¿Qué es el Préstamo Solidario del Estado?
El Préstamo Solidario del Estado 2021 fue creado en el contexto de la emergencia sanitaria para que los trabajadores o empresarios individuales que sufrieron una disminución superior al 10% de sus ingresos formales puedan acceder a un préstamo en Unidades de Fomento (UF).
¿Quiénes pueden acceder al Préstamo Solidario del Estado?
El Préstamo mensual del Estado está dirigido para personas naturales y empresarios individuales.
¿Cuáles son los requisitos para obtener el Préstamo Solidario del Estado?
- Tener un Ingreso Promedio Mensual 2019 mayor o igual a $298.833 (1), sin tope máximo.
- Tener una disminución de al menos un 10 % de los Ingresos Promedio Segundo Semestre de 2020 e igual periodo de 2019.
- A la fecha de publicación de la Ley no tener montos pendientes de restituir por haber obtenido indebidamente el Bono y/o Préstamo Solidario 2020.
(1) Ingreso mínimo mensual promedio 2019, al 31 de diciembre de 2019.
¿Cuántas veces se puede solicitar el Préstamo Solidario del Estado?
En el caso de aquellas personas que recibieron el Bono de Clase Media 2021, podrán solicitar este préstamo hasta dos veces en meses distintos, continuos o discontinuos.
En el caso de aquellas personas que no recibieron el Bono de Clase Media 2021, podrán solicitar este préstamo hasta tres veces.
¿Cuándo se puede solicitar el Préstamo Solidario del Estado?
Se podrá pedir desde el día 8 de cada mes, entre mayo y octubre de 2021.
Por otra parte, su monto máximo se determinará en base a la diferencia entre los ingresos promedio del segundo semestre de 2019 y 2020, con tope de $650.000 por mes.
¿Cómo se debe devolver el Préstamo Solidario del Estado?
Este préstamo podrá ser devuelto en cuatro cuotas anuales que se reajustarán de acuerdo al IPC y que serán obtenidas a través de la Declaración de Impuesto a la Renta.
La primera cuota se efectuará desde 2023 y corresponderá al 10% del monto del Préstamo Solidario recibido. En cuanto a las tres cuotas restantes, corresponderán a un 30% del mismo.
Años | Porcentaje |
2023 | 10% |
2024 | 30% |
2025 | 30% |
2026 |
30% |
¿Desde cuándo se efectúan las retenciones o pagos adicionales para el pago de las cuotas?
Para trabajadores dependientes (sueldos)
Aplicará una retención de 3% de acuerdo a sus rentas.
Para trabajadores independientes (honorarios)
Aplicará una retención adicional o se deberá realizar un PPM adicional de 3%.
Para empresarios individuales
Aumento de 3 puntos porcentuales (pp) en la tasa de Pagos Provisionales Mensuales del Impuesto de Primera Categoría que corresponda pagar.
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