¿Te han hecho dudar en algún trámite cuando te preguntan persona natural o jurídica? Realizar negocios como una entidad u otra tiene ciertas ventajas y beneficios a la hora de cumplir con derechos y deberes, información común que genera confusión. No te preocupes, en Edig te orientamos acerca de sus diferencias.
Una persona natural es el ser humano con nacionalidad y domicilio que puede ejercer derechos y cumplir obligaciones de forma autónoma. En el caso de constituir una empresa, la persona deberá dejar como garantía sus bienes personales y asumir con las obligaciones, por lo tanto, si la empresa llegara a quebrar presentando deudas impagas, los bienes del dueño podrían ser embargados.
Características:
- Puede ejercer todos los derechos y obligaciones de una empresa a su nombre.
- Es responsable de las deudas y obligaciones de una empresa.
- Está formada por una sola persona.
- Al ser persona natural no requiere otro tipo de RUT que no sea el personal.
- No se necesita demostrar un capital para comenzar una actividad.
- Puede funcionar como empresa individual o microempresa familiar.
Una persona jurídica es una figura ficticia o empresa que asume sus propios derechos y cumple con sus obligaciones. En ese sentido, es la empresa quien debe asumir las obligaciones y deudas que puedan surgir y no el dueño. Por lo tanto, en el escenario hipotético de que una empresa quiebre, será esta misma que pagará con los bienes que estén a su nombre.
Características:
- La empresa asume todos los derechos y obligaciones de una persona jurídica
- Las deudas y obligaciones se limitan a los bienes de la empresa
- Puede ser constituida por una o más personas.
- Para formar una empresa se necesita una o más personas, puede ser jurídica o natural. La empresa cuenta con su propio RUT.
- Se necesita demostrar capital, bienes o dinero para su constitución.
- Puede funcionar como sociedad anónima, sociedad colectiva, entre otras.
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