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El trabajo a distancia y teletrabajo ya están listos para convertirse en ley

Mar 24, 2020 | Laboral

Este lunes la Cámara de Diputados aprobó con una amplia mayoría el proyecto que regula el trabajo a distancia y el teletrabajo, presentado en 2018 por el Gobierno.

La medida tomó impulso de acuerdo a la emergencia global por el coronavirus, concretando la tercera etapa del trámite constitucional y logrando su despacho para convertirse en ley.

Con el plan legislativo se podrá lograr un acuerdo entre el empleador y trabajador para desarrollar los servicios profesionales fuera del establecimiento laboral, lo que no implicará una limitación de tiempo para realizar la solicitud.

 

¿Cuál es la diferencia entre el trabajo a distancia y el teletrabajo?

Como medida para diferenciar el trabajo a distancia del teletrabajo, la ley estableció las dos modalidades de conceptos que son:

Trabajo a distancia

«Aquel pacto que faculta al trabajador a prestar sus servicios total o parcialmente, desde su domicilio u otro lugar o lugares distintos a los establecimientos de la empresa».

Teletrabajo

«Cuando los servicios sean prestados mediante la utilización de medios tecnológicos, informáticos o de telecomunicaciones o bien cuando los servicios prestados deban reportarse mediante tales medios».

 

Código del Trabajo

El proyecto busca establecer que el Código del Trabajo regule esta iniciativa a través de un contrato de trabajo, o bien, de un adjunto en el documento, a fin de entregar una mayor garantía de los derechos laborales a quienes decidan trabajar bajo este formato.

En la misma línea, la nueva implementación del trabajo a distancia y el teletrabajo no significará una disminución monetaria de los ingresos del trabajador, ni tampoco influirá en los derechos actuales presentados en el Código del Trabajo.

 

Más detalles del proyecto

Por otra parte, uno de los tópicos que ha llamado la atención es el derecho a la desconexión de los trabajadores, quienes podrán contar en el día con 12 horas continuas de pausa en la jornada laboral, limitando al empleador durante ese tiempo a realizar peticiones e instrucciones.

Entre otros puntos se aclara que una vez acordado el trabajo a distancia, el empleador no podrá obligar al trabajador a utilizar herramientas de trabajo personales, quedando bajo su responsabilidad el costeo de los equipos de operación, como también la mantención.

Finalmente dentro de los cambios que planteó el Senado se encuentra la disminución del tiempo para ejercer el derecho a retracto. Antes el lapso de tiempo para la petición era de tres meses y con la aprobación de la Cámara, realizar esta solicitud tendrá un periodo de treinta días.

 

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