Existen múltiples herramientas, como el software de e-Remuneraciones, que te permiten realizar el cálculo del sueldo líquido sin mayor complejidad. Usualmente en estas plataformas se deben registrar algunos datos y voilá, lo demás es un trabajo que genera el mismo sistema. Lo anterior suena muy fácil, sin embargo, es necesario que entiendas en qué consiste el cálculo de las remuneraciones para poder determinar procesos en caso de que no cuentes con uno. ¡Vamos por ello!
Para realizar el cálculo del sueldo líquido se necesita considerar el total de haberes que corresponden a un trabajador, dentro de los cuales existen haberes imponibles y no imponibles, dependiendo del tipo de remuneración que se trate. Por ejemplo, dentro de los haberes imponibles encontramos el sueldo base, la gratificación legal, las comisiones y las horas extras.
Dentro de los haberes no imponibles podemos mencionar las cargas familiares, el bono de locomoción, el bono de alimentación y los viáticos. Sumados todos los haberes, corresponde realizar los descuentos que la ley permite, entre los cuales podemos mencionar el descuento por cotización de ahorro previsional, el descuento por cotización de salud, el descuento por seguro de cesantía. Además podrían existir otros descuentos pactados como los anticipos de remuneraciones y los préstamos a los trabajadores. Una vez que hemos realizados todos los descuentos al total de haberes de un trabajador obtendremos el sueldo líquido.
De acuerdo a lo anteriormente señalado, es necesario que consideres algunos ítems para desarrollarlo correctamente:
- El sueldo bruto debe ser el primer cálculo. Este considera todos los haberes del trabajador, sean imponibles o no imponibles.
- Es importante mencionar que el sueldo base nunca debe ser inferior al ingreso mínimo mensual, el cual está definido por ley.
- Los ingresos de un trabajador pueden ser fijos o variables, dependerá de la forma en que cada trabajador pacte su remuneración con su empleador.
¿Qué quiere decir la remuneración fija?
La remuneración fija es el sueldo base que el trabajador recibe mensualmente y que se acuerda en el contrato de trabajo. De acuerdo a lo que estipula el Código del Trabajo en su capítulo V, artículo N° 42, este sueldo debe ser entregado en dinero por periodos iguales y no puede ser inferior al ingreso mínimo mensual.
¿Existen otros tipos de remuneración en Chile?
Continuando con el artículo N° 42 del CT, existen distintos tipos de remuneraciones, las que se han ido adecuando a cada empresa y/o Pyme, entre ellas están:
Sueldo o sueldo base
Sobresueldo
Comisión
Participación
Gratificación
Lo que debes saber sobre el cálculo del sueldo líquido
Existe una fórmula para poder determinar el sueldo líquido y es la siguiente:
Sueldo bruto – descuentos establecidos por ley = Sueldo líquido
Ejemplo cálculo sueldo líquido |
Sueldo base de $400 mil. Pagos que constituyen remuneración de $200 mil. Asignaciones que no constituyen remuneración de $100 mil. |
- Supongamos que este mes se debe pagar el suelo de un trabajador por la prestación de sus servicios. Al sumar el sueldo base, pagos que constituyen remuneración y asignaciones que no constituyen remuneración (ejemplo de arriba) sumamos un total de $700.000. Este resultado corresponde a un sueldo bruto.
- Luego, al sueldo bruto se le deben restar las asignaciones que no constituyen remuneración, por no ser cotizaciones previsionales. Siguiendo los montos del ejemplo, con la resta nos quedaría en $600.000 de sueldo imponible.
- Al sueldo imponible se les debe aplicar el descuento de las cotizaciones como salud, AFP y seguros. De este monto se debe obtendrá el cálculo final.
¿Cómo se puede calcular el sueldo líquido cuando hay licencia médica?
El cálculo de remuneración con licencia médica es diferente al cálculo original. Se deben considerar los días laborados, dividiendo el sueldo base de acuerdo a los días del mes y multiplicando el resultado por los días que falten para completarlo.
Ejercicio para calcular el sueldo líquido
La empresa comercial presenta la información de dos trabajadores:
Detalle | Pablo Pérez | Tomás Pérez |
Sueldo base | 2.400.000 | 350.000 |
Gratificación mensual | 25% legal | 25% legal |
Sobre Tiempo | 4 horas | 10 horas |
Comisiones | 0 | 0.2% de las ventas mensuales |
Asignación familiar | 1 carga familiar | 3 cargas familiares |
Asignación de movilización | $120.000 | $60.000 |
Asignación de colación | $130.000 | $30.000 |
Aguinaldo | 0 | 0 |
AFP | Hábitat 11,27% | Cuprum 11,48% |
Sistema de salud | 5,5 UF Isapre Colmena | FONASA |
La empresa comercial presenta la información de dos trabajadores:
Datos adicionales
- UF al 31 de Enero: $23.435,87
- Se considera razonable devoluciones de gastos hasta por $40.000 en las asignaciones.
- La Srta. vive en una casa de una habitación ubicada al interior de la empresa. Su cónyuge es el cuidador de la empresa.
- La empresa se encuentra afiliada a la Caja de Compensación «18 de Septiembre».
- La empresa se encuentra afiliada a la ACHS donde cotiza un 0.95% más un adicional de 1.17%.
- La empresa bonifica con un 50% las horas extras. El factor por aplicar es de 0.0077777.
- Las ventas del mes de Enero son de $35.600.000 a valor neto.
Cargos del trabajador
Seguro de cesantía
Trabajador | Remuneración imponible | Porcentaje (%) | Monto a pagar |
Pablo Pérez | 2.542.792 | 2.4% | 61.027 |
Tomás Pérez | 606.547 | 3% | 18.196 |
Total | 79.223 |
S.I.S
Trabajador | Remuneración imponible | Porcentaje (%) | Monto a pagar |
Pablo Pérez | 1.694.413 | 1.26% | 21.350 |
Tomás Pérez | 606.547 | 1.26% | 7.642 |
Total | 28.992 |
Leyes Sociales (Seguro de accidentes)
Trabajador | Remuneración imponible | Porcentaje (%) | Monto a pagar |
Pablo Pérez | 1.694.413 | 2.12% | 35.922 |
Tomás Pérez | 606.547 | 2.12% | 12.859 |
Total | 48.780 |
Tasa mínima | 0.95% |
Adicional | 1.17% |
Tasa total | 2.12% |
Resumen cargos del empleador | |
Seguro de cesantía | 79.223 |
S.I.S | 28.992 |
Leyes sociales | 48.780 |
Total cargos | 156.996 |
Topes | ||
AFP | 72,3 UF | 1.694.413 |
Cesantía | 108,5 UF | 2.542.792 |
UF 31/01 | 23.435,87 | |
IMM | 210.000 | |
Gratificación | 4,75 IMM | 83.125 |
Liquidación de sueldo | |||
Nombre | Pablo Pérez | Mes | Enero |
AFP | Habitat 11,27% | 2022 | |
Salud | Isapre Cruz Blanca 5,5 UF | ||
Sueldo | 2.400.000 | ||
Horas Extras N° 4 | 4 | 74.666 | |
Comisión | 0 | ||
Gratificación | 83.125 | ||
Participación | 0 | ||
Asignación Título Profesional | 75.000 | ||
Aguinado Fiestas Patrias | 0 | ||
Movilización Imponible | 80.000 | ||
Colación Imponible | 90.000 | ||
Total remuneración imponible | 2.802.791 | ||
Asignación Familiar N° de Cargas | 1 | 0 | |
Asignación Movilización | 40.000 | ||
Asignación Colación | 40.000 | ||
Total remuneración no imponible | 80.000 | ||
Total haberes | 2.882.791 | ||
Descuentos | |||
AFP | |||
Salud | 5,5 UF | ||
7% | Obligatoria | 118.609 | |
Adicional | 10.288 | ||
Seguro de cesantía | 15.257 | ||
Impuesto Único | 150.727 | ||
Descuentos judiciales | |||
Retención Judicial | 55.000 | ||
Descuentos Voluntarios | |||
Convenio Farmacia | 5.000 | ||
Bienestar Social | 15.000 | ||
Dividendos Hipotecarios | 125.000 | ||
Total Descuentos | 685.842 | ||
Alcance Líquido | 2.196.949 | ||
Anticipos | 0 | ||
Líquido a Pagar | 2.196.949 |
Liquidación de sueldo | |||
Nombre | Tomás Pérez | Mes | Enero |
AFP | Cuprum 11,48% | 2022 | |
Salud | FONASA | ||
Sueldo | 2.400.000 | ||
Horas Extras N° 4 | 4 | 74.666 | |
Comisión | 0 | ||
Gratificación | 83.125 | ||
Participación | 0 | ||
Asignación Título Profesional | 75.000 | ||
Aguinado Fiestas Patrias | 0 | ||
Movilización Imponible | 80.000 | ||
Colación Imponible | 90.000 | ||
Total remuneración imponible | 2.802.791 | ||
Asignación Familiar N° de Cargas | 1 | 0 | |
Asignación Movilización | 40.000 | ||
Asignación Colación | 40.000 | ||
Total remuneración no imponible | 80.000 | ||
Total haberes | 2.882.791 |
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