecanismo para transferir un bien, por ejemplo un vehículo, puede existir un acto jurídico posterior —como una compraventa— mediante el cual se transfiere la propiedad del premio al ganador. En ese caso, el ingreso asociado a esa enajenación deberá analizarse según la naturaleza del bien transferido y las reglas de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

2. Para quien compra el ticket y resulta ganador

La sola compra del ticket no genera por sí misma una obligación tributaria para el comprador, porque en ese momento solo está adquiriendo un derecho a participar en la rifa.

Ahora bien, si el comprador resulta ganador, el tratamiento depende del tipo de premio:

  • Si el premio es dinero: La obligación tributaria nace cuando el ganador percibe el premio en dinero, ya que dicho monto constituye una renta del artículo 20 N° 5 de la LIR, afecta a Impuesto de Primera Categoría y a Impuesto Global Complementario o Impuesto Adicional, según corresponda.
  • Si el premio es un bien, como un vehículo: Según el criterio del SII, la tributación para el ganador no se verifica necesariamente al momento de recibir el bien, sino cuando posteriormente lo enajene a un tercero. En ese momento deberá determinar el mayor valor obtenido en la venta, reconociendo como costo tributario únicamente el valor pagado por el ticket ganador.

¿Cómo y dónde se declaran los impuestos de una rifa ante el SII?

En relación con el contribuyente que realiza la rifa, cabe señalar que los ingresos obtenidos, al considerarse incremento de patrimonio en los términos del artículo 2° de la Ley sobre Impuesto a la Renta, tendrán que ser tributados con el IDPC e IGC.

Ahora bien, si la rifa corresponde a una actividad meramente ocasional, aislada y no habitual, los ingresos obtenidos podrían ser tratados como rentas esporádicas, debiendo cumplirse con la declaración del Formulario 22 del año tributario respectivo.

Por último, en cuanto al inicio de actividades, este no sería exigible cuando la operación tenga un carácter estrictamente esporádico y no constituya el desarrollo habitual de una actividad económica.

¿Existen excepciones? El caso de rifas benéficas y de colegios

En el caso de rifas realizadas por establecimientos educacionales, centros de padres, fundaciones o corporaciones, no corresponde aplicar automáticamente el mismo tratamiento tributario previsto para una persona natural que organiza una rifa con fines particulares o comerciales.

Tratándose de rifas escolares, actividades solidarias, cuotas de curso o recaudaciones comunitarias, el SII ha reconocido que estas situaciones no se asimilan, por sí solas, a ventas de productos o servicios afectas a fiscalización, siempre que tengan un carácter ocasional, social o educacional, y que los fondos sean destinados al fin respectivo.

Por su parte, en el caso de fundaciones o corporaciones, debe distinguirse si la entidad tiene o no carácter benéfico. Si se trata de una fundación o corporación de carácter benéfico, los sorteos o rifas que efectúe pueden quedar exentos de todo tipo de impuestos, conforme al artículo 5° del Decreto Ley N° 359 de 1974. No obstante, la sola calidad de entidad sin fines de lucro no basta para acceder a dicha exención, debiendo analizarse el objeto estatutario de la entidad, la finalidad efectiva de la actividad y el destino de los fondos recaudados.

Fundamento legal de la tributación de rifas

El Servicio de Impuestos Internos abordó expresamente esta situación en el Oficio N° 1870, de 10 de junio de 2022. El pronunciamiento se originó a partir de la consulta sobre una persona natural que realizaba una rifa cuyo premio era un vehículo y un millón de pesos.

El SII aclaró que no le corresponde determinar si la rifa es legal o ilegal según otras normativas, sino cuáles son sus efectos tributarios. En consecuencia, la legalidad o ilegalidad de la rifa no afecta la obligación de tributar por los ingresos que genera.

El fundamento normativo es el artículo 20 N°5 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), que grava las rentas de cualquier naturaleza, origen o denominación que no estén clasificadas en los números anteriores del mismo artículo.

Si un individuo organiza una rifa o participa en ella, no es suficiente ver solo el premio o la cantidad de boletos vendidos. Es preciso también valorar cómo se gravan esos ingresos, qué impuestos pueden generarse y en qué momento nace la obligación tributaria.

¿Es tu caso más complejo? Consulta con un especialista

La tributación de rifas puede tener matices importantes según el tipo de bien rifado, el volumen de la operación y si el organizador tiene o no inicio de actividades. Nuestro equipo tributario puede analizar tu situación específica.

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¿Qué es una factura electrónica?

¿Qué es una factura electrónica?

Una factura electrónica afecta es un documento o instrumento mercantil y tributario que registra el movimiento de una compraventa. Se entiende por afecta a que la transacción grava impuestos y dichos montos ser también registrados. Las empresas que tributan en primera categoría tienen la facultad de emitir facturas electrónicas para el SII. Las personas naturales pueden emitir facturas si tienen actividades de primera categoría y deben emitir boletas si tienen actividades de segunda categoría.

Nuestro Sistema Contable Edig tiene la capacidad de registrar las facturas de un negocio, tanto aquellas realizadas tradicionalmente como por medio electrónico. Además, el registro de estos documentos permiten centralizar la contabilidad en cada período.

las facturas electronicas pueden ser registradas en el sistema de contabilidad Edig
las facturas electronicas pueden ser registradas en el sistema de contabilidad Edig

Nuestro Sistema Contable Edig tiene la capacidad de registrar las facturas de un negocio, tanto aquellas realizadas tradicionalmente como por medio electrónico. Además, el registro de estos documentos permiten centralizar la contabilidad en cada período.

Una factura cumple con dos funciones principales:

  • Formaliza la transacción de compraventa.
  • Informa los impuestos a remitir al Estado. La factura electrónica es recibida por el Servicio de Impuestos Internos (SII).

En Chile, todas las facturas afectas a impuestos deben ser emitidas en formato electrónico según el Servicio de Impuestos Internos (SII). Para tales efectos se considera la asignación del tipo de documento con el código 33, conocida como Factura Electrónica Afecta. La información fundamental que aparece en una factura debe reflejar la entrega de un producto o la provisión de un servicio, junto a la fecha de devengo (cuándo se hizo el acuerdo de transacción), además de indicar la cantidad a pagar de las existencias o bienes de una empresa, sea para su venta en uso ordinario de la explotación o bien para su transformación.

Cómo hacer para emitir una factura afecta al SII

 

Para hacer una factura electrónica hay que incluir la siguiente información en el documento

  • Nombre y datos del emisor de la factura.
  • Detalle de mercadería vendida.
  • Precio unitario de la mercadería vendida.
  • Valor total cancelable de la venta.
  • Indicación del plazo y forma de pago del precio, sea efectivo, crédito u otros.

 

La importancia de este tipo de documento en Chile

 

Las facturas son importantes porque registran los movimientos de una transacción y comprometen a las dos partes a cumplir con sus responsabilidades. El comprador debe cumplir con su responsabilidad de pagar y tiene derecho a reclamar en caso que los productos estén defectuosos o no sean recibidos. Por su contraparte, se entiende que el vendedor tiene derecho a recibir el monto de dinero por los medios de pago que se acordaron. Además, tiene la responsabilidad de entregar los productos en el momento que acordó con el comprador. Al final de cuentas, una factura no es más que un documento para respaldar que hubo una transacción entre dos partes.

Para poder realizar una factura electrónica afecta hay que considerar si el giro de la empresa está afecto a impuestos.

El artículo 12 de la Ley de Compras y Ventas explica con mayor detalle todos los movimientos y condiciones para que un bien sea gravado de IVA. El Decreto de Ley 825 Ley Sobre Impuesto a las Ventas y Servicios explica las condiciones y situaciones donde una comercialización esté afecta a impuestos.

También existen casos donde una factura es exenta y se diferencia porque es un instrumento que formaliza una transacción que no grava IVA.

 

Características y ventajas de la digitalización

 

La factura es electrónica cuando se genera el documento en formato digital. Reemplaza al documento físico y tiene un valor legal similar. Su emisión debe ser autorizada previamente por el Servicio de Impuestos Internos (SII).

Es responsabilidad del emisor en realizar el trámite de forma digital dado por la autoridad declarada por el SII. Si bien la emisión de facturas por medio electrónico exige un poco más de conocimiento computacional, existen muchas ventajas asociadas al proceso.

Las ventajas de realizar facturas electrónicas afectas incluyen que

  • En vez de ir a una oficina del SII para pedir folios de facturas en papel podemos solicitar la autorización de folios directamente por internet. Ya no es necesario marcar presencia para timbrar documentos.
  • Ahorra en costos de impresión, despacho y almacenamiento de documentos tributarios, no es necesario imprimir el talonario original con tres copias.
  • Se previene el riesgo de perder los documentos timbrados ante cualquier eventualidad, siempre están disponibles para su revisión.
  • No sólo eso, también se puede enviar las facturas por correo.

 

Registrando una factura electrónica afecta en el Sistema de Contabilidad Edig

 

El Sistema de Contabilidad Edig tiene la capacidad de hacer registros de facturas electrónicas afectas desde el módulo de Documentos Nominativos.

Es importante recordar que debe existir registros de los tipos de documentos para que sean utilizados aquí.

como crear una factura afecta con el sistema contable edig

  1. Identificar el tipo de movimiento contable. En este caso seleccionamos una venta normal.
  2. Identificar el tipo de documento. Independiente del código en el Sistema, es importante que corresponda a una Factura afecta electrónica.

 

 

Cómo emitir una factura electrónica afecta en el Sistema de Facturación Electrónica Edig

El Sistema de Facturación Electrónica Edig permite emitir facturas electrónicas que conectan con el SII. Para ello hay que realizar los siguientes pasos:

como emitir factura afecta con sistema de facturacion electronica edig

 

  1. Se selecciona al cliente que corresponda. Se puede hacer ingresando su RUT o a través del buscador de clientes.
  2. Localizar el folio de la factura afecta con el botón verde. El sistema captará el primer folio que esté disponible.
  3. Digitar toda la información de la venta. Es importante que el código corresponda a bienes y servicios que estén aceptados en el artículo 12 de la Ley sobre impuesto a las Ventas y Servicios.
  4. Acceder al cuadro de Referencias para llenar información relacionada a la factura afecta.
  5. Opcionalmente, el cuadro Preview permite visualizar la factura antes de que sea guardada.
  6. Con todo en orden, la opción Grabar permitirá emitir la factura electrónica afecta.
¿Qué es una nota de credito?

¿Qué es una nota de credito?

Las notas de crédito son documentos tributarios válidos para el SII y son emitidos por contribuyeres afectos al Impuesto al Valor Agregado, sean vendedores o prestadores de servicios.

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Nuestros Manuales Ejecutivos Tributarios explican las características de este y otros documentos según lo establecido por la ley, así como abordan distintos temas del área. Aprovecha de conocer y adquirir una copia en formato físico o digital.

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Las notas de crédito tienen por finalidad

Registrar un descuento o bonificación de una factura emitida.
Registrar una devolución de mercadería o resciliación de contrato.
Corregir errores en la emisión de la factura.
Corregir errores en los montos declarados en la factura.

Por ejemplo: cuando un vendedor emite una factura a un cliente y se detecta con posterioridad a la emisión un error, donde el valor de la factura es mayor a lo que acordaron entonces el vendedor emite una nota de crédito, corrigiendo el error en los valores.

 

Las notas de crédito son muy importantes porque anulan el efecto tributario de una factura. Sin embargo, anular el efecto tributario no hace desaparecer la factura. Esto se debe a que todos los movimientos que realice una empresa deben estar documentados a través de sus números de folios.

La factura que debe ser anulada tiene su propio número, de la misma forma que lo tiene la nota de crédito. Entonces, la factura errónea se mantiene contabilizada en vez de ser eliminada, se corrige con la nota de crédito y se crea un nuevo documento con el monto apropiado en el caso que corresponda.

De esa manera se respeta el flujo de movimientos y se mantiene claro el comportamiento de las transacciones.

 

Finalmente, señalar que no existe un plazo para emitir una nota de crédito. Sin embargo, en el caso de la emisión de una nota de crédito por devoción de mercadería o resciliación de contrato, existe un efecto si es emitida antes o después de 3 meses.

Si se emite antes de tres meses, contados desde la emisión de la factura, podrá rebajarse la nota de crédito del IVA debito fiscal.
Si se emite después de tres meses, contados desde la emisión de la factura, no podrá rebajarse la nota de crédito del IVA débito, teniendo este caso dos opciones.

1.- Dejarlo como IVA irrecuperable, siendo gasto necesario para producir la renta.

2.- Solicitar su devolución mediante petición administrativa. (Formulario n° 2117)

 

 

Registrando una nota de crédito en el Sistema de Contabilidad Edig

 

El Sistema de Contabilidad Edig es capaz de crear notas de crédito desde el módulo de Documentos Nominativos. Es importante recordar que debe existir registros de los tipos de documentos para que sean utilizados aquí.

como crear una nota de credito en Sistema Contable Edig

  1. Identificar el tipo de movimiento contable. En este caso seleccionamos una venta normal.
  2. Identificar el tipo de documento. Independiente del código en el Sistema, es importante que corresponda a una Nota de Crédito.
  3. El Sistema presentará una pestaña llamada “Asociación de Documentos”. En ella se permite seleccionar la factura la cual va a ser reducida o anulada.
  4. Se ingresa el tipo de documento, el número de documento de la factura (por ejemplo, si se va a anular la factura N° 1 entonces se escoge el documento N° 1) y el monto a regularizar.
  5. Se hace click en el botón “Agregar” o bien se presiona la tecla “Enter”.

 

Registrando una nota de crédito en el Sistema de Facturación Electrónica Edig

Por su parte, el Sistema de Facturación Electrónica es capaz de generar notas de crédito para aquellas facturas afectas y facturas exentas que ya hayan sido generadas con anterioridad.

como crear una nota de credito en Sistema Facturacion Electronica Edig

  1. Se selecciona al cliente que corresponda. Se puede hacer ingresando su RUT o a través del buscador de clientes.
  2. Se selecciona la factura que debe ser anulada.
  3. Se localiza el folio de la factura exenta con el botón verde. También se puede buscar el folio de la factura con la opción “Buscar”.
  4. Se digita toda la información de la factura.
  5. Se accede al cuadro de Referencias para llenar información relacionada a la factura.
  6. Opcionalmente, el cuadro Tributario permite visualizar la factura antes de que sea guardada.
  7. Con todo en orden, la opción Grabar generará la nota de crédito.

 

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