Revisa nuestra tienda online

Préstamo del Estado: Ya se encuentra disponible y con tasa de interés real 0%

Nov 9, 2020 | Tributaria

El Servicio de Impuestos Internos (SII) informó que ya se encuentra disponible la opción para que los trabajadores dependientes e independientes y empresarios individuales puedan postular al Préstamo del Estado.

La ayuda tiene un tope de 650 mil pesos y una tasa de interés real 0%, y pretende ser un apoyo para los trabajadores que, producto de la pandemia, disminuyeron sus ingresos.

 

Trabajadores independientes

Según especifica el SII, noviembre será el último mes en el que los independientes podrán acceder al beneficio del Préstamo del Estado, el cual estuvo disponible desde junio de 2020.

Requisitos para acceder:
  • Haber emitido boletas de honorarios electrónicas en al menos 2 meses entre abril de 2019 y marzo de 2020, o bien en al menos 6 meses entre abril de 2018 y marzo de 2020.
  • En el mes anterior al que se solicita el beneficio, los ingresos por boletas de honorarios electrónicas deben haberse reducido en al menos un 30% respecto del promedio entre abril de 2019 y marzo de 2020.

 

Trabajadores dependientes y empresarios individuales

En la misma línea de lo señalado por el SII, los requisitos para acceder al beneficio son:

  • Registrar un ingreso tributable promedio, igual o superior a $400 mil durante 2019, además de una disminución de al menos un 30% respecto al promedio de las remuneraciones percibidas en 2019.

“Para empresarios individuales, se considera la base del cálculo de los PPM, según lo indicado en la ley, en el mes anterior al que solicita el beneficio. El préstamo solidario corresponde al 70% de la disminución de ingresos que experimentó el contribuyente, con un tope de $650 mil, y puede solicitarse hasta por 3 meses, continuos o discontinuos, entre agosto y diciembre de 2020”, detalla la entidad.

Asimismo, los montos no estarán relacionados a algún tipo de impuesto, ni tampoco retención administrativa, exceptuando la retención de hasta el 50% para aquellos que cuenten con deudas de pensión alimenticia.

Cabe mencionar que aquellos trabajadores que ya recibieron el Préstamo del Estado por los tres periodos disponibles, no podrán volver a solicitarlo.

 

Reintegro del préstamo

Por otra parte, recordamos que el reintegro del préstamo debe ejecutarse en cuatro cuotas a partir de 2022 y de la siguiente manera:

Primera cuota equivalente al 10% del beneficio entregado, a pagar en 2022

Segunda cuota equivalente al 30% del beneficio entregado, a pagar en 2023

Tercera cuota equivalente al 30% del beneficio entregado, a pagar en 2024

Cuarta cuota equivalente al 30% del beneficio entregado, a pagar en 2025

 

 
¡Apóyate con nuestras consultorías tributarias!

Te invitamos a actualizar todos los conocimientos en materias tributarias con nuestros especialistas del área a través de nuestro Portal de Libros Online. Entérate sobre las nuevas medidas por la emergencia sanitaria del Covid-19 y las nuevas legislaciones de este 2020.

0 comentarios

0
    0
    Tu carrito
    tu carro esta vacío Regresa a la tienda
      Calculate Shipping
      Aplicar cupón