La importancia de una boleta de honorarios, ¿cómo funciona?
La boleta de honorarios es el documento que registra los ingresos que clasifican en la segunda categoría de la Ley de la Renta. Son usualmente emitidos por contribuyentes que realizan servicios para otros profesionales, Sociedades de Profesionales, personas que desarrollan ocupaciones lucrativas y otros. En este artículo explicamos sus características principales y la utilidad de emitir este tipo de documento.
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¿Qué es una Boleta de Honorarios?
Es un documento que emite un contribuyente al momento de iniciar actividades de segunda categoría como profesionales, sociedad de profesionales y personas que desarrollen ocupaciones lucrativas en Chile, debido a que en estos casos están en la obligación de otorgar boletas de honorarios por los servicios que generen por su actividad. Este documento cumple con el fin de respaldar los pagos servicios esporádicos del profesional independiente.
¿Quiénes se encuentran obligados a emitir Boletas de Honorarios?
Las personas obligadas a emitir boletas de honorarios son los contribuyentes que desempeñan cualquiera profesión u ocupación lucrativa en forma independiente, por los ingresos que perciban y que estén comprendidos en el artículo 42, N° 2, de la Ley sobre Impuesto a la Renta y profesionales, técnicos profesionales no universitarios descritos en la resolución N° 1414 del año 1978.
¿Cuándo se debe realizar una boleta de honorarios?
La boleta se debe emitir cuando se percibe el honorario o la remuneración respectiva, entendiéndose que tal situación ocurre cuando la renta ha ingresado, materialmente, al patrimonio del contribuyente, sin que importe si ella se ha devengado o no al momento de su percepción.
La percepción de una renta se produce por cualquiera de las siguientes circunstancias:
- Pago efectivo: Este concepto también alcanza a aquellos casos en que la obligación se extingue por algunas de las formas alternativas al «pago efectivo», establecidas en el Código Civil, como son la compensación, confusión, etc.
- Abono en cuenta: Esto es, cuando en la contabilidad del deudor la renta se abona en la cuenta corriente del acreedor o beneficiario de ella.
- Puesta a disposición del interesado: Esto es, cuando el deudor está en condiciones de pagar la renta y así se lo da a conocer a su beneficiario, informándole que la renta está a su disposición o depositada en su cuenta corriente en algún banco o entidad financiera, o bien le pide instrucciones sobre qué hacer con ella.
¿Cuáles son los requisitos que deben reunir las Boletas de Honorarios?
Los requisitos que deben reunir las Boletas de Honorarios son los siguientes:
- Numeración correlativa.
- Contener la siguiente información del contribuyente emisor: nombre completo, número de Rut, dirección (calle, Nº, casilla, teléfono y comuna) y profesión o actividad.
- Señalar la fecha de emisión.
- Contener la siguiente información del cliente: nombre completo; número de Rut, dirección (calle, Nº y comuna) y actividad.
- Indicar la naturaleza y monto del honorario, dejando constancia, cuando proceda, de la retención del Impuesto a la Renta.
Retenciones de las Boletas de Honorarios
Las rentas por concepto de honorarios originan una retención de impuesto; vale decir, el porcentaje de los honorarios que se pactan con este tipo de contribuyentes debe ser retenido por quien paga la renta. Las instituciones que están obligadas a cumplir tal retención son las entidades fiscales y semifiscales de administración autónoma, municipalidades, personas jurídicas en general o que obtengan rentas de la primera categoría y que estén obligadas a llevar contabilidad.
Este porcentaje de honorarios retenido como impuesto debe ser declarado y pagado al fisco dentro de los primeros 20 días del mes siguiente al de la retención, a través del Formulario 29 de Declaración Mensual y Pago Simultáneo.
También pagan honorarios las personas que no están obligadas a retener el porcentaje de los honorarios. En esta situación, el profesional percibe el monto total por la emisión de la boleta de honorarios, debiendo declarar este porcentaje como Pago Provisional Mensual.
Aumento en la tasa de retención en las Boletas de Honorarios
A contar del año tributario 2019, por las rentas obtenidas durante el año comercial 2018, el pago de las cotizaciones es anual y se realiza en la Declaración de Renta, con cargo a la devolución de impuestos. Para efectos de ayudar a cubrir el pago de las cotizaciones la ley estableció un aumento gradual y anual de las retenciones a las Boletas de Honorarios hasta llegar a 17% en 2028.
La determinación de la tasa provisional de retención de una Boleta de Honorarios Electrónica será función de la tasa vigente en el año comercial respectivo, la que aumenta en 0,75% por año, a partir del año 2020, hasta llegar a 17% en el año 2028. Las tasas quedaran de la siguiente forma:
Año | Porcentaje de retención |
2020 | 10,75% |
2021 | 11,5% |
2022 | 12,25% |
2023 | 13% |
2024 | 13,75% |
2025 | 14,5% |
2026 | 15,25% |
2027 | 16% |
2028 | 17% |
¿Cómo se realiza una boleta de honorarios?
La emisión de una boleta de honorarios se realiza a través del sitio web del Servicio de Impuestos Internos bajo la sección de ‘Boletas de Honorarios Electrónicas‘.
En el caso que un cliente sea una empresa y no una persona natural:
La normativa vigente establece que las personas jurídicas en general, que paguen honorarios, están obligadas a retener y deducir del monto de las rentas pagadas el impuesto con tasa provisional de un 17% (artículos 42 y 74 de la Ley de la Renta). No obstante, esa tasa solo se alcanzará el año 2028, según el aumento gradual dispuesto en el artículo quinto transitorio de la Ley 21.133.
Debido a esto, y si la boleta de honorarios electrónica que desea emitir se encuentra en esta situación, la retención respectiva debe ser realizada por el receptor de la boleta, por lo que se sugiere cambiar la opción de retención seleccionada.
Cómo calcular el monto liquido de mi boleta de honorarios para el año 2025
Como aclaramos anteriormente la tasa de retención de impuesto para el año comercial 2025 será de un 14,5%. Para poder calcular nuestro monto liquido debemos realizar lo siguiente:
Monto liquido a obtener / 0,855 = Monto Bruto
Ejemplo de una boleta de honorarios
Necesitamos obtener un monto liquido de $ 1.000.000. La operación es la siguiente:
Para comprobarlo realizamos el descuento de la tasa al monto bruto:
Ret. 14,5% $ 169.590.
Monto Liquido $ 1.000.000.