Los contribuyentes de segunda categoría que prestan servicios a honorarios, tales como, las personas naturales por sus prestaciones de servicios profesionales y las sociedades de profesionales debidamente registradas como tal en el Servicio de Impuestos Internos, deben determinar anualmente su renta bruta de honorarios a efectos de incorporarlas en la base tributable del Impuesto Global Complementario y, en el caso de las sociedades de profesionales, asignarlas a sus propietarios a efectos de que estos últimos tributen en la proporción que les corresponda en su Impuesto Global Complementario la participación que les corresponda.
Las boletas de honorarios se declaran en el Recuadro Nº 1 del Formulario 22 de declaración anual de impuesto a la renta, en este artículo te comentamos la forma en que debes completar este recuadro.
Recuadro Nº 1: Honorarios
El recuadro Nº 1 se compone de 3 partes principales, estas son:
1. Total de Ingresos Brutos (código 547):
El total de ingresos brutos se obtiene de la sumatoria de las siguientes partidas:
Honorarios anuales con retención:
Honorarios anuales sin retención:
Honorarios líquidos percibidos de fuente extranjera:
Incremento por impuestos soportados en el extranjero:
2. Participación en sociedades de profesionales y rebajas a la renta de honorarios
Participación en sociedades de profesionales de 2ª Categoría:
Monto ahorro previsional, según art. 42 bis inc. 1° LIR:
Gastos por donaciones para fines sociales, según art. 1° bis Ley N° 19.885:
Gastos efectivos (solo rebajables del código 547):
Gastos presuntos: 30% sobre el código 547, con tope de 15 UTA:
Rebaja por presunción de asignación de zona D.L. N° 889 de 1975:
TOTAL HONORARIOS (Código 467):
3. Remuneraciones de directores S.A.:
En esta columna deberás incorporar las rentas que hubiese obtenido por sus dietas de director, en razón de su participación remunerada en los Directorios de sociedades anónimas.
4. Retenciones de honorarios:
Retenciones por boletas de honorarios emitidas con retención:
Retenciones por boletas de honorarios de Directores de S.A.:
5. Totalizadores
Finalmente se debe totalizar todas las rentas y rebajas, en donde el total de las rentas menos sus respectivas rebajas se totalizará en el código 618 y sus correspondientes retenciones actualizadas totales se informará en el código 619.
Recuadro N° 1 | ||||||
Rentas de 2° Categoría | Renta Actualizada | Impuesto retenido actualizado | ||||
Honorarios anuales con retención | 461 | 492 | + | |||
Honorarios anuales sin retención | 545 | + | ||||
Honorarios líquidos percibidos de fuente extranjera | 1650 | + | ||||
Incremento por impuestos soportados en el extranjero | 856 | + | ||||
Total, ingresos brutos | 547 | = | ||||
Participación en sociedades de profesionales de 2° categoría | 617 | + | ||||
Monto ahorro previsional, según art. 42 bis inc. 1° LIR | 770 | – | ||||
Gastos por donaciones para fines sociales, según art. 1° bis Ley N° 19.885 | 872 | – | ||||
Gastos efectivos (solo rebajables del código 547) | 465 | – | ||||
Gastos presuntos: 30% sobre el código 547, con tope de 15 UTA | 494 | – | ||||
Rebaja por presunción de asignación de zona D.L. N° 889 | 850 | – | ||||
Total, honorarios | 467 | = | ||||
Total, remuneraciones directores S.A. | 479 | 491 | + | |||
Total, rentas y retenciones | 618 | = | 619 | = | ||
Participaciones en ingresos brutos sociedades de profesionales de 2° Categoría | Trasladar a código 110, solo personas naturales | Trasladar a código 198 | ||||
896 |
Un director de S.A. que emite boletas de honorarios con retención con tasa del 35%, tiene derecho a aplicar la rebaja del gasto presunto del 30%.
Buenas noches estimados,
Se puede registrar en el recuadro 1 el apv que page como independiente, siendo que en el año comercial no emiti boletas de honorarios, pero si tuve participacion en una sociedad profesional.