Gratificación legal en Chile y sus ejes principales

Gratificación legal en Chile y sus ejes principales

¿Sabías que la gratificación legal se incluye como pago en las remuneraciones? Este concepto tiende a ser confuso debido a que muchas veces se relaciona con el aguinaldo y su principal diferencia es que la gratificación legal es una obligación, mientras que el otro no. Sigue leyendo para aprender más sobre este beneficio.

¿Qué es la gratificación legal?

 

Existen algunas definiciones y conceptos indicados por el gobierno y por el Código del Trabajo que debes considerar para entender la gratificación.

El concepto legal indica que:

«La gratificación es un tipo de remuneración que corresponde a la parte de las utilidades con que el empleador beneficia el sueldo del trabajador.

En efecto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 del Código del Trabajo, los empleadores que obtienen utilidades líquidas en su giro tienen la obligación de gratificar anualmente a sus trabajadores, sea por la modalidad del señalado artículo 47, es decir, en proporción no inferior al 30% de dichas utilidades o por la vía del artículo 50, esto es, pagando al trabajador el 25% de lo devengado en el respectivo ejercicio comercial por concepto de remuneraciones mensuales con un límite de 4,75 ingresos mínimos mensuales.»

Por otro lado, el Código del Trabajo en su artículo 42 letra e) señala lo siguiente:

«Gratificación, que corresponde a la parte de utilidades con que el empleador beneficia el sueldo
del trabajador.»

Complementario a estas definiciones y en términos más simples, las gratificaciones legales son de carácter obligatorio para el empleador y son una forma de reconocer las labores de los trabajadores a través de este beneficio que se puede observar en la remuneración.

¿Cómo se obtiene?

 

Al ser obligatoria, la gratificación se entrega anualmente cuando el empleador tiene utilidades líquidas en su giro. Su pago debe efectuarse en forma proporcional al 30% de la utilidad líquida del empleador, o bien, con un pago del 25% de lo devengado de la remuneración mensual con tope de 4,75 Ingresos Mínimos Mensuales (IMM).

¿Cuáles son sus principales características?

 

De acuerdo a lo que indica el gobierno, existen dos características de las gratificaciones legales que son básicas y son:

Beneficio anual

Por su característica anual, el empleador debe pagarla (a más tardar) en abril del año comercial siguiente.

Condición suspensiva

La gratificación legal se encuentra sujeta a una condición suspensiva, es decir, a la eventualidad de que la empresa obtenga utilidades en el ejercicio comercial respectivo.

¿Quién tiene la obligación de entregar la gratificación legal?

 

Esta obligación rige para las empresas o establecimientos que cumplen con ciertas características como:

  • Ser establecimiento minero, industrial, comercial o agrícola, empresa y cualesquiera otros, o cooperativa.
  • Perseguir fines lucrativos
  • Contar con libros de contabilidad de forma obligatoria
  • Tener excedentes o utilidades líquidas en el giro

¿Cuántos tipos de gratificaciones existen?

 

Existen dos tipos de gratificaciones. Por un lado está la gratificación legal y por otro la gratificación convencional. A continuación te contamos en qué consiste cada una:

 

Gratificación legal

 

Este tipo de beneficio se aplica cuando las partes no han convenido un tipo de gratificación. En el caso de haberlo pactado, el monto debe ser inferior a la cantidad por pagar en la gratificación.

 

Gratificación convencional

 

Esta se indica en los contratos individuales o colectivos de trabajo y aquí se especifica la forma del pago, cantidad o monto y otras condiciones que estén relacionadas. Para ello existen dos tipos de gratificaciones convencionales que son las garantizadas y no garantizadas.

 

¿En qué consiste la gratificación garantizada?

La Dirección del Trabajo indica que este beneficio debe ser pactado entre el empleador y el trabajador, y se debe exigir aun cuando la empresa o establecimiento no haya obtenido utilidades líquidas. En este caso el empleador está obligado a entregarla con prescindencia si se obtuvo utilidades.

 

¿En qué consiste la gratificación no garantizada?

Este tipo de gratificación está sujeto a que la empresa o establecimiento cuente con utilidades en el ejercicio comercial.

Subsidio al empleo en Chile: ¿Cuántos hay?

Subsidio al empleo en Chile: ¿Cuántos hay?

El subsidio al empleo en Chile se creó con el fin de poder entregar una ayuda monetaria a los trabajadores que fueron cesantes y que han conseguido un nuevo empleo para así fomentar las contrataciones. ¿Cuántos existen actualmente en Chile? Te lo contamos a continuación. 

Subsidio al empleo: IFE Laboral Apoya

 

El «IFE Laboral Apoya» consiste en un incentivo para que los trabajadores que fueron previamente cesantes se puedan emplear formalmente a través de un un subsidio por el nuevo vínculo laboral que se forma. En ese sentido, el trabajador puede recibir un beneficio monetario, siempre y cuando su remuneración bruta mensual no supere los tres Ingresos Mínimos Mensuales (IMM).

¿En qué consisten los cambios del IFE Laboral Apoya?

 

De acuerdo a los cambios planteados por el gobierno, este IFE extiende la postulación de su beneficio hasta septiembre de 2022. Sobre esta oportunidad se debe indicar lo siguiente:

  • Aquellos trabajadores que permanezcan empleados y que postulen hasta el 31 de julio de 2022, podrán recibir hasta 3 meses de pago.
  • Aquellos trabajadores que permanezcan empleados y que postulen entre agosto y septiembre de 2022, podrán recibir hasta 2 y 1 meses de pago.
Nuevo Contrato de Trabajo Postulación Fecha de Pago Máximo de pagos a recibir
1 abril al 31 mayo 2022 Durante mayo A partir del 7 de julio 2022 Hasta 3
1 mayo al 30 junio 2022 Durante junio A partir del 5 de agosto 2022 Hasta 3
1 al 31 julio 2022 Durante julio A partir del 7 de septiembre 2022 Hasta 3
1 julio al 31 agosto 2022 Durante agosto A partir del 7 de octubre 2022 Hasta 2
1 agosto al 30 septiembre 2022 Durante septiembre A partir del 7 de noviembre 2022 Hasta 1

(Fuente Gobierno de Chile)

¿Se debe cumplir algún requisito para acceder a este subsidio al empleo?

 

Para poder acceder al beneficio el trabajador debe cumplir algunos requisitos como:

 

1. Contar con un nuevo contrato de trabajo durante la postulación: En este caso el SENCE revisará que no registre cotizaciones de pensión y/o salud en los 3 meses previos por el mismo empleador por el que postula a este beneficio.

2. Tener una remuneración mensual bruta imponible menor o igual a 3 Ingresos Mínimos Mensuales ($1.200.000)

3. Haber estado cesante durante todo el mes anterior al inicio del nuevo contrato de trabajo. Para esto, SENCE revisará que no registre cotizaciones de pensión y/o salud por cualquier empleador el mes anterior al inicio de su nuevo contrato.

Montos del subsidio

Hombres Periodos de remuneración  50% de su Remuneración Bruta Mensual imponible
Mayores de 24 y menores de 55 años Hasta junio de 2022 Tope de $200.000 mensuales.
Hombres Periodos de remuneración  25% de su Remuneración Bruta Mensual imponible
Mayores de 24 y menores de 55 años De julio a septiembre de 2022 Tope de $100.000 mensuales.
Mujeres Hombres

 

Personas con discapacidad certificada y asignatarios de pensión de invalidez

Periodos de remuneración  60% de su Remuneración Bruta Mensual imponible
Jóvenes entre 18 y 24 años Mayores de 55 años   Hasta junio 2022 Tope de $250.000 mensuales.
Mujeres Hombres

 

Personas con discapacidad certificada y asignatarios de pensión de invalidez

Periodos de remuneración  60% de su Remuneración Bruta Mensual imponible
Jóvenes entre 18 y 24 años Mayores de 55 años   Desde julio a septiembre 2022 Tope de $300.000 mensuales.

¿Quiénes no pueden acceder?

 

Cesantes

Licencia médica

Beneficios

 

Subsidio al empleo: Línea Protege Apoya

 

Este es un subsidio de $200.000 que se entrega directamente a las trabajadoras beneficiarias por cada niño o niña menor de 2 años.

Desde el primero de mayo las madres dependientes e independientes al cuidado de un niño mayor de 2 años, pero menor a 5 años, también podrán postular a este subsidio.

¿A quiénes va dirigido?

 

El subsidio al empleo «Línea Protege Apoya» está dirigida a madres trabajadoras, dependientes o independientes, que tengan el cuidado de un niño o niña menor de 2 años, y que no tengan garantizado el derecho a sala cuna por parte de su empleador.

¿Cuáles son los pagos?

Pagos recibidos en la línea de 0 a 2 años Máximo de pagos a recibir en la línea de 2 a 5 años
6 pagos (postulaciones desde el 1 de febrero al 15 de septiembre) 0 pagos
5 pagos (postulaciones desde el 1 de febrero al 15 de septiembre) 1 pagos
4 pagos (postulaciones desde el 1 de febrero al 15 de septiembre) 2 pagos
3 pagos 3 pagos
2 pagos 3 pagos
1 pago 3 pagos

(Fuente Gobierno de Chile)

¿Se debe cumplir algún requisito para acceder a este subsidio al empleo?

 

 

Para poder acceder al beneficio se deben cumplir algunos requisitos como:

  • Ser madre trabajadora, dependiente o independiente, que tengan a su cargo el cuidado de un niño o niña menor de dos años. Alternativamente, el padre trabajador, dependiente o independiente, que tenga el cuidado personal de manera exclusiva, o aquél que se le haya otorgado el cuidado personal de un niño o niña menor de dos años.
  • Que la madre trabajadora, dependiente o independiente, esté trabajando ya sea de forma presencial o en modalidad de teletrabajo, a distancia o mixta.

 

Cumplimiento del mínimo de cotizaciones:

Trabajadoras dependientes

Tener 4 cotizaciones de seguridad social registradas en los últimos 12 meses previos a la postulación, siendo una de estas 4 cotizaciones del mes previo a la postulación. Ejemplo: Si usted postula en diciembre 2021, debe tener registrada la cotización de la remuneración de noviembre 2021 y al menos otras 3 cotizaciones entre diciembre 2020 y octubre 2021.Se entenderá como cotización registrada, el cumplimiento de una de las siguientes condiciones: (1) que se encuentren declaradas y pagadas las cotizaciones de AFP o salud; o (2) que las cotizaciones de AFP y Salud del trabajador postulante se encuentran declaradas y no pagadas en las respectivas instituciones previsionales.

Trabajadoras independientes

Haber cotizado como independiente en la última operación renta (2021) con aporte de cotizaciones total o parcial, o bien, cumplir con cuatro cotizaciones (salud y AFP) en los últimos 12 meses, con el último mes cotizado previo a la postulación. En este último caso, las cotizaciones (de independientes) deben ser auto cotizadas, es decir, que el rut del pagador sea el del postulante.

A contar del primero de mayo, las madres dependientes e independientes que tengan al cuidado de un niño o niña mayor o igual a 2 años, pero menor a 5 años, también podrán postular a este subsidio.

Montos del subsidio

 

  • Se entregará un subsidio de $200.000 mensuales por cada niño o niña menor de 5 años que la trabajadora beneficiaria tenga a su cuidado, siempre y cuando cumpla con los requisitos.
  • El beneficio se entrega por un plazo de hasta 3 meses.

¿Quiénes no pueden acceder al subsidio al empleo?

 

Licencias

Menores de dos años

Sector público

 

Tipos de Subsidio al Empleo: Regresa y Contrata

existen dos tipos de subsidio al empleo principales

 

Subsidio al empleo: Regresa

 

Este es un beneficio que se entrega al empleador por cada trabajador que estuvo con su contrato suspendido por Ley de Protección al Empleo y es reincorporado al trabajo.

Montos del subsidio

Hombres entre 24 y 55 años Mujeres, jóvenes mayores de 18 y menores de 24, hombres mayores de 55 años, personas con discapacidad y pensionados por invalidez
$160.000 mensuales $200.000 mensuales.
(Fuente Gobierno de Chile)
 
Importante: Este beneficio se entrega hasta el mes de remuneraciones de diciembre 2021.

Subsidio al empleo: Contrata

 

Es un beneficio que se entrega al empleador para incentivar la contratación de nuevos trabajadores, y su mantención en sus empleos.

Montos del subsidio al empleo

Hombres entre 24 y 55 años Mujeres, jóvenes mayores de 18 y menores de 24, hombres mayores de 55 años, personas con discapacidad y pensionados por invalidez
50% de la remuneración bruta mensual, con un tope de $250.000. 65% de la remuneración bruta mensual, con un tope de $290.000.
(Fuente Gobierno de Chile)
 
Importante: Este beneficio se entrega hasta el mes de remuneraciones de diciembre 2021.
¿Qué es el autocontrato?

¿Qué es el autocontrato?

¿Sabías que el autocontrato está vigente desde 1976? Este tipo de contratación se encuentra en el artículo 31 N° 6 de la Ley de Impuesto a la Renta, donde se establece el sueldo empresarial. Sin embargo, hace algunos años la Ley N° 21.210 que moderniza la Legislación Tributaria cambió algunos requisitos para acogerse. A continuación te contamos todo lo que debes saber sobre este tipo de contrato de trabajo.

¿Qué dice la Dirección del Trabajo sobre el autocontrato?

 

Debes saber que el autocontrato en Chile no está regulado y en ese sentido, es normal que no encuentres mucha información relacionada a este tipo de contratación. De acuerdo a las tres definiciones que establece el Código del Trabajo en su artículo 3, 7 y 8, se defiende el hecho de que no es posible lograr una autocontratación bajo la legislación laboral.

 

Artículo 3 letra b):

«Trabajador: toda persona natural que preste servicios personales intelectuales o materiales,
bajo dependencia o subordinación, y en virtud de un contrato de trabajo…»

 

Artículo 7:

«Contrato individual de trabajo es una convención por la cual el empleador y el trabajador
se obligan recíprocamente, éste a prestar servicios personales bajo dependencia y subordinación del
primero, y aquél a pagar por estos servicios una remuneración determinada.»

 

Artículo 8 inciso 1:

«Toda prestación de servicios en los términos señalados en el artículo anterior, hace presumir la existencia de un contrato de trabajo».

 

¿Qué dice la Ley N° 21.210 sobre el autocontrato?

 

La Ley N° 21.210, que moderniza la Legislación Tributaria, señala la forma en que los dueños de las empresas puedan contratarse a sí mismos, optando a lo que se denomina sueldo empresarial. Después de 2020 esta misma ley modificó algunos requisitos del sueldo empresarial para que fuesen deducibles como gastos.

En ese sentido y de acuerdo a la ley señalada, los dueños de negocios o empresas que ejercen sus labores de manera real y efectiva sí pueden acogerse al beneficio tributario del sueldo empresarial, permitiéndoles un autocontrato desde su misma empresa.

Para poder obtener este tipo de contratación primero se deben considerar algunos aspectos formales que a continuación te explicamos.

Requisitos que se deben cumplir para este tipo de contrato

 

Como te mencionamos anteriormente, existen ciertas formalidades y requisitos para poder obtener un sueldo empresarial. En primer lugar, el contrato de trabajo debe cumplir con ciertas indicaciones tales como:

  • Individualización de la empresa
  • Funciones del contratado (dueño) y cargo
  • Remuneración efectiva
  • Vigencia del contrato
  • Jornada laboral

Importante: Este documento debe contener la firma del dueño como representante de la empresa y como persona natural.

Además de lo anterior se debe cumplir con la efectividad de las cotizaciones, es decir, las remuneraciones deberán estar afectas al pago de cotizaciones de salud en la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP).

Limitaciones por estar bajo autocontrato

 

Existen algunas limitancias respecto del autocontrato y que debes tener en consideración si es que estás pensando en optar al sueldo empresarial:

Asignaciones, aguinaldos, otros

Este tipo de contrato no incluye el pago que son parte de una relación laboral de subordinación y dependencia como las asignaciones, aguinaldos, entre otros.

Distinción de porcentajes

Al no haber distinción de acuerdo a los porcentajes de participación en las sociedades, se puede tratar de un único accionista, o uno mayoritario o minoritario.

SPA o SA

Aquellos dueños mayoritarios con facultades administrativas y que cuentan con Spa o SA, no podrán considerarse como trabajadores dependientes.

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