Derechos y obligaciones para ir a votar en elecciones

Derechos y obligaciones para ir a votar en elecciones

La ley garantiza al menos tres horas de permiso pagado para sufragar, prohíbe que los empleadores impidan el voto y protege a quienes sean designados vocales de mesa o delegados electorales.

Los empleadores y trabajadores deben conocer las normas que regulan el derecho a voto y los permisos laborales durante los comicios.

El objetivo es facilitar la participación ciudadana y asegurar que nadie vea afectada su jornada o remuneración por ejercer su deber cívico.

Permiso laboral para votar: derecho garantizado por ley

Los trabajadores que deban prestar servicios el día de la elección tienen derecho a ausentarse de sus labores por al menos tres horas para sufragar, sin que esto implique descuento en sus remuneraciones.

Este permiso es mínimo, por lo que empleador y trabajador pueden acordar un tiempo mayor si las condiciones lo requieren.

En el caso de empresas con turnos o jornadas especiales, la ley obliga a ajustar los horarios o rotaciones para permitir el ejercicio del voto. Además, ninguna autoridad ni empleador puede exigir trabajo que impida sufragar, según lo establece el DFL 2, de 2017, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº18.700, orgánica constitucional sobre votaciones populares y escrutinios, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.

Si eres vocal de mesa o delegado electoral

Los trabajadores designados como vocales de mesa, delegados ante juntas electorales o miembros de colegios escrutadores tienen derecho a permiso laboral por todo el tiempo necesario para cumplir estas funciones.

En estos casos, el empleador no puede aplicar descuentos ni sanciones, debiendo otorgar los permisos correspondientes para el cumplimiento del deber cívico.

Ajustes de turnos y permisos durante la jornada electoral

El permiso para sufragar debe otorgarse dentro de la jornada laboral. Los empleadores pueden coordinar con sus trabajadores el momento más adecuado para ausentarse y evitar interrupciones en los procesos productivos.

En las empresas que deban funcionar el domingo electoral, se recomienda planificar con anticipación para garantizar que todos los trabajadores puedan votar o cumplir sus deberes electorales sin dificultades.

Entrevista Radio Carabineros sobre los Derechos Laborales durante elecciones

por José Miguel Martínez, Director Laboral Edig | Derechos Laborales durante elecciones

Derechos de los vocales de mesa

Quienes sean llamados a desempeñar el rol de vocal de mesa o delegado electoral cuentan con permiso por todo el tiempo necesario para cumplir su función.

La ley prohíbe expresamente que se les descuenten remuneraciones o se les apliquen medidas disciplinarias por ausentarse el día de la elección.

Sanciones para quienes impidan el derecho a sufragio

El director laboral de EDIG, José Miguel Martínez aclara que los empleadores que no otorguen el permiso mínimo legal o impidan que sus trabajadores voten podrán ser sancionados con multas entre 5 y 50 UTM.

En el caso de centros o complejos comerciales administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica (mall, strip center, etc.), el día de la elección corresponde a feriado obligatorio e irrenunciable para sus trabajadores.

Cabe recordar, que la Dirección del Trabajo realizará fiscalizaciones durante todo el proceso electoral para asegurar el cumplimiento de la normativa y recibir denuncias de eventuales infracciones.

En Edig te entregamos una serie de recomendaciones para empleadores y trabajadores:

  1. Planifica con anticipación: si trabajas el domingo electoral o tienes turno especial, informa a tu empleador que ejercerás tu derecho a voto o cumplirás función de vocal.
  2. Coordina horarios: acuerda con tu empleador el mejor momento para ausentarte y sufragar sin afectar las operaciones.
  3. Guarda evidencia: conserva el comprobante de votación o el nombramiento como vocal de mesa, útil en caso de controversia.
  4. Si eres empleador: organiza los turnos con anticipación y evita descuentos indebidos. El incumplimiento puede acarrear sanciones significativas.
  5. Coordina con los vocales: asegúrate de facilitar su participación y planificar su retorno sin afectar la continuidad del trabajo.
IVA en compras internacionales en Chile

IVA en compras internacionales en Chile

Entrada en vigencia de la eliminación de la exención del IVA de hasta $41 USD por compras internacionales

Tal como dispone la Ley N° 21.713 sobre Cumplimiento Tributario, a partir del 25 de octubre de 2025, entra en vigencia la eliminación de la exención del IVA que beneficiaba a las compras en plataformas de comercio electrónico internacionales de hasta 41 dólares.

Dicha implementación es un cambio en la tributación de este tipo de compras y según el Ejecutivo busca un equilibrio tributario entre el comercio nacional y las ventas transfronterizas, asegurando que todos los bienes paguen impuestos.

¿Qué implica la eliminación de la exención?

Anteriormente, una gran mayoría de los paquetes que ingresaban a Chile (cerca del 90% según datos del Servicio de Impuestos Internos) se encontraban bajo el umbral de los $41 USD, quedando exentos del pago de IVA e aranceles aduaneros. Con la nueva normativa, se establecen los siguientes cambios:

  • Desde el 25 de octubre, todas las compras online realizadas en el extranjero estarán afectas al pago de IVA (19%), sin importar si su valor es inferior a los $41 USD.
  • Se crea un nuevo mecanismo que exime del pago de aranceles aduaneros a las compras de bienes por hasta $500 USD, siempre y cuando sean realizadas por personas naturales de forma ocasional, quedando por tanto solo gravado con IVA.
  • Las plataformas de e-commerce internacionales que se inscriban en el sistema simplificado del Servicio de Impuestos Internos deberán retener y pagar el IVA directamente en el momento de la compra. Esto agiliza el proceso de internación en Aduanas para el consumidor final.
Plataformas inscritas
Aliexpress Its Elementary
Amazon Shopee
Shein Regina Margherita
Temu Everichgroup
Elseiver

Si la plataforma no está inscrita en el portal del Servicio de Impuestos Internos o si el valor de la compra supera los $500 USD, el IVA y los aranceles aduaneros deberán ser pagados por el comprador al momento de la importación.

Impacto para los actores intervinientes que realizan compras internacionales

Consumidores Aumento en el precio final de los productos comprados en el exterior en un 19% (IVA).
Comercio Nacional Mayor competitividad en la carga tributaria.
Plataformas Internacionales Deben inscribirse ante el SII y adaptarse para retener y pagar el IVA.

Ser un consumidor informado y estratégico para pagar el IVA por compras internacionales

  1. Priorizar plataformas inscritas: Al pagar el IVA en la misma plataforma, la tributación se considera cumplida. Como resultado, el proceso de internación será más expedito.
  2. Calcular el costo real de los productos: Antes de hacer una compra es importante comparar el valor del producto con el precio de uno similar en el comercio nacional.
AFIICH y Edig, una alianza para potenciar a los afiliados de fiscalizadores e impuestos de Chile

AFIICH y Edig, una alianza para potenciar a los afiliados de fiscalizadores e impuestos de Chile

La AFIICH, Asociación de Fiscalizadores de Chile, participa en conjunto a Edig para entregar la mejor orientación para el cumplimiento de los derechos de los asociados.

Creada en 1964 y regida por la Ley N° 19.296, es una asociación nacional sin fines de lucro que agrupa a los fiscalizadores y directivos de carrera del Servicio de Impuestos Internos (SII). Su sede se encuentra en Santiago y busca promover el bienestar, perfeccionamiento y defensa profesional de sus afiliados.

¿Qué es la Asociación de Fiscalizadores de Impuestos Internos de Chile, AFIICH?

La AFIICH, Asociación de Fiscalizadores de Impuestos Internos de Chile, es, la unión de profesionales que trabajan para defender los derechos fundamentales de los asociados, es decir, de quienes participan en esta agrupación, representando sus intereses ante la autoridad, proponiendo constantemente mejoras para la calidad de vida de los profesionales, sea en el ámbito laboral, profesional y familiar.

¿Qué es el convenio EDIG-AFIICH?

La alianza entre AFIICH y Edig potencia la misión gremial de mejorar el bienestar laboral, profesional y familiar de sus asociados, al sumar el capital intelectual y operativo de una empresa especializada en el ámbito laboral y tributaria.

Edig aporta especialistas tributarios y laborales, sistemas informáticos de contabilidad, remuneraciones y renta, además de asesorías, manuales y monografías comentadas y analizadas por expertos de cada área.

En conjunto, esta colaboración transforma la capacitación en soluciones concretas, agiliza la gestión diaria y entrega criterios confiables para la toma de decisiones, abriendo un mundo de posibilidades para los socios y haciendo mucho más fácil cumplir los objetivos de la AFIICH.

Lista de actividades realizadas entre EDIG y AFIICH

Los beneficiarios de la alianza entre AFIICH y Edig podrán participar en distintas actividades especiales que se realizan conjuntamente, entregando oportunidades para potenciar el crecimiento profesional de cada participante.

A continuación compartimos una lista de actividades realizadas. Con ello, te invitamos a participar en los próximos eventos.

Si eres un beneficiario de esta alianza recibirás la información oportuna para que te puedas inscribir o unir.

charla de la Ley Karin realizada por Edig en octubre del año 2025 para los asociados de la AFIICH

Charla Ley Karin de Edig para los asociados de la AFIICH

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