El PPM (Pagos Provisionales Mensuales) son pagos que deben efectuar los contribuyentes como una provisión contra los impuestos anuales que se determinan a fines del año en que se producen las rentas, y que corresponde pagar hasta el 30 de abril del año siguiente. Ahora bien, dicho PPM se determina a través de una tasa variable o fija dependiendo del régimen tributario al que pertenezca cada contribuyente, en el caso de la tasa variable, ésta se recalcula año a año dependiendo del resultado de la declaración anual de renta, y en el caso de las tasas fijas, éstas son determinadas por ley, por tanto, no se pueden cambiar.
Tasa de PPM variable
Los contribuyentes del régimen general semi integrado de tributación contenido en el artículo 14 letra A de la Ley sobre Impuesto a la Renta, se inician con una tasa de PPM del 1% la cual se utiliza hasta la primera declaración anual de renta del contribuyente, luego en el mes de abril de ese año debe recalcularla y aplicar la nueva tasa desde el mes de abril hasta marzo del año siguiente donde deberá nuevamente recalcular su tasa.
El cálculo de la tasa variable de PPM para el año 2023 está determinado por la siguiente fórmula:
Supongamos en primer lugar que el contribuyente tuvo tasa de PPM del 2% entre los meses de enero a marzo de 2022 y una tasa del 2,3% entre los meses de abril a diciembre de 2022, y que la suma de los PPM actualizados del año fueron 36.324.768.-
El impuesto de primera categoría para el año tributario 2023 determinado por el contribuyente fue de $45.123.405.-
Se deben en primer lugar promediar las tasas de PPM utilizadas entre los meses de enero a diciembre del año comercial 2022.
El promedio en el caso propuesto es de 2,225%
Determinación del factor de incremento:
Luego se debe determinar el porcentaje de incremento o disminución de la tasa de PPM y para ello debemos restar al impuesto de primera categoría los PPM actualizados pagados durante el año, en el caso propuesto la diferencia es $8.798.637.-
La diferencia determinada se debe dividir por el monto total de PPM actualizados pagados durante el año, en este caso la división resulta un factor de 0,242221
A este factor se le debe sumar 1, resultado un factor final de incremento equivalente a 1,242221
Determinación de la nueva tasa de PPM a aplicar entre los meses de abril a diciembre de 2023:
Ahora se debe multiplicar el promedio de las tasas de PPM calculado (2,225%) por el factor de incremento (1,242221) lo que da como resultado 2,76%
Por tanto, la nueva tasa de PPM a aplicar para el caso propuesto entre los meses de abril a diciembre de 2023 es de 2,76%
Tasa de PPM fija
Existen distintas tasas de PPM dependiendo del régimen tributario de cada contribuyente, así las tasas de PPM a aplicar este año 2023 son:
- Los contribuyentes pertenecientes al régimen Propyme general contenido en el artículo 14 letra D número 3 de la Ley sobre Impuesto a la Renta deben utilizar una tasa de PPM del 0,25% y sólo en el caso que sus ventas en el año 2022 fueran superiores a UF 50.000 la tasa a utilizar deberá ser del 0,5%.
Sin embargo, la Ley N° 21.578, rebajo la tasa de IDPC de un 25% a un 10% para los contribuyentes del régimen Propyme General, y como consecuencia de ello, disminuye la tasa de PPM a un 0,125% y 0,25% sólo en el caso que sus ventas en el año 2022 fueran superiores a UF 50.000. - Los contribuyentes pertenecientes al régimen Propyme transparente contenido en el artículo 14 letra D número 8 de la Ley sobre Impuesto a la Renta deben utilizar una tasa de PPM del 0,2% y sólo en el caso que sus ventas en el año 2022 fueran superiores a UF 50.000 la tasa a utilizar deberá ser del 0,5%.
Sin embargo, la Ley N° 21.578, rebajo la tasa de IDPC de un 25% a un 10% para los contribuyentes del régimen Propyme General, y como consecuencia de ello, disminuye la tasa de PPM a un 0,1% y 0,25% sólo en el caso que sus ventas en el año 2022 fueran superiores a UF 50.000. - Los contribuyentes que sean talleres artesanales la tasa a aplicar será del 3% y en el caso que estos talleres se dediquen a la fabricación de bienes en forma preponderante la tasa a aplicar será del 1,5%
- Los contribuyentes del régimen de renta presunta del rubro de transportes aplicar una tasa del 0,3% sobre el precio corriente en plaza de los vehículos.
- En el caso de profesionales independientes, la tasa de PPM para el año comercial 2023 es de un 13%.
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