Contrato colectivo en Chile ¡Despeja tus dudas!

Contrato colectivo en Chile ¡Despeja tus dudas!

El contrato colectivo es un acuerdo, a veces muy necesario, para las empresas que necesitan incorporar más trabajadores por un periodo determinado. En el siguiente artículo te contamos sobre sus conceptos y dudas generales para que entiendas de qué se trata.

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¿Qué es un instrumento colectivo?

 

Es la convención celebrada entre empleadores y trabajadores con el objeto de establecer condiciones comunes de trabajo y remuneraciones u otros beneficios en especie o en dinero, por un tiempo determinado.

Los instrumentos colectivos deberán constar por escrito y registrarse en la Inspección del Trabajo dentro de los cinco días siguientes a su suscripción.

¿Qué debe tener un instrumento colectivo?

 

Todo instrumento colectivo deberá contener, a lo menos, las siguientes menciones:

  1. . La determinación precisa de las partes a quienes afecte.
  2. Las normas sobre remuneraciones, beneficios, condiciones de trabajo y demás estipulaciones que se hayan acordado, especificándolas detalladamente.
  3. El período de vigencia.
  4. El acuerdo de extensión de beneficios a trabajadores no sindicalizados o la referencia de no haberse alcanzado el acuerdo de incluirlos.

También podrá contener la constitución de una comisión bipartita para la implementación y seguimiento del cumplimiento del instrumento colectivo o mecanismos de resolución de las controversias.

¿Qué es el contrato colectivo?

 

El contrato colectivo es el acto en el que uno o más empleadores, con una o más organizaciones sindicales o con trabajadores que disponen de negociar de forma colectiva, acuerdan términos que beneficiarán a los trabajadores dependientes que se adhieran a los términos laborales y remuneracionales por un periodo.

¿Qué pasa con los contratos individuales cuando se firma en contrato colectivo?

 

Las estipulaciones de un contrato individual de trabajo no podrán significar disminución de las remuneraciones, beneficios y derechos que correspondan al trabajador por aplicación del instrumento colectivo por el que esté regido.

¿Pueden dos o más empresas ser considerada un solo empleador?

 

Dos o más empresas deben ser consideradas como un solo empleador para efectos de la negociación colectiva, cuando tengan una dirección laboral común, y concurran a su respecto condiciones tales como la similitud o necesaria complementariedad de los productos o servicios que elaboren o presten, o la existencia entre ellas de un controlador común.

La mera circunstancia de participación en la propiedad de las empresas no configura por sí sola alguno de los elementos o condiciones señalados.

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¿Se puede tener más de un contrato colectivo?

 

El Código del Trabajo en su artículo 307 indica que ningún trabajador podrá estar afecto a más de un contrato colectivo de trabajo celebrado con el mismo empleador de conformidad a las normas del CT.

¿Cuál es su duración?

 

Tanto los contratos colectivos, acuerdos de grupo negociador y los fallos arbitrales tienen una duración que no puede ser menor a 2 años ni mayor a 3. En cuanto a la vigencia de estos contratos, se debe contabilizar desde el día siguiente al de la fecha de vencimiento.

Si no existe un instrumento colectivo anterior, la vigencia se debe contar desde el día siguiente al de la suscripción.

¿Qué debe contener el contrato?

 

Para el proyecto de un contrato colectivo se debe indicar al menos las siguientes indicaciones:

  • Cláusulas,
  • Vigencia ofrecida,
  • Comisión negociadora sindical, domicilio físico y electrónico (De el o los sindicatos),
  • Nómina de los trabajadores afiliados.

 

Cabe mencionar que de acuerdo a lo que indica la DT, el sindicato podrá dar explicaciones de los fundamentos de la propuesta de contrato y también podrá acompañar los antecedentes que sustenten su presentación.

¿El contrato colectivo puede ser modificado por el empleador?

 

Según el inciso 3° del artículo 5° del Código del Trabajo este contrato se puede modificar libremente en las materias que se convengan, siempre y cuando sea de acuerdo mutuo. Esto es aplicable legalmente para aquellos que concurrieron con su voluntad a la suscripción del instrumento colectivo, es decir, el directorio sindical y el empleador.

Dentro de las modificaciones no se pueden disminuir las remuneraciones, beneficios y derechos que correspondan al trabajador.

Trabajos pesados en Chile ¿De qué se tratan?

Trabajos pesados en Chile ¿De qué se tratan?

En Chile existen trabajos que conllevan más esfuerzo laboral y físico, y a estas actividades se les conoce como «trabajos pesados». Estos servicios se encuentran regulados en la Ley N° 19.404 y aquí te contamos sus aspectos generales.

¿A qué se refiere el concepto de “trabajos pesados”?

 

De acuerdo a la Ley N° 19.404, los trabajos pesados son aquellas actividades que incrementan el deterioro físico, intelectual y/o psíquico, arrastrando como consecuencia un envejecimiento adelantado o precoz, aun cuando no generen una enfermedad laboral.

¿Cuáles actividades se consideran como trabajo pesado?

 

De acuerdo a la Comisión Ergonómica Nacional (CEN) que determina la calificación de trabajos pesados, se pueden determinar por lo siguiente:

  • Aquellos que se producen un desgaste por el esfuerzo físico en exceso
  • Los que se realizan a temperaturas extremas: Altas o bajas
  • Los que se realizan en horario nocturno
  • Labores subterráneas o marítimas
  • Aquellas que desarrollan a temperaturas superiores a 4 mil metros

¿Qué permiten los trabajos pesados?

 

Realizar este tipo de trabajos que involucran un mayor desgaste permiten que el trabajador obtenga una rebaja en la edad de jubilación por vejez (En el caso de afiliados al antiguo sistema previsional) o el cobro anticipado del Bono de Reconocimiento que cumple el mismo objetivo, para afiliados al sistema de pensiones D.L. 3500, 1980.

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¿Cuántos años se puede adelantar una jubilación por trabajos pesados?

 

De acuerdo a la Superintendencia de Pensiones, el trabajador que se encuentre afiliado a una AFP y que cumpla con los requisitos podrá acceder a una pensión de vejez anticipada de:

Dos años

por cada 5 años en que hayan efectuado la cotización del 2%, con un máximo de 10 años de rebaja.

Un año

Por cada 5 años en que hayan efectuado la cotización del 1%, con un máximo de 5 años de rebaja.

 

Para aquellos trabajadores afiliados al antiguo sistema previsional (ISP) la rebaja es de:

Un año

Por cada 5 años en que se haya realizado trabajos pesados, con un tope de 5 años de rebaja.

Dos años

Por cada 5 años en que se haya realizado trabajos pesados en minas o fundiciones, con un tope de 10 años.

Certificación de trabajos pesados ¿Para qué sirve?

 

La certificación está dirigida hacia los trabajadores dependientes, permitiendo que puedan presentar un documento ante la DT (Institución que actúa como ministro de fe) para demostrar que efectivamente realizan estos trabajos. Esta certificación se debe realizar solo ante los siguientes casos:

  • Cuando no es posible contar con el certificado del empleador que describa las actividades laborales realizadas.
  • Cuando el trabajador se desempeña de forma independiente.

 

 

Aprende rápido sobre el cálculo de horas extras

Aprende rápido sobre el cálculo de horas extras

A veces tanto los empleadores como los trabajadores necesitan de las horas extras para poder cumplir con las labores de la organización. Si bien este trabajo constituye remuneración, la ley chilena es muy clara al momento de establecer los límites en el horario extendido. ¿Sabías que de no cumplirlas te puedes exponer a grandes multas? Sigue leyendo para aprender sobre las horas extras y su cálculo.

¿Qué son las horas extras?

 

Se entiende por horas extras las laboradas por sobre la jornada de trabajo semanal pactada, esto es, las que el trabajador labora en exceso del convenido como jornada ordinaria semanal. Estas son voluntarias y su realización se condiciona de acuerdo a los siguientes requisitos:

  • Solo se pueden pactar para atender necesidades o situaciones temporales de la empresa;
  • Los pactos deben constar por escrito; sin embargo, serán horas extras todas las horas que superen la jornada pactada, aun cuando no exista pacto por escrito;
  • Pueden tener una vigencia transitoria no superior a tres meses, pudiendo renovarse en la medida que persistan las necesidades o situaciones temporales en la empresa;
  • Pueden realizarse siempre que no sean perjudiciales para la salud del trabajador según la naturaleza de las faenas;

¿Quién tiene derecho a que se le paguen horas extras?

 

Tiene derecho al pago de horas extras todos los trabajadores que se encuentren con contrato de trabajo vigente y que hayan laburado horas adicionales a la jornada ordinaria de trabajo.

¿Qué formalidades debe cumplir las horas extraordinarias?

 

El artículo 32 del Código del Trabajo dispone que las horas extraordinarias sólo podrán pactarse para atender necesidades o situaciones temporales de la empresa. Dichos pactos deberán constar por escrito y tener una vigencia transitoria no superior a tres meses, pudiendo renovarse por acuerdo de las partes.

No obstante la falta de pacto escrito, se considerarán extraordinarias las que se trabajen en exceso de la jornada pactada, con conocimiento del empleador.

¿Existen límites de horas extras a pactar?

 

Sólo se pueden realizar hasta 2 horas extras por día, todo pacto entre trabajador y empleador de horas extras no podrá superar este límite que se encuentra establecido en el artículo 31 del Código del Trabajo.

¿Cómo es el cálculo de las horas extras?

 

Las horas extras deben pagarse con un recargo del 50% sobre el sueldo convenido para la jornada ordinaria de trabajo, liquidarse y pagarse conjuntamente con las remuneraciones ordinarias del respectivo período.

En el caso de los trabajadores que no tienen convenido un sueldo, circunstancia que acontece cuando el trabajador está remunerado sobre la base de tratos, comisiones, primas u otra remuneración variable, la hora extraordinaria se calcula sobre el valor del Ingreso Mínimo Mensual.

 

¿Constituyen remuneración las horas extras?

 

Según el artículo 42 letra b del Código del Trabajo, constituyen remuneración el sobresueldo, que consiste en la remuneración de horas extraordinarias de trabajo. Por tanto, la remuneración adicional por concepto de horas extras se considerará en la base para efectos del cálculo de las cotizaciones previsionales y de los impuestos del trabajador.

¿Qué sucede si no pago las horas extras?

 

Asociado al no pago de horas extras, podemos mencionar las siguientes sanciones:

  • El hecho de no pagar horas extras, teniendo derecho el trabajador, la multa va desde 3 a 60 UTM.
  • Al no contar con un pacto escrito entre trabajador y empleado para laborar horas extras la multa va de 3 a 60 Unidades Tributaria Mensuales (UTM).
  • Como las horas extras constituyen remuneración, se encuentran afectas al pago de cotizaciones previsionales, por tanto al momento de no pagar horas extraordinarias queda expuesto a la sanción por no pago de cotizaciones previsionales correspondientes a la jornada extraordinaria no pagada, ésta sanción va de 3 a 60 Unidades de Fomento (UF).

Ejemplo de cálculo de horas extras en Chile

 

 

Paso 1: Calcula el valor de la hora ordinaria

 

  • Fórmula hora ordinaria = Sueldo mensual / 30 días * (7/45)
  • Ejemplo= $500.000/30 * (7/45)
  • Resultado = $2.593 cada hora ordinaria.

 

Paso 3: Calcula el valor total de las horas extras

 

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