¿Qué es el Bono al Trabajo de la Mujer y cómo postular?

¿Qué es el Bono al Trabajo de la Mujer y cómo postular?

El Bono al Trabajo de la Mujer (BTM) es un beneficio estatal otorgado por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) para mejorar las remuneraciones mensuales de las mujeres trabajadoras.

Para realizar el pago de esta garantía se debe calcular la remuneración de la beneficiaria con tres meses de desfase. Eso significa que el pago de octubre corresponde a un porcentaje de la renta obtenida en el mes de julio de este año.

El aporte se realiza por única vez y su duración es de cuatro años consecutivos, a partir de la obtención del beneficio.

 

 

Próximas fechas de pago

Bono Trabajo de la Mujer

 

Método de pago

El beneficio se puede entregar de dos maneras

La primera, a través de depósito en la Cuenta Rut o cuenta bancaria; la segunda, con retiro en efectivo en el BancoEstado o ServiEstado presentando la cédula de identidad.

 

¿Cómo postular al bono Trabajo de la Mujer?

Para ser beneficiaria el Gobierno solicita los siguientes requisitos:

  • Tener entre 25 y 59 años (59 con 11 meses, no más).
  • Estar trabajando de manera dependiente o independiente.
  • Pertenecer al 40% de las familias más vulnerables del país, de acuerdo al Registro Social de Hogares (RSH).

 

El pago se puede emplear de forma anual o mensual

Pago anual: percibir una renta bruta anual mensual inferior a $5.858.599.

Pago mensual: percibir una renta bruta mensual inferior a $488.217. Además y de acuerdo a lo que indica el gobierno:

  • Son anticipos del pago anual. Solo se paga hasta el 75% del beneficio, el resto del beneficio se entrega en el pago anual (agosto).
  • El primer pago se realiza cuatro meses después de la fecha de postulación.
  • El pago se realiza siempre con tres meses de desfase, por ejemplo, en diciembre se pagará el beneficio de acuerdo a las rentas percibidas en septiembre.
  • Se realiza el último día hábil de cada mes, a excepción de septiembre y diciembre.

Un aspecto a considerar es que la trabajadora debe tener las cotizaciones al día y no debe trabajar en alguna Institución del Estado, incluidos los municipios, ni en empresas privadas que reciban aportes estatales igual o superior al 50%.

 

¿Cómo ingresar?

Uno de los puntos más importantes para postular a la bonificación es contar con Clave Única. Luego de eso se debe ingresar a la página del Sence y hacer clic en el botón “Postular aquí”.

 

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Salario mínimo mensual: Cámara aprueba posible reajuste legislativo

Salario mínimo mensual: Cámara aprueba posible reajuste legislativo

A pesar de no contar con un apoyo parcial, la Sala de la Cámara de Diputados aprobó este jueves el primer trámite legislativo del proyecto que busca reajustar el salario mínimo mensual.

El resultado de las votaciones fueron: 58 a favor, 78 en contra y cuatro abstenciones. Sin embargo, en esta etapa solo se requería un tercio de los votos positivos para seguir su transcurso.

 

Declaraciones del ministro de Hacienda

Si bien el ministro Ignacio Briones no descartó la posibilidad de aumentar en hasta 6 mil pesos el salario mínimo mensual, este reajuste no se realizaría antes de abril del próximo año.

“En lugar de plantear un reajuste de un año, hagamos estaciones intermedias que se hagan cargo de la realidad país. Queremos proponer hacerlo en abril. Conversémoslo”, argumentó Briones.

También destacó que es necesario considerar el difícil escenario económico que se vive en el país producto del Covid-19. “El salario mínimo no lo paga el Estado, sino que lo pagan los empleadores, donde tres de cada cuatro personas que ganan el mínimo trabajan en las pymes, que son un sector que vive un momento complejo debido a la pandemia”.

 

Primer proyecto rechazado

Es preciso mencionar que el pasado 8 de septiembre, el proyecto que fue presentado por el Ejecutivo ya se había rechazado previamente por la Cámara de Diputados.

De acuerdo a la propuesta del Gobierno, se establecía un reajuste real cero y el 0,4% nominal para cubrir el IPC de los últimos meses. Es decir, un aumento de 1.500 pesos.

Con ello, de $320.500 el sueldo mínimo mensual aumentaría a $322.000, algo que actualmente podrá volver a modificarse.

Ahora el proyecto pasará a las comisiones de Trabajo y Hacienda para su votación particular.

 

 

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Proyecto que regula el trabajo adolescente será ley: Multas más duras y nuevos requisitos

Proyecto que regula el trabajo adolescente será ley: Multas más duras y nuevos requisitos

La Cámara de Diputados aprobó por 146 votos el proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo en materia de protección de los niños, niñas y adolescentes en el mundo del trabajo.

Lo anterior significa un avance en cuanto a la eliminación de irregularidades como el trabajo infantil y la integración del trabajo adolescente protegido.

Entre los ejes importantes del proyecto, se establece la diferencia entre adolescente con edad para trabajar, niño o niña y la definición del Trabajo Peligroso y Trabajo Adolescente Protegido.

Según la normativa, los adolescentes en edad de trabajar deberán ser mayores de 15 años. No así quienes tengan menos de 14 años, quienes se considerarán como niño o niña.

Asimismo, el trabajo adolescente protegido contempla que deberá ser realizado por jóvenes con la edad establecida (mayores de 15 años), donde el espacio laboral se considere seguro y que no intervenga con la asistencia regular a clases, orientación o formación profesional.

 

En cuanto a los requisitos para contratar a adolescentes, se fija lo siguiente:

  • Contar con la autorización de los padres, tutor, representante legal o del inspector del Trabajo en caso de no contar con las alternativas anteriores. Esto debe aplicarse en el mismo orden.
  • Garantizar el cumplimiento de la educación media, estar cursándola o bien, estar cursando educación básica.
  • Jornada de 30 horas semanales.
  • Máximo 6 horas diarias en el periodo de formación educativa.
  • Máximo 8 horas en periodo de vacaciones.
  • El empleador tendrá la obligación de informar la contratación a la Oficina Local de la Niñez.
  • En ningún caso se podrá aplicar jornada extraordinaria.

 

Multas

En caso de que el empleador contrate a niños, no cumpla con los requisitos o infrinja de forma continua los protocolos establecidos en la ley, se le podrá aplicar multas que van desde las 10 a 300 UTM.

A modo de ejemplo:

El motivo de las sanciones podría ser por labores que involucren fuerza excesiva; actividades peligrosas para la salud, seguridad o moralidad; espectáculos de connotación sexual o que se realicen en lugares donde se venda alcohol o se permita el consumo de tabaco.

Cabe mencionar que el proyecto que regula el trabajo adolescente fue despachado y está listo para transformarse en ley.

 

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