Hay bastante información que entregan terceros de los contribuyentes para que declaren su formulario de renta anual, esta se puede ver en el SII como “información de agentes retenedores”, ahí podrán verificar sus remuneraciones, pensiones, boletas de honorarios, intereses pagados por créditos hipotecarios, mayor o menor valor que obtuvieran en alguna inversión (fondo mutuo, depósitos a plazo, depósitos a la vista, entre otros), dividendos o retiros percibidos con sus respectivos créditos por IDPC, compras o ventas de vehículos, compras o ventas de bienes raíces, el crédito Sence, los ingresos declarados del periodo, los PPM pagados que se pueden imputar en la declaración, la información que han entregado los bancos respecto a sus cuentas corrientes y cuentas de inversión, y mucha otra información que el SII luego compara con lo declarado en su formulario 22.
Con la información mencionada el SII prepara muchas veces una propuesta de declaración del contribuyente, o bien si el contribuyente no tiene propuesta con aquella información se puede elaborar la declaración anual de renta. En ambos casos el SII utiliza esta información para cruzarla con lo declarado en el formulario 22 a efectos de aceptar o impugnar lo declarado.
En algunas oportunidades los agentes retenedores (empresas, bancos o instituciones públicas) podrían modificar la información que han proporcionado al SII respecto de los contribuyentes y en muchos de estos casos cuando los contribuyentes ya han enviado su declaración, no tienen la opción de modificar lo declarado y quedan impugnados.
¿Qué hago si cambiaron mi información?
Si tu declaración quedó impugnada por cambios en lo informado por tus agentes retenedores, deberás hacer lo siguiente:
- Verificar que la información que han cambiado corresponda a lo efectivamente sucedido, esto es, si cambiaron sus remuneraciones deberá verificar los sueldos percibidos y los impuestos únicos descontados y que éstos correspondan a lo informado por la empresa, si cambiaron su crédito SENCE deben verificar el certificado de capacitación y que sea consistente con lo pagado por capacitaciones durante el año, si cambiaron información de honorarios debe verificar que lo informado sea consistente con las boletas de honorarios emitidas durante el año, si cambiaron su información bancaria debe corroborar con el banco o su ejecutivo que la información corresponda efectivamente a lo ganado o perdido en el periodo o a los intereses efectivamente pagados durante el año por el crédito hipotecario.
- Una vez verificado que la información cambiada efectivamente corresponde a lo que se debió declarar, entonces se debe acudir con los nuevos certificados al SII, junto con una propuesta de rectificatoria para modificar la declaración presentada. Si producto del cambio da un mayor monto a pagar, la rectificatoria se puede realizar por internet, en caso contrario la rectificatoria debe ser realizada únicamente mediante atención presencial en las oficinas del SII.
- Si una vez verificada la información cambiada, y ésta no corresponde a lo real sucedido, entonces se debe acudir a la institución que cambió la información para que restituya y cambie lo informado nuevamente y así su declaración pueda ser liberada de impugnaciones.
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