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¡Casi lista! Comisión mixta evaluará artículo de la reforma tributaria

Ene 27, 2020 | Tributaria

Después de 17 meses de tramitación, la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de la modernización tributaria, enviando a comisión mixta 1 de los 13 artículos de la reforma.

En esta oportunidad la iniciativa estará enfocada al apoyo de las pymes, de acuerdo a las medidas planteadas sobre los beneficios tributarios, como la recaudación progresiva para aquellos que tengan mayores ingresos aporten más recursos.

Otras medidas incluyen la rebaja en el pago de las contribuciones para los adultos mayores, la creación de la Defensoría del Contribuyente, y la aplicación de impuestos a los servicios digitales.

Todos los proyectos presentados fueron aprobados, a excepción del artículo sobre ajustes formales al procedimiento de impugnación del impuesto verde, por lo que tendrá que ser revisado nuevamente por una comisión mixta.

 

Proyecciones de la modernización tributaria

Con el objetivo de beneficiar a las pequeñas y medianas empresas en la tributación de sus negocios, el Gobierno impulsó un “Régimen  Pro-Pyme” para potenciar la inversión, el capital de trabajo y la liquidez.

Según consigna Bio-Bio Chile, este régimen comenzará a funcionar de manera automática para aquellas empresas que al inicio de sus actividades tengan un capital efectivo que no exceda de 85 mil UF, y posteriormente, si la empresa mantiene un promedio anual de ingresos brutos  del giro que no exceda de 75 mil UF.

Por otra parte, las nuevas medidas buscan beneficiar de manera permanente a los adultos mayores en el pago de sus contribuciones, minimizando hasta el 100% del pago de contribuciones en situaciones donde el ingreso mensual los registre en el tramo exento del impuesto global complementario.

Con los cambios, nuevas normativas y el visto bueno de la comisión mixta, se espera recaudar más de 2.200 millones de dólares una vez que entre en vigencia el régimen.

 

El proyecto actual:
Creación de beneficios dirigidos a los adultos mayores

Esta medida será abordada en materia de pago a las contribucionesde tal manera que, si el ingreso mensual los ubica en el tramo exento del impuesto global complementario, la rebaja será de un 100%.

Asimismo, en los casos de adultos mayores que se posicionen en el segundo tramo del impuesto global complementario, el pago de las contribuciones se reducirá a la mitad.

 

Recaudación progresiva

Se crea un nuevo tramo del impuesto global complementario y del impuesto único de segunda categoría de una tasa del 40% indicado para rentas que en un año sobrepasen las 310 unidades tributarias anuales. Es decir, sobre 15 millones 400 mil pesos mensuales.

 

Sobretasa progresiva de impuesto territorial a beneficio fiscal

De acuerdo al conjunto de los activos inmobiliarios de un contribuyente cuyo avalúo fiscal supere los 400 millones de pesos, añadiendo los activos inmobiliarios.

 

Regulación del pago de patente municipal de sociedades de inversión

Esta medida no afectará los juicios o cobros pendientes, de acuerdo al criterio establecido en la ley.

 

Beneficios tributarios del DFL 2

Para personas naturales: incluye los inmuebles que se obtienen por herencia en relación al límite actual de dos inmuebles para la aplicación de los beneficios tributarios del DFL 2.

 

Nuevos requisitos para el fondo de inversión privado

Con la finalidad de otorgar un beneficio al tratamiento tributario, los nuevos requisitos serán más exigentes. En la actualidad y según la ley actual se exigen 4 aportes no relacionados que tengan un mínimo de 10%. Sin embargo, con esta modificación el número aumentará a ocho aportes con un máximo de 20% de participación.

 

Eliminación de la devolución de impuestos

De forma gradual se eliminará esta aplicación que se utilizaba en las empresas con situación de pérdida tributaria cuando reciben dividendos desde una filial que ha pagado impuesto de primera categoría. Más conocidos como “PPUA”.

 

Régimen Pro-Pyme

Esta medida tiene como fin incentivar la inversión, capital de trabajo y liquidez de las pymes y funcionará automáticamente para empresas que al inicio de sus actividades tengan un capital efectivo que no supere las 85 mil UF, y posteriormente, en los ejercicios siguientes, que la empresa mantenga un promedio anual de ingresos brutos del giro no superior a las 75 mil UF.

 

Simplificación del sistema de tributación

Dirigida a las grandes empresas con un sistema único semi integrado, y con una tasa del 27%. Con ello, los propietarios de la empresa tributan el impuesto global complementario o adicional cuando se realiza un retiro o reciben una distribución de utilidades.

 

Defensoría del Contribuyente

Se trata de un organismo público descentralizado a cargo de la protección de los derechos del contribuyente. Esta iniciativa se enfoca principalmente a las pymes y les otorga la facultad de representar a las micro empresas y/o personas naturales con bajos ingresos en recursos en materia tributaria con sede administrativa.

 

Código tributario

Algunas modificaciones abordan la regulación orgánica de solicitar antecedentes por parte del Servicio de Impuestos Internos (SII) a los contribuyentes, como también, la facultad de pedir información sobre contribuyentes o entidades residentes en Chile que cuenten con calidad de constituyentes, beneficiarios o administradores de trust en el extranjero (conforme a la legislación extranjera).

 

Derechos de los contribuyentes

La reforma actualiza el catálogo de derechos de los contribuyentes, apoyando los principios contenidos en la ley de bases de los procedimientos administrativos. Además, se añade el recurso para resguardar los derechos de los contribuyentes.

 

Nueva política de transparencia

Para el ejercicio de la facultad de condonación por parte del Servicio de Impuestos Internos y Tesorería.

 

Ley del Impuesto a la Renta

Se renueva el concepto del gasto necesario para generar la renta. Para ello, se debe tener la aptitud de generar un ingreso -en el mismo o en futuros ejercicios- que esté relacionado con el giro o interés del negocio.

 

Simplificación de las normas de tributación internacional

Aquello relacionado con las normas que reconocen un crédito por impuestos pagados en el extranjero.

 

Ley de Impuestos a las Ventas y Servicios

Se añaden al IVA los servicios digitales extranjeros. Esto con un sistema de pago simplificado en moneda extranjera para los prestadores, siguiendo los lineamientos definidos por la OCDE.

 

Digitalización de documentos tributarios

Para la emisión de la boleta electrónica al consumidor. En ella se debe indicar en forma separada el monto del IVA.

 

Rebaja de acumulación de remanente de IVA

A dos meses se reduce el plazo de acumulación de remanente de IVA en la adquisición de activo fijo para pedir su devolución. Asimismo se rebaja a 20 días el plazo que tiene el SII para responder la solicitud.

 

Ley sobre impuestos a las Herencias y Donaciones

Dentro de la modificación de esta ley, se aclara que si fallece el sobreviviente del cónyuge o del conviviente civil en un periodo de 5 años, los herederos de ambos pagarán solo una vez el impuesto por el valor de los bienes que ya han pagado el impuesto con el objetivo de evitar la doble tributación.

  • Además se incorpora la opción de pagar en tres cuotas anuales para casos que heredan bienes no líquidos.

 

Impuesto a la herencia para las personas discapacitadas

Habrá una rebaja del 30% para personas inscritas en el Registro Nacional de la Discapacidad.

 

Zonas extremas

Los beneficios que existen actualmente en zonas extremas y que tienen vencimiento para el 2025, aumenta su garantía en diez años adicionales.

 

Donación libre de impuestos y sin trámites de insinuación

Con ello se regula hasta un 20% de la renta tributada el año anterior, con un tope para el donante de 250 UTM al año. Estas donaciones se deberán dar a conocer en el SII.

 

Depreciación del 50% de las inversiones en activo fijo

Este beneficio es transitorio. Desde el 1 de octubre de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2021 se podrá depreciar el 50% restante de forma acelerada.

– Existe una regla especial para proyectos de inversión en La Araucanía, donde la depreciación es del 100% de manera instantánea, con el mismo plazo.

 

 

 

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