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Gasto aceptado en compra de alcohol

Mar 11, 2022 | Tributaria

El 04 de marzo del año 2022, el Servicio de Impuestos Internos (SII) emitió el Oficio N° 738 que establece que se podrá considerar como un gasto aceptado (Art. 31 LIR) los gastos incurridos en la adquisición de alcohol.

¿Cómo determinar si un gasto es aceptado?

 

Para determinar si un gasto es o no aceptado, debemos remitirnos a los requisitos establecidos en el articulo 31 inciso 1 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), en concordancia con la Circular N° 53 del año 2020, esto es:

  1. Que se trate de gastos necesarios para producir la renta, entendiendo por tales aquellos que tengan aptitud de generar renta, en el mismo o futuros ejercicios y se encuentren asociados al interés, desarrollo o mantención del giro del negocio, o;
  2. No hayan sido rebajados en virtud del artículo 30 de la LIR.
  3. Se encuentren pagados o adeudados en el ejercicio comercial correspondiente.
  4. Se acrediten o justifiquen en forma fehaciente ante el Servicio.

¿En qué consiste el gasto necesario para estos efectos?

 

Se considera un gasto necesario no solo los desembolsos que generan rentas, sino también aquellos aptos o tengan el potencial para generar rentas, sea en el mismo ejercicio en que se efectúa el gasto o los ejercicios posteriores, tomando en consideración la actividad económica del contribuyente y los hechos en que se fundan tal desembolso.

El SII ha interpretado que los gastos que generan los contribuyentes y que tienden a generar un buen clima laboral son considerados como gastos aceptados, siempre que cumplan las siguientes características:

  1. Que el origen sea voluntario y no provenga de una obligación contractual;
  2. Que estén dirigidos y abiertos a toda la persona de la empresa (Principio de Universalidad).
  3. Dentro de un rango de montos establecidos por medio de procedimientos razonables.

Dentro de estos gastos incurridos encontramos las celebraciones de Fiestas Patrias, Navidad y Aniversarios Institucionales que son parte de la costumbre.

Por otro lado, el SII también ha entendido que los gastos incurridos en la fidelización de clientes también son considerado un gasto necesario para producir la renta.

¿La compra de alcohol cumple con los requisitos establecidos y por tanto es un gasto aceptado?

 

Sí, los gastos incurridos en la compra de alcohol para ser consumidos en las actividades extra programáticas de la empresa, con la finalidad de distención y generación de un buen ambiente laboral, como también para la captación y fidelización de clientes, podrán ser calificados como un gasto necesario para producir la renta siempre que, además se cumpla con los requisitos y condiciones antes indicados.

(Incluye oficio) Gasto aceptado alcohol

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