¿De qué se trata el F30-1 y cómo se obtiene en 2023?

¿De qué se trata el F30-1 y cómo se obtiene en 2023?

¿Por qué tiene tanta importancia el Formulario 30-1 (F30-1) en Chile? Esta es un práctica que muchos contratistas y subcontratistas requieren para poder demostrar el cumplimiento de sus obligaciones. A continuación te contamos los datos más destacados que debes saber.

¿De qué se trata el F30-1?

 

El Formulario 30-1 permite acreditar que un empleador, tanto contratista como subcontratista, haya cumplido las obligaciones laborales y previsionales con sus trabajadores. Esto incluye las situaciones eventuales, como indemnizaciones legales relacionadas con el término del contrato laboral.

¿A quiénes va dirigido el F30-1?

 

Este formulario está dirigido a empleadores contratistas y subcontratistas.

¿Cuál es la diferencia entre el F30 y el F30-1?

 

Si bien ambos documentos deben ser emitidos por la Dirección del Trabajo (DT), las solicitudes del F30 y F30-1 son diferentes.  Por un lado, el F30 corresponde a los Antecedentes Laborales y Previsionales y este se encarga de demostrar las multas y deudas previsionales de la persona que realiza la solicitud y, por otro lado, el F30-1 corresponde al Cumplimiento de las Obligaciones Laborales y Previsionales y demuestra el cumplimiento laboral y previsional que tiene el empleador (contratista o sub-contratista) con sus trabajadores.

 

¿Qué documentos se necesitan para realizar el trámite?

De acuerdo a lo que indica la DT, existen una serie de documentos para poder gestionar el trámite. En primer lugar se debe realizar una solicitud del Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, vigente desde el 14 de enero de 2007 y de carácter obligatorio puesto que se entiende como una Declaración Jurada. En segundo lugar se deben considerar los siguientes documentos:

Documentos previsionales

  • Planillas de cotizaciones de las AFP.
  • Planillas de cotizaciones del seguro de cesantía, a cargo de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).
  • Planillas de cotizaciones del Instituto de Previsión Social (IPS). Planillas de cotizaciones de las ISAPRE.
  • Planillas de cotizaciones de las Cajas de Compensación de Asignación Familiar (CCAF).
  • Planillas de cotizaciones del Instituto de Seguridad Laboral (ISL) o de la respectiva mutualidad de la entidad empleadora.

Documentos laborales

  • Comprobantes de pago de las remuneraciones.
  • Cualquier otro sistema en uso que tenga el empleador o empleadora para comprobar el pago de las remuneraciones. Debe contener, al menos, el nombre del trabajador o trabajadora, el monto mensual de la remuneración imponible y la firma del trabajador o trabajadora.
  • Libro auxiliar de remuneraciones (solo para empresas que poseen cinco o más trabajadores o trabajadoras).

Indemnizaciones

  • Nómina de las trabajadoras o trabajadores que fueron despedidos, incluyendo la causal invocada y la duración de la relación laboral.
  • Notificaciones sobre el término del contrato de las trabajadoras o trabajadores despedidos.
  • Finiquitos de las trabajadoras o trabajadores despedidos, ratificados ante un ministro de fe.
  • Comprobantes de pago de las remuneraciones variables de las trabajadoras o trabajadores despedidos por el artículo Nº 161 del Código del Trabajo, que no dan origen a finiquito (correspondientes a los últimos tres meses).
  • Boleta o recibo que acredita el pago en una sucursal del BancoEstado (más información en el campo costo).

Considera que: Antes de realizar la solicitud de la certificación se debe depositar en una sucursal del BancoEstado. Los datos los puedes conseguir en la DT.

¿Cómo se obtiene el certificado del F30-1 en el año 2023?

El certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales se puede obtener a través de la página de la Inspección del Trabajo en el portal «Mi DT».

  • Los empleadores «Persona Natural» o «Empresario Individual» deben tramitar la obtención del certificado con su Clave Única.
  • El empleador «Persona Jurídica» debe realizar la solicitud del certificado por medio de sus representantes laborales electrónicos.

Al finalizar la solicitud, en el caso de que sea con éxito, se podrá descargar el certificado en formato PDF desde la tarjeta «Mis Solicitudes» que se encuentra en el trámite en el portal Mi DT.

NOTA: La Dirección del Trabajo mantendrá los certificados anteriores en el portal web antiguo.
Este certificado se puede obtener por estos medios a partir del 24 de marzo de 2023.

¿Existe algún costo por el trámite del F30-1?

 

No existe costo en el caso de que se quiera realizar de forma virtual. Si se requiere gestionarlo desde la Inspección del Trabajo, el costo es de $2.500.

Entiende la composición del Formulario 50

Entiende la composición del Formulario 50

El Formulario 50 es el documento donde se deben informar al Servicio de Impuestos Internos (SII) las retenciones de Impuesto Adicional a las personas sin domicilio ni residencia en Chile según lo dispuesto en el Art. 74 Nº 4 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, el Impuesto a los combustibles según las leyes 18.502 de 1986 y 20.765 del año 2014, el Impuesto a los juegos de azar y apuestas hípicas, el Impuesto a los tabacos, las mayores retenciones de Impuesto único a los trabajadores, los PPM voluntarios de primera categoría y los Ad-Valorem de Zona Franca según lo dispuesto en el Art. 11 de la Ley 18.211 de 1983.

Composición del Formulario 50

 

El Formulario 50 se distribuye en recuadros dependiendo de los tipos de impuestos que se deben informar.

El primer recuadro contiene las retenciones de Impuesto Adicional a las personas sin domicilio ni residencia en Chile según lo dispuesto en el Art. 74 Nº 4 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, desglosándose en retenciones por:

  • Utilidades y beneficios;
  • Remuneraciones por intangibles;
  • Intereses;
  • Servicios prestados en Chile o el extranjero;
  • Seguros, fletes y arrendamientos;
  • Enajenaciones o cesiones de acciones, derechos sociales y otros; y
  • Retenciones de agentes responsables para fines tributarios.

Es importante recordar que las tasas de retención están relacionadas con los tipos de retenciones desglosadas y para evaluar la retención correspondiente es necesario atender lo dispuesto en los artículos 58, 59 y 60 de la Ley sobre Impuesto a la Renta en concordancia con lo dispuesto en el Art. 74 de la misma Ley, lo anterior debe complementarse con los Convenios para Evitar la doble Tributación que se encuentren vigentes dependiendo del país receptor de la renta.

 

Desgloce de los otros recuadros del Formulario 50

 

El segundo recuadro contiene el Impuesto a los combustibles según las leyes 18.502 de 1986 y 20.765 del año 2014 y se informan el impuesto específico correspondiente a la primera venta de Petróleo Diesel, gasolinas automotrices, gas natural comprimido y gas licuado de petróleo. Se debe desglosar los metros cúbicos vendidos, los componentes base y variable y el impuesto a pagar.

El tercer recuadro contiene el Impuesto a los juegos de azar y apuestas hípicas, en donde deben declarar los administradores de apuestas hípicas, de juegos de azar y los casinos.

El cuarto recuadro contiene algunos impuestos a la renta, tales como, la mayor retención de impuesto único solicitada por trabajadores contratados, las rentas esporádicas de primera categoría, los reintegros de impuesto a la renta según el Art. 97 de la LIR y los PPM de primera categoría voluntarios.

El quinto recuadro comprende el impuesto a los tabacos, en donde se desglosa el impuesto correspondiente a los cigarros puros, los cigarrillos y el tabaco elaborado.

El sexto y último recuadro comprende el Ad-Valorem de Zona Franca de Facturas, Boletas y Solicitud Registro de Facturas (SRF), además del derecho de explotación ENAP y el impuesto a las licencias transables de pesca de clase A.

Obligación de presentar el Formulario 50 en forma mensual

 

Los contribuyentes obligados a presentar el F50 tienen varios vencimientos dependiendo los tipos de impuesto que se está pagando, los vencimientos son:

  • Día 1: Reintegro de devoluciones según art. 97 LIR.;
  • Día 10: Apuestas Hípicas;
  • Día 12: Retenciones a personas sin domicilio ni residencia en Chile según Art. 74 Nº 4 LIR, impuesto a los juegos de azar, entradas de casinos, impuesto al tabaco, Ad-Valorem Zona Franca y PPM Voluntarios;
  • Día 15: Mayor retención de impuesto único solicitado por trabajadores;
  • Día 16: Impuesto Específico Petróleo Diésel, Impto. Específico Gasolina Automotrices e Impto. Específico Gas Natural Comprimido y Gas Licuado Petróleo; y
  • Último día hábil del mes: Derecho de explotación ENAP y rentas esporádicas de primera categoría.

Por último mencionar que los días de vencimiento se aplazarán al día hábil siguiente en caso que corresponda a días sábado, domingo o festivos.

El vencimiento será sólo el día 20 cuando se trate de contribuyentes que son emisores de documentos tributarios electrónicos y declaren y paguen el Formulario 50 por Internet.

 

¿Qué es una Sociedad por acciones?

¿Qué es una Sociedad por acciones?

Las sociedades por acciones fueron creadas por la Ley N° 21.190, que modificó varios cuerpos legales, entre los que se encuentran el Código de Comercio.

La finalidad de la creación de este tipo de sociedades fue fomentar la industria de capital de riesgo y continuar la modernización del proceso de modernización de mercado de capitales.

En este artículo hablaremos respecto a este tipo de sociedades, sus requisitos, registros que deben llevarse y mucho más.

 

¿Qué son las sociedades por acciones?

Según lo previsto en el artículo 424 del Código de Comercio, la sociedad por acciones o simplemente la sociedad, es una persona jurídica creada por una o más personas mediante un acto de constitución perfeccionado de acuerdo a lo establecido en los artículos siguientes, y cuya participación en el capital es representada por acciones.

 

¿Qué debe contener el estatuto social?

La sociedad tendrá un estatuto social en el cual se establecerán los derechos y obligaciones de los accionistas, el régimen de su administración y los demás pactos que, salvo por lo dispuesto en el párrafo 8° del Título VII del Código de Comercio, podrán ser establecidos libremente.

 

Sin embargo, el estatuto deberá expresar, a lo menos, las siguientes materias:

  1. El nombre de la sociedad, que deberá concluir con la expresión SpA;
  2. El objeto de la sociedad, que será siempre considerado mercantil;
  3. El capital de la sociedad y el número de acciones en que el capital es dividido y representado;
  4. La forma como se ejercerá la administración de la sociedad y se designarán sus representantes; con indicación de quienes la ejercerán provisionalmente, en su caso, y
  5. La duración de la sociedad, la cual podrá ser indefinida y, si nada se dijere, tendrá este carácter.

 

¿Cómo se forman y existen las sociedades por acciones?

Regla general

La sociedad se forma, existe y prueba por un acto de constitución social escrito, inscrito y publicado en los términos del artículo 426 del Código de Comercio, que se perfeccionará mediante escritura pública o por instrumento privado suscrito por sus otorgantes, y cuyas firmas sean autorizadas por un notario público, en cuyo registro será protocolizado dicho instrumento.

El cumplimiento oportuno de la inscripción y publicación del acto de constitución de la sociedad producirá efectos desde la fecha de la escritura o de la protocolización del instrumento privado, según corresponda.

 

Excepción

Con la promulgación y publicación de la Ley N° 20.659, se permite la creación de este tipo de sociedades por la pagina de mi empresa en un día, en la cual se confecciona el estatuto social y se firma ante notario, no debiendo producirse la inscripción y publicación.

 

¿Hasta dónde llega la responsabilidad de los accionistas?

Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad.

 

¿Qué registro deben ser llevados por una sociedad por acciones?

La sociedad llevará un Registro en el que se anotará, a lo menos, el nombre, domicilio y cédula de identidad o rol único tributario de cada accionista, el número de acciones de que sea titular, la fecha en que éstas se hayan inscrito a su nombre y tratándose de acciones suscritas y no pagadas, la forma y oportunidades de pago de ellas. Igualmente, en el Registro deberá inscribirse la constitución de gravámenes y de derechos reales distintos al dominio. En caso de que algún accionista transfiera el todo o parte de sus acciones, deberá anotarse esta circunstancia en el Registro antes mencionado.

Dicho Registro podrá llevarse por cualquier medio, siempre que éste ofrezca seguridad de que no podrá haber intercalaciones, supresiones u otra adulteración que pueda afectar su fidelidad, y que, además, permita el inmediato registro o constancia de las anotaciones que deban hacerse y estará, en todo tiempo, disponible para su examen por cualquier accionista o administrador de la sociedad.

Los administradores y el gerente general de la sociedad serán solidariamente responsables de los perjuicios que causaren a accionistas y a terceros con ocasión de la falta de fidelidad o vigencia de las informaciones contenidas en el Registro en referencia.

 

¿Cómo se conforma el capital de la sociedad y sus accionistas?

El capital de la sociedad deberá ser fijado de manera precisa en el estatuto y estará dividido en un número determinado de acciones nominativas. El estatuto podrá establecer que las acciones de la sociedad sean emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos.

Los aumentos de capital serán acordados por los accionistas, sin perjuicio que el estatuto podrá facultar a la administración en forma general o limitada, temporal o permanente, para aumentar el capital con el objeto de financiar la gestión ordinaria de la sociedad o para fines específicos.

El capital social y sus posteriores aumentos deberán quedar totalmente suscritos y pagados en el plazo que indiquen los estatutos. Si nada señalaren al respecto, el plazo será de cinco años, contados desde la fecha de constitución de la sociedad o del aumento respectivo, según corresponda. Si no se pagare oportunamente al vencimiento del plazo correspondiente, el capital social quedará reducido al monto efectivamente suscrito y pagado. Salvo disposición en contrario en los estatutos, las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado, no gozarán de derecho alguno.

 

¿Cómo deben ser las acciones?

Las acciones pueden ser ordinarias o preferidas. El estatuto social deberá establecer en forma precisa las cargas, obligaciones, privilegios o derechos especiales que afecten o de que gocen una o más series de acciones. No es de la esencia de las preferencias su vinculación a una o más limitaciones en los derechos de que pudieran gozar las demás acciones.

 

el articulo de las sociedades por acciones ha sido escrito por Juan Urra, experto tributario de Edig
0
    0
    Tu carrito
    tu carro esta vacío Regresa a la tienda
      Calculate Shipping
      Aplicar cupón