El trabajo a distancia y teletrabajo ya están listos para convertirse en ley

El trabajo a distancia y teletrabajo ya están listos para convertirse en ley

Este lunes la Cámara de Diputados aprobó con una amplia mayoría el proyecto que regula el trabajo a distancia y el teletrabajo, presentado en 2018 por el Gobierno.

La medida tomó impulso de acuerdo a la emergencia global por el coronavirus, concretando la tercera etapa del trámite constitucional y logrando su despacho para convertirse en ley.

Con el plan legislativo se podrá lograr un acuerdo entre el empleador y trabajador para desarrollar los servicios profesionales fuera del establecimiento laboral, lo que no implicará una limitación de tiempo para realizar la solicitud.

 

¿Cuál es la diferencia entre el trabajo a distancia y el teletrabajo?

Como medida para diferenciar el trabajo a distancia del teletrabajo, la ley estableció las dos modalidades de conceptos que son:

Trabajo a distancia

«Aquel pacto que faculta al trabajador a prestar sus servicios total o parcialmente, desde su domicilio u otro lugar o lugares distintos a los establecimientos de la empresa».

Teletrabajo

«Cuando los servicios sean prestados mediante la utilización de medios tecnológicos, informáticos o de telecomunicaciones o bien cuando los servicios prestados deban reportarse mediante tales medios».

 

Código del Trabajo

El proyecto busca establecer que el Código del Trabajo regule esta iniciativa a través de un contrato de trabajo, o bien, de un adjunto en el documento, a fin de entregar una mayor garantía de los derechos laborales a quienes decidan trabajar bajo este formato.

En la misma línea, la nueva implementación del trabajo a distancia y el teletrabajo no significará una disminución monetaria de los ingresos del trabajador, ni tampoco influirá en los derechos actuales presentados en el Código del Trabajo.

 

Más detalles del proyecto

Por otra parte, uno de los tópicos que ha llamado la atención es el derecho a la desconexión de los trabajadores, quienes podrán contar en el día con 12 horas continuas de pausa en la jornada laboral, limitando al empleador durante ese tiempo a realizar peticiones e instrucciones.

Entre otros puntos se aclara que una vez acordado el trabajo a distancia, el empleador no podrá obligar al trabajador a utilizar herramientas de trabajo personales, quedando bajo su responsabilidad el costeo de los equipos de operación, como también la mantención.

Finalmente dentro de los cambios que planteó el Senado se encuentra la disminución del tiempo para ejercer el derecho a retracto. Antes el lapso de tiempo para la petición era de tres meses y con la aprobación de la Cámara, realizar esta solicitud tendrá un periodo de treinta días.

 

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Ministerio de Trabajo recomienda implementar el teletrabajo

Ministerio de Trabajo recomienda implementar el teletrabajo

A raíz de la pandemia de coronavirus que hasta la fecha ha afectado a 200 personas en Chile, el Ministerio de Trabajo entregó nuevas medidas para que el mercado laboral pueda combatir la emergencia.

El llamado hace relación con las empresas para que puedan implementar el teletrabajo, la flexibilidad horario y la suspensión de eventos masivos para así evitar aglomeraciones en el transporte público.

Las medidas fueron implementadas tras una discusión con la titular de la cartera, María José Zalvídarm, el subsecretario, Fernando Arab, el presidente de la Confederación de la Producción y del Comercio (CPC) y la Confederación Nacional de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.

“Hacemos un llamado a redoblar los esfuerzos para proteger a los trabajadores en sus fuentes de trabajo y buscar los mecanismos para poder disminuir las posibilidades de contagio”, enfatizó la ministra Zaldívar.

Asimismo en la instancia también se recalcó la importancia de la higiene, seguridad, pero principalmente, de buscar la flexibilidad horaria y el trabajo a distancia para evitar nuevos casos.

 

Empresas que no pueden decretar el teletrabajo

Considerando a las empresas que prestan servicios de carácter presencial, el Ministerio de Trabajo determinó la obligación de respetar las licencias médicas de aquellos trabajadores contagiados con el Covid-19 y contar con protocolos de higiene robustos, como dispensadores de alcohol gel, ventilación de espacios, lavado de manillas.

Zaldívar por su parte añadió que “Es obligación que cada uno de nosotros sea responsable y evitar que esta situación de contagio pueda transformarse en una desgracia para las familias de Chile”.

En cuanto a la relación de pequeñas y grandes empresas, el presidente de Conapyme, Germán Dastres, declaró que ambas deberán tener cautela sobre sus actos próximos.

“La idea es que no cortemos la cadena productiva y logística, porque hay muchas pequeñas empresas que trabajan encadenadas con las grandes empresas. Aquí vamos a tener que hacer un esfuerzo común, porque ningún país del mundo y menos en Chile estábamos preparados para esta pandemia”, estimó Dastres.

 

Suspensión de eventos masivos

La fuerza de estas decisiones drásticas radican en el control de la enfermedad. Por ello, cualquier evento que contemple un número superior a las 200 personas se deberá suspender de manera indefinida.

Así pasó con Lollapalooza, Fidae o conciertos que han debido cesar de sus fechas iniciales por el bien común.

 

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¿Qué debo hacer ante una desvinculación laboral?

¿Qué debo hacer ante una desvinculación laboral?

Las cifras del desempleo en noviembre de 2019 se tornaron palpables para muchas familias del país, considerando que 62.049 personas dependan de su seguro de cesantía, luego de que fueran desvinculadas de sus fuentes laborales por “necesidades de la empresa”.

En comparación con el mismo periodo en 2018, el incremento del desempleo logró un 84,5%, según estadísticas entregadas por la Dirección del Trabajo.

Por otra parte y según las estimaciones del desempleo en 2020 por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE), actualmente el número se alcanza los 732 mil.

 

Seguro de Cesantía

Debido al difícil escenario que sigue repercutiendo a los micro, pequeños y medianos empresarios, un porcentaje de los trabajadores que han sido desvinculados de su trabajo se han visto en la obligación de asistir a las sucursales de la Administración de Fondos de Cesantía (AFC) para exigir el cobro del Seguro de Cesantía.

 

¿Cómo ayuda el seguro de cesantía a los trabajadores desvinculados de su trabajo?

El Seguro de Cesantía permite que los trabajadores regidos bajo el Código del Trabajo que hayan prestado sus servicios con contrato indefinido, a plazo fijo o por obra o servicios, y luego de que el empleador realice una desvinculación laboral, puedan obtener un porcentaje económico de acuerdo al monto ahorrado, y coberturas en materia social, previsional y de salud.

Por otra parte y a modo de requisito, el cesante que acceda al Seguro de Cesantía tendrá que contar con cotizaciones desde la fecha de afiliación o bien, desde la fecha de cobro del último giro que se registró en su cuenta individual.

 

¿Y cuánto será el monto a causa de una desvinculación laboral?

La totalidad del dinero se regirá de acuerdo a la remuneración anual que haya obtenido el o la trabajadora en su último periodo laboral (últimos doce meses).

En cuanto a la repartición, la persona recibirá durante el primer mes un 70% del promedio de su sueldo de acuerdo al último año trabajado.

  • Segundo mes, el monto será de un 55% del mismo promedio.
  • Tercer mes, el fondo disminuirá al 45%.
  • Cuarto mes, el beneficio será de un 40%. Y así sucesivamente. Por cada mes se irá reduciendo un 5% del promedio hasta que el saldo de la cuenta de ahorro individual se agote.

 

Métodos para cobrar el Seguro de Cesantía por desvinculación laboral

Existen dos modalidades de cobro, una es presencial y la otra vía internet. ¿Cuál prefieres tú?.

Para realizar la recaudación del beneficio de forma directa, la persona debe dirigirse a una sucursal de Administración de Fondos de Cesantía con su carnet de identidad y un documento que corrobore su desvinculación laboral para poder exigir el monto, que no se entrega de manera inmediata. Dicho lugar informa la fecha de entrega y el lugar de retiro del dinero.

La otra fórmula para poder adquirir el fondo es por internet, ingresando a la página oficial de la AFC/Sucursal Virtual con la clave. (Si no tienes una clave haz click aquí para crearla).

En la página hay una opción de Cobro del Seguro, donde la persona debe ingresar sus datos para, posteriormente, adjuntarlos a los documentos exigidos.

 
 
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