Características del régimen tributario Pro Pyme General
El Régimen Tributario Pro Pyme General está enfocado en los micro, pequeños y medianos contribuyentes, quienes están obligados a llevar contabilidad completa con la posibilidad de optar a una simplificada.
La información que verás a continuación está respaldada por el Servicio de Impuestos Internos (SII). Para profundizar en la materia te ofrecemos nuestras consultorías tributarias, apoyadas por expertos en la materia.
Características principales del Pro Pyme General
(para empresas)
Tasa de Impuesto de Primera Categoría (IDPC)
¿Cómo se determina la Renta Líquida Imponible (RLI)?
Alternativa de incentivo al ahorro
Opción de anticipar el IDPC a sus propietarios contribuyentes de impuestos finales (IF)
Aquellos que sean Pro Pyme General, deberán llevar los siguientes Registros de Rentas Empresariales (RRE):
- Registro de Rentas Afectas a Impuestos Finales (denominado registro RAI)
- Registro de Rentas Exentas e Ingresos No Renta (denominado registro REX), y
- Registro del Saldo Acumulado de Crédito (denominado registro SAC)
Podrán liberarse de la obligación de mantener y controlar los registros RAI y REX:
En la medida que no perciban ni generen rentas con tributación cumplida, rentas exentas de los impuestos finales o ingresos no constitutivos de renta (cantidades que se controlan en el registro REX).
Características principales del Pro Pyme General
(para propietarios)
Tributación en base a retiros, remesas y distribuciones (RRD)
Imputación total del crédito por IDPC en contra de los impuestos finales
¿Qué declaraciones se debe presentar?
La Declaración Jurada 1948, que corresponde a retiros, remesas y/o dividendos distribuidos, o cantidades distribuidas a cualquier título y créditos correspondientes, efectuados por contribuyentes sujetos al Régimen General y Propyme general.
Ver Formulario DDJJ 1948
Ver Instrucciones DDJJ 1948
Considera que:
El plazo de presentación de esta Declaración Jurada vence el 17 de marzo de 2021 para sociedades anónimas abiertas, sin distinguir régimen tributario y el 26 de marzo de 2021 para los demás contribuyentes, sin distinción de régimen tributario.
Ejemplo Formulario 22 para Pro Pyme
A continuación te dejamos la muestra del F22 correspondiente al régimen Pro Pyme, entregado por el SII.