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Haberes imponibles en Chile: Conceptos y su cálculo

Sep 6, 2021 | Laboral

El artículo 41 del Código del Trabajo define la remuneración como las contraprestaciones en dinero y las adicionales en especie avaluables en dinero que debe percibir el trabajador del empleador por causa del contrato de trabajo. Bajo ese concepto, los haberes imponibles tienen relación directa con las remuneraciones que los trabajadores obtienen como el sueldo base, los bonos, horas extras, comisiones por productos y servicios, aguinaldos, gratificaciones y semana corrida y están afectos a las cotizaciones previsionales (AFP, salud y seguro de cesantía).

 

 

Sueldo o sueldo base

 

Es el estipendio obligatorio y fijo, (pagado por períodos iguales y determinados en el contrato) que recibe el trabajador por la prestación de sus servicios en una jornada ordinaria de trabajo, sin perjuicio de lo señalado en el inciso segundo del artículo 10, el sueldo no podrá ser inferior a un Ingreso Mínimo Mensual.

 

Bonos

 

La Dirección del Trajo (DT) define al bono como una remuneración y por tanto imponible, que puede ser pactado voluntariamente en el contrato de trabajo (individual o colectivo), para incentivar un aspecto de la relación laboral.

 

Horas extras o sobresueldo

 

Son aquellas que superan la jornada pactada en el contrato de trabajo. Estas horas son contabilizadas semanalmente y su exceso debe ser pactado por escrito, con un máximo de tres meses de vigencia, pudiendo ser eventualmente renovado.

 

Comisiones

 

Es el porcentaje sobre el precio de las ventas o compras, o sobre el monto de otras operaciones, que el empleador efectúa con la colaboración del trabajador.

 

Participación

 
Que es la proporción en las utilidades de un negocio determinado o de una empresa o sólo de la de una o más secciones o sucursales de la misma.

 

Aguinaldos

 

Es un monto adicional de la remuneración que el empleador entrega por periodos específicos. A pesar de no ser obligatorio, si la empresa entrega este beneficio de forma continua se considerará como un pago obligatorio, independiente si no se encuentra pactado en el contrato.

 

Gratificaciones

 

Esta especie de remuneración se encuentra definida en el artículo 42, letra e) del Código del Trabajo y es aquella parte de las utilidades con que el empleador beneficia el sueldo del trabajador.

 

Semana corrida

 

Es el pago por los días domingos, festivos o descanso compensatorio que debe ser entregado a los trabajadores que son remunerados de forma diaria y los que están acogidos bajo un sistema de remuneración mixto.

 

EJEMPLO HABERES IMPONIBLES

Sueldo base

$-

Horas extras

$-

Bonos

$-

Semana corrida

$-

Comisiones

$-

Gratificación

$-

Aguinaldo $-

 

¿Cómo es el cálculo de los haberes imponibles?

 

Para poder realizar el cálculo de los haberes imponibles se debe contemplar en la liquidación de sueldo el pago del sueldo base, las horas extras, bonos, gratificaciones y otros montos que estén relacionados. Luego, en el total del cálculo, se deben realizar los descuentos relacionados a los pagos previsionales, como AFP, salud y el seguro de cesantía.

 

e-Remuneraciones Haberes imponibles

 

 

Ejemplo de liquidación de sueldo

 

Datos del trabajador:

Nombre: –

Fecha de ingreso: –

Cargo: –

Rut: –

Haberes imponibles Descuentos (Cotizaciones previsionales)
Sueldo Base $- Seguro de cesantía $-
Comisiones $- AFP (fondo de pensiones) $-
Horas Extras $- AFP (comisión de AFP) $-
Gratificación $- Salud $-
    Anticipo $-

 

Haberes no imponibles  
Asignación de movilización $- Base imponible $-
Asignación de colación $- Base tributable $-

 

Total haberes $-
Total descuentos $-
Líquido a pago $-

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