
Entérate sobre la vigencia de los cambios del nuevo sistema tributario
Desde que comenzó a regir el nuevo sistema tributario tras su publicación en el Diario Oficial, mucho se ha especulado sobre la vigencia de las medidas que se integran a la ley 21.210.
Según los cálculos realizados desde el palacio presidencial, este proyecto que moderniza el sistema impositivo permitirá una recaudación de US$ 2.200 millones adicionales de forma anual, una vez que su implementación funcione en un 100%.
De acuerdo a una minuta entregada por el Ministerio de Hacienda, las fechas del nuevo sistema tributario comenzarán a regir:
Sistema de tributación de las empresas
El régimen único semi-integrado en base a retiro para las empresas y el régimen Pro-Pyme, producirán efectos en la operación renta de abril 2021, de acuerdo de las rentas de 2020.
De este modo, la operación renta de abril del presente año seguirá con la vigencia de los tres sistemas de tributación que establecía la ley anterior (sistema semi-integrado, sistema atribuido y régimen 14 ter simplificado).
Depreciación transitoria 50% instantánea, 50% en forma acelerada, y 100% instantánea para La Araucanía
Los regímenes mencionados corresponden para bienes adquiridos entre el 1 de octubre de 2019 y el 31 de diciembre de 2021. Dicho esto, para la operación renta que comienza en abril de este año, podrán beneficiarse las empresas cuya inversión se generó entre octubre y diciembre de 2019.
Beneficios en materia de contribuciones para adultos mayores
La medida permite reducir desde un 50% hasta un 100% de las contribuciones de bienes raíces para adultos mayores. Este beneficio aplicará desde la cuota de contribuciones de abril de 2020.
Contribución del 1% regional
Esta nueva contribución del 1% va dirigida a proyectos con una inversión superior a los US$ 10 millones, y aplicará respecto a los nuevos proyectos que se integren al proceso de evaluación ambiental desde el 24 de febrero de 2020.
Sobretasa de contribuciones
Dirigido a contribuyentes que cuenten con inmuebles donde su avalúo fiscal total supere los $400 millones y se aplicará en conjunto con las contribuciones desde abril de 2020.
IVA a las plataformas digitales con el nuevo sistema tributario
El impuesto al valor agregado (19%) se proyectará a empresas de servicios digitales extranjeras y comenzará a regir desde junio de 2020.
Devolución anticipada del IVA por inversión en activo fijo
Desde junio de 2020 comenzará a aplicar en su totalidad la reducción del plazo para obtener la devolución del IVA por la adquisición de activo fijo.
Nuevo tramo de 40%
Impuesto Único de Segunda Categoría
Los empleadores tendrán la obligación de retener, y comenzará a regir desde marzo de 2020. Por otra parte, los trabajadores tendrán que reliquidar para todas las rentas de 2020.
Impuesto Global Complementario
Su nuevo tramo aplicará en la operación renta 2021, de acuerdo a las rentas recibidas en 2020.
Digitalización de las relaciones con el SII
Las medidas que mejoran y digitalizan las relaciones entre los contribuyentes y el Servicio de Impuestos Internos regirán a partir de junio de 2020.
Boleta electrónica y separación de IVA en la boleta
Quienes ya emiten factura electrónica tendrán que emitir boleta electrónica desde el 24 de agosto de 2020, donde deberán separar del documento el IVA.
Por otro lado, para quienes no facturen con la modalidad electrónica, deberán emitir boleta electrónica, separando el IVA a contar del 24 de febrero de 2021.
Defensoría del contribuyente
Con el nuevo sistema tributario comenzará sus funciones el 24 de febrero de 2022 como fecha límite.
Impuesto verde
A partir de enero de 2023 quedarán gravadas las emisiones de ese año en 2024. Las modificaciones o nuevas normas sobre compensación de emisiones se aplicarán desde el 24 de febrero de 2013.