Salario mínimo legal pasa al Senado, pero sin reajuste

Salario mínimo legal pasa al Senado, pero sin reajuste

La Cámara de Diputados aprobó en general el proyecto que reajusta el salario mínimo legal, pero no logró acordar el contenido del articulado, ni el monto.

Por 71 votos a favor, 59 en contra y 7 abstenciones, los parlamentarios lograron despachar al Senado el proyecto que aumenta el salario mínimo. Sin embargo, todavía no hay una claridad de las propuestas debido a que el Gobierno mantiene el alza del 3,2%, pero la oposición insiste en presentar mejoras durante el trámite legislativo.

 

¿En qué consiste la propuesta rechazada del Gobierno?

 

La iniciativa incrementa a 3,2% el salario mínimo legal, es decir 10.500 pesos, lo que modificaría el monto actual de $326.500 a $337.000 mensuales.

Asimismo, el Gobierno también propuso aumentar el tope máximo para acceder al Ingreso Mínimo Garantizado (IMG) -subsidio estatal para complementar la remuneración bruta- de $393.987 brutos a $421.250, por persona.

Por último, dentro de los proyectos se busca asegurar a los trabajadores que reciben salario mínimo con un IMG de 50.000 pesos (actualmente el monto es de 40.000 pesos).

 

 

Impresiones

 

Por su parte el diputado Tucapel Jiménez (PPD), indicó que no se han escuchado las indicaciones de la Comisión del Trabajo.

 “El Gobierno no quiso entender la propuesta que hicimos desde la comisión que iba en una lógica completamente diferente de cambiar el mecanismo de una vez por todas para reajustar el salario mínimo, llegando a la línea de la pobreza de manera gradual, enfocando toda la ayuda a las pequeñas y medianas empresas”, precisó.

En tanto el diputado Raúl Soto, señaló que la propuesta del Mandatario está lejana a la realidad de los chilenos por la crisis económica.

“Es una propuesta tacaña y absolutamente insuficiente si consideramos la realidad de la crisis sanitaria, económica y social que está viviendo Chile y si consideramos el aumento del costo de la vida que está afectando a la clase media y a los sectores vulnerables. Por eso, como oposición le hemos dado un portazo”.

¿Cómo se calcula el feriado progresivo en Chile?

¿Cómo se calcula el feriado progresivo en Chile?

La fuente legal establecida en el artículo 68 del Código del Trabajo indica que:

«Todo trabajador, con diez años de trabajo, para uno o más empleadores, continuos o no, tendrá derecho a un día adicional de feriado por cada tres nuevos años trabajados, y este exceso será susceptible de negociación individual o colectiva”.

 

En otras palabras, el feriado progresivo, también conocido como “vacaciones progresivas”, es un derecho que aplica para todo trabajador y consiste en la suma de un día de vacaciones por cada tres años de servicio con el mismo empleador, siempre que cuente con 10 años trabajados (120 cotizaciones previsionales).

Asimismo y según lo señalado en el dictamen 5.270-246 publicado el 5 de septiembre de 1994, el feriado progresivo es concebido por el legislador como un beneficio cuyo objetivo es aumentar el feriado básico en razón de la antigüedad o los años trabajados.

 

Resumen de los requisitos para tener derecho al primer día de feriado progresivo:

  • Contar con 10 años trabajados con el empleador actual o anteriores.
  • Tener 3 nuevos años con el actual empleador.
  • Ser trabajador dependiente.

 

Por otra parte, los años de servicio tienen dos características específicas que son:

  • Con uno o más empleadores.
  • Años continuos o discontinuos.

 

 

Cálculo del feriado progresivo

 

De acuerdo a lo que indica la Dirección del Trabajo (DT), los días del feriado progresivo se agregan de forma permanente al feriado anual del trabajador, aumentando un día por cada tres años, siempre que no cambie de empleador.

En el caso de que el trabajador decida cambiar de empleador, se perderán los días del feriado progresivo y la duración de prestaciones de servicio servirán para completar la base mínima de los 10 años ante el nuevo empleador.

Por lo mismo, la única forma de poder obtener el beneficio es cumplir tres años de antigüedad con el mismo empleador. ¡Vamos a unos ejemplos del cálculo del feriado progresivo!

Caso Días de vacaciones
Un trabajador cumplió 3 años laborando para el actual empleador y adicionalmente tiene 10 años trabajados, sumando un total de 13 años. Por lo tanto, tendrá derecho a utilizar 15 días hábiles de vacaciones, más 1 día de feriado progresivo.
Un trabajador cumplió 6 años laborando para el actual empleador y adicionalmente tiene 10 años trabajados, sumando un total de 16 años. Por lo tanto, tendrá derecho a utilizar 15 días hábiles de vacaciones, más 2 de feriado progresivo.

 

 

¿Cómo se acreditan los años de servicios?

 

Mismo empleador

Aquellos trabajadores que solo han trabajado con el mismo empleador, deberán acreditar los años laborados con el contrato de trabajo, de acuerdo a la fecha del ingreso.

 

Distintos empleadores

Aquellos trabajadores que han trabajado para más de un empleador, pueden acreditar los años con los siguientes documentos:

  1. Con una certificación que otorgue la Inspección del Trabajo de acuerdo a los antecedentes que ésta disponga.
  2. Con un instrumento público que constate de forma fidedigna la prestación de servicios, tales como sentencias judiciales, convenios o fallos arbitrales, escrituras públicas o certificados de cotizaciones previsionales otorgados por las respectivas AFP.
  3. Si no existen los documentos anteriores, se pueden acreditar los años a través del trámite judicial con la información para perpetua memoria, la cual debe ser aprobada por el tributar competente (artículos 909 y siguientes del Código de Procedimiento Civil).
Cálculo del feriado progresivo

 

Es importante señalar que el tiempo trabajado para otros empleadores se debe acreditar al actual empleador antes de hacer uso de las vacaciones. En el caso de no hacerlo, se perderá el beneficio de ese año, no pudiendo tampoco agregarlo a las vacaciones siguientes.

 

 

¿Se pueden contabilizar los años de trabajo en el extranjero para efectos del feriado progresivo?

 

La jurisprudencia administrativa de la DT indica que sí se pueden contabilizar los años laborados en el extranjero para obtener el beneficio del feriado progresivo, debido a que es un beneficio que persigue la protección del trabajador.

En ese sentido, el haber prestado servicios tanto en Chile como en el extranjero no será un excluyente, porque la institución o figura legal tiene por base la persona del trabajador y no el espacio territorial.

 

 

Extinción del feriado progresivo

 

Existen dos situaciones para saber cuándo se extingue el derecho a utilizar este beneficio:

  • Que el uso de este derecho se pretenda ejercer durante la vigencia de la relación laboral. Es decir, se podrá ejercer hasta dos años retroactivos que contarán a partir de la fecha en que se solicita.
  • Que el derecho se origine con el contrato vigente y se quiera utilizar una vez extinguida la relación. En este caso el plazo para poder solicitar el derecho es de seis meses desde el término de la relación laboral.
Conoce el formato de la liquidación de sueldo

Conoce el formato de la liquidación de sueldo

¿Qué es la liquidación de sueldo?

 

El proceso de la liquidación de sueldo consiste en un documento que debe ser presentado por el empleador a cada trabajador del negocio, empresa o institución. En este documento se especifican los montos del sueldo para el cálculo de dicho desembolso.

Para ponernos en contexto, explicaremos brevemente los conceptos del sueldo en Chile:

 

Sueldo líquido y sueldo bruto

 

El sueldo líquido se caracteriza por tener descuentos contemplados en el Código del Trabajo (CT), como las cotizaciones obligatorias de salud y AFP, en cambio el sueldo bruto, no tiene alguna aplicación de descuentos previsionales.

Ahora bien, existen datos mínimos que se deben presentar para realizar una liquidación de sueldo. Estos deben ser tanto de los trabajadores como de la empresa donde se prestan los servicios para que ambos queden asociados.

 

Datos básicos del trabajador

Aquí debe ir información mínima como el nombre del trabajador, RUT y cargas familiares.

 

Datos pactados

  • Nombre de la empresa
  • Rut de la empresa
  • Cargo
  • Jornada laboral
  • Tipo de contrato
  • Fecha de inicio
  • Días laborados y no laborados

 

Datos previsionales

  • Régimen previsional e institución, como AFP o IPS
  • Plan de salud, como Fonasa o Isapre
  • Fondo de cesantía
  • Jubilación
  • Ahorro voluntario

Es importante mencionar que dentro de la liquidación de sueldo también existen variables, las cuales pueden ser de carácter mensual, como la Unidad de Fomento (UF) o las Unidades Tributarias Mensuales (UTM).

 

Determinación de haberes imponibles y no imponibles

 

Poder determinar los haberes imponibles y los haberes no imponibles permitirá una mayor certeza para evitar posibles errores en la liquidación de sueldo, aquí te contamos en qué consiste cada uno de ellos:

 

Haberes imponibles

 

Los Haberes Imponibles corresponden a los ingresos que obtiene el trabajador por servicio y se deben calcular de acuerdo a los descuentos legales e impuesto único. Por nombrar algunos, entre ellos se encuentran:

  • El sueldo base
  • Comisiones
  • Aguinaldo
  • Bonificaciones

 

Ejemplificación

Haberes Imponibles Montos
Sueldo Base (30 horas) $400.000
Comisiones $30.000
Aguinaldo $60.000
Horas Extras $15.000

 

¿Cuáles son los descuentos legales? Los descuentos legales involucran: Salud, que debe ser del 7% como mínimo legal; Salud Adicional, Cotización de la Aseguradora de Fondos de Pensiones (AFP), Seguro de Cesantía, entre otros descuentos.

 

Consultoría laboral liquidación de sueldo

 

Haberes no imponibles

 

Los Haberes no Imponibles corresponden a montos que aumentan la remuneración del trabajador y estos ingresos no se encuentran vinculados a descuentos legales e impuesto único. Estos ayudan a disminuir los costos del trabajador y aplican elementos como:

  • La colación
  • Movilización
  • Asignación familiar
  • Viáticos

 

Ejemplificación

Haberes no imponibles Monto por día Total
Colación $4.500 $135.000
Movilización $2.000 $60.000
Asignación Familiar $20.000
Viáticos $30.000

 

Formato para calcular la liquidación de sueldo

 

Existe una fórmula que ayuda al cálculo de la liquidación de sueldo y es la siguiente:

Sueldo líquido = Haberes Imponibles + Haberes no Imponibles
– Descuentos Legales – Otros descuentos involucrados.

 

Vamos a un ejemplo concreto:

 

  • Sueldo líquido: $637.500
  • Total de Haberes: $800.000
  • Descuentos legales 162.500

Con la aplicación de los descuentos legales en el sueldo bruto, el trabajador recibe una renta líquida de $637.500.

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