Cambios a la Ley de Protección al Empleo y el Seguro de Cesantía

Cambios a la Ley de Protección al Empleo y el Seguro de Cesantía

Este martes el presidente Sebastián Piñera firmó un proyecto de ley, que involucra nuevos cambios para la Ley de Protección al Empleo y el seguro de cesantía, con el objetivo de ampliar y mejorar sus beneficios.

“En estos tiempos duros tenemos que proteger los ingresos de las familias chilenas (…) para que una vez que la emergencia pase puedan recuperar sus empleos; y para eso es fundamental recuperar nuestra economía”, indicó el Mandatario en el punto de prensa.

 

Seguro de Cesantía

La propuesta pretende ampliar la flexibilidad de los requisitos, permitiendo acceder a las prestaciones del seguro a aquellas personas desempleadas que no cumplen con los estándares de las cotizaciones, pero cuentan con recursos en la Cuenta Individual por Cesantía (CIC).

En detalle, el documento del plan legislativo plantea la posibilidad rebajar los requisitos a 3 cotizaciones continuas anteriores al término de contrato, o 6 cotizaciones continuas o discontinuas en el último año, para aquellos que tengan prestaciones con cargos en su CIC y cargos en el Fondo de Cesantía Solidario.

También incluye la opción de nuevos pagos del Seguro de Cesantía si es que la duración de la emergencia sanitaria se extiende, estableciendo un mínimo de 255 mil pesos mensuales.

 

Ley de Protección al Empleo

Por otra parte, la medida busca aumentar las prestaciones que actualmente reciben los trabajadores que se han acogido a la Ley de Protección al Empleo, por medio del seguro de cesantía.

Con ello, las personas que ingresen a las prestaciones del seguro de cesantía con cargo a los fondos de cuentas individuales, podrán recibir un 70% del sueldo imponible durante el primer mes.

Asimismo, desde el segundo y hasta el quinto mes, la tasa de reemplazo se mantendrá con un piso garantizado de un 55%, y desde el sexto mes quedará en un 50%.

 

Prestaciones con cargo al seguro de cesantía

Contrato indefinido

Los trabajadores con contrato indefinido mantendrán el recibo de las prestaciones con un 70% en el primer pago, siguiendo con un 55% hasta el cuarto mes.

Contrato fijo

Los trabajadores con contrato fijo recibirán un pago correspondiente al 55% de sus remuneraciones hasta el cuarto mes.

Por otra parte, durante el quinto mes los trabajadores de contrato indefinido y contrato fijo recibirán el 45% de su remuneración, lo que se podrá modificar en el caso de que el Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Trabajo lo decreten.

Es preciso mencionar que también está la probabilidad de que los acogidos a la protección al empleo puedan incorporarse a un sexto y séptimo giro, si es que el desempleo sigue aumentando.

 
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Modificaciones a la Ley de Protección al Empleo comienzan a regir este lunes

Modificaciones a la Ley de Protección al Empleo comienzan a regir este lunes

El Diario Oficial publicó este 1 de junio la ley N°21.232, que contempla modificaciones a la ley de Protección al Empleo, dentro de las cuales se encuentra la modificación de la base de cálculo de las cotizaciones previsionales y el inicio de los pactos de reducción de la jornada de trabajo.

 

Nueva base de cálculo de las cotizaciones previsionales

A contar de mayo 2020, las cotizaciones de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), se calcularán sobre el 100% del valor de la prestación que la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) paga a cada trabajador acogido al pacto de suspensión del contrato.

Además las cotizaciones de salud, Seguro de Cesantía y Ley SANNA, se pagarán sobre el 100% de la última remuneración mensual adquirida, anterior a la suspensión del contrato de trabajo.

 

Vigencia de los pactos de reducción de la jornada de trabajo

El pacto producirá sus efectos a partir del día siguiente al de su suscripción. Con todo, las partes podrán acordar que los efectos se produzcan en una fecha posterior, la que no podrá exceder del primer día del mes siguiente a la fecha de celebración del pacto respectivo.

 

Vigencia de las modificaciones

Las modificaciones entrarán a regir el 1 de junio de 2020, con excepción de la vigencia de los pactos de reducción de la jornada de trabajo, que empezarán a regir el 6 de abril de 2020, por lo que aquellos que se pactaron en el mes de abril, podrán acogerse a las prestaciones de la ley a contar de esa fecha.

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Ingreso Mínimo Garantizado: ¿A quiénes va dirigido?

Ingreso Mínimo Garantizado: ¿A quiénes va dirigido?

Este 2 de abril además de oficializarse el Bono Covid-19 para las familias más vulnerables, el Presidente Sebastián Piñera promulgó la ley del Ingreso Mínimo Garantizado.

La iniciativa que es parte de la Agenda Social, impulsada por el Gobierno durante el estallido social del pasado 18 de octubre, establece un subsidio que complementa el sueldo de los trabajadores con menores ingresos.

El apoyo económico comienza su vigencia en mayo y podría incrementar en $59.200 los ingresos de aquellos trabajadores que ganaban el salario mínimo de $301.000 en febrero, dejando un margen del monto bruto en $360.200.

Como resultado y según consignó el Ejecutivo, la medida tendrá un costo fiscal cercano a los US$200 millones y beneficiará a 700 mil trabajadores del país, donde un gran porcentaje va destinado a las mujeres.

«El Ingreso Mínimo Garantizado representa un importante alivio para casi 700 mil trabajadores, de los cuales más de la mitad son mujeres, cerca del 80% pertenece al 60% más vulnerable y dos tercios viven en regiones», complementó el mandatario.

Además los trabajadores que se acojan al plan de Ingreso Mínimo Garantizado también podrán optar a las garantías de la Ley de Protección de los empleos, los ingresos y las Pymes.

 

¿Cómo obtener el beneficio?

Las personas que quieran acceder al subsidio deben tener un contrato de jornada completa que supere las 30 horas y no ser parte del 10% de mayores ingresos. Estos dos puntos se tienen que respaldar obligadamente al momento de ingresar la postulación.

Conjuntamente desde el 15 de abril y a través del sitio web www.ingresominimo.cl se iniciará el proceso para realizar la solicitud del beneficio, completando algunas especificaciones como el RUT, la renta del trabajador y jornada actual.

De acuerdo a lo mencionado anteriormente y según el protocolo del régimen, la nueva implementación comenzará su vigencia en mayo de este año y su pago será automático.

Es preciso mencionar que este plan se ampliará de forma paulatina para los empleados con honorarios reducidos.

 

 

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