SII: Más contribuyentes podrán acceder al bono Clase Media

SII: Más contribuyentes podrán acceder al bono Clase Media

Este jueves el Servicio de Impuestos Internos (SII) informó acerca de las nuevas medidas para incluir a más contribuyentes que no han podido acceder al beneficio estatal de Clase Media.

Según detalló el Director del SII, Fernando Barraza, «como Servicio estamos realizando todos los esfuerzos para que este aporte fiscal llegue a quienes corresponde. Así, en la medida en que hemos ido detectando nuevos casos que se encontraban impedidos de acceder al bono, nos hemos abocado a analizarlos, desplegando todas nuestras capacidades técnicas, recurriendo a información con que cuentan otras instituciones, para darles la más pronta solución, y así lo seguiremos haciendo”.

 

Nuevas medidas para los contribuyentes

Con el objetivo de beneficiar a los trabajadores dependientes; a los jubilados que en 2019 contaban con un ingreso extra; a las trabajadoras de casa particular con cotizaciones previsionales y a los trabajadores independientes, el SII estableció una serie de requisitos legales para acceder al aporte fiscal, como:

  • Tener una renta promedio anual durante 2019 igual o superior a 400 mil pesos, o igual o menor a $2 millones.
  • Haber registrado durante el mes de julio una disminución de 30% o más en los ingresos.

 

Trabajadores dependientes

En el caso de los trabajadores dependientes cuyo empleador no informó oportunamente los ingresos de 2019, el SII calculará el sueldo tributable a partir de las cotizaciones registradas e informadas al SII por las AFP.

 

Jubilados

Las personas que habiendo estado jubiladas durante 2019, podrán obtener el beneficio si registraron sueldos y/o honorarios ese mismo año. Esto debido a que la pensión es considerada como ingreso, por lo tanto, podría alcanzar el promedio anual en 2019 igual o superior a 400 mil pesos.

Vale mencionar que el bono se otorgará siempre y cuando se registre una caída de al menos un 30% de los ingresos de julio.

 

Trabajadoras de casa particular

Actualmente y por medio de un trabajo de coordinación con la Superintendencia de Pensiones, el SII cuenta con la información de las trabajadoras (de las que se puede determinar sus ingresos) a partir de las cotizaciones pagadas por el empleador durante 2019.

Debido a esto, las que cumplan con los requisitos de renta y caída de ingresos podrán calificar como beneficiarias para obtener el aporte de Clase Media.

 

Trabajadores independientes

El SII revisó la situación de quienes emitieron boletas de honorarios durante 2019, con auto retención y pago de los impuestos mensuales a través del Formulario Nº 29. Con esta información, quienes cumplan con lo que establece la ley podrán acceder al bono.

Finalmente el SII y la Superintendencia de Seguridad Social están trabajando para considerar casos de contribuyentes con licencia médica durante 2019, puntualmente las situaciones donde los empleadores no informaron en forma asertiva los meses trabajados.

Comisión Mixta aprobó el proyecto de medidas tributarias transitorias

Comisión Mixta aprobó el proyecto de medidas tributarias transitorias

Inyección de liquidez para pymes y empresas es parte del proyecto de medidas tributarias transitorias que fue aprobado en general y en particular por la Comisión Mixta de Hacienda.

Con el objetivo de activar la economía, esta iniciativa plantea la posibilidad de crear nuevos empleos y prestar apoyo a los emprendedores del país.

Así lo destacó el ministro de Hacienda, Ignacio Briones, señalando que: “Son buenas noticias para una recuperación económica y del empleo que tenemos que acometer todos juntos. Ese es el gran desafío nacional”.

Por su parte, también señaló que el plan contempla todos los puntos iniciales planteados por el Ejecutivo, como la amortización de intangibles, medidas tributarias que promueven a la inversión, medidas de liquidez para las Pymes y la rebaja del IPC del 25% al 10%.

“Estas medidas tributarias transitorias se inscriben dentro del Acuerdo nacional que firmamos a mediados de junio. Es importante que los acuerdos se respeten”, complementó el titular de Hacienda.

Ahora el proyecto legislativo tendrá que ser ratificado por las salas de la Cámara de Diputados y el Senado.

Aquí te contamos los detalles del proyecto de las nuevas medidas tributarias transitorias:

Rebaja del Impuesto de Primera Categoría y de Pagos Provisionales Mensuales

Dirigido a empresas acogidas al régimen pro pyme. Esta rebaja será aplicada transitoriamente al Impuesto de Primera Categoría del 25% a una tasa de 10%, de acuerdo a las rentas obtenidas en los años comerciales 2020, 2021 y 2022.

Además se reduce la tasa de Pagos Provisionales Mensuales (PPMs) de las Pymes:

  • De 0,25% o 0,125% en pymes con ventas menores a UF 50.000
  • De 0,5% a 0,25% para el resto.

 

Devolución de crédito fiscal IVA acumulado para pymes

Consiste en un reembolso que deberá ser solicitado en el SII del crédito fiscal IVA acumulado entre enero y mayo de 2020.

Este beneficio está pensado para las Pymes que hayan registrado una disminución de sus ventas de al menos un 30%, debido a la pandemia.

 

Depreciación instantánea de 100% hasta el 31 de diciembre de 2022

De acuerdo a lo que especifica el proyecto, la ley 21.210 añadió un beneficio transitorio de depreciación instantánea de 50%, por la inversión en activo fijo realizada entre el 1 de octubre de 2019 y el 31 de diciembre de 2021. Por excepción, esta depreciación aplicaba al 100% para la Región de La Araucanía.

Sin embargo esto cambiaría, ampliándose la depreciación instantánea a un 100% para todo el país, y para todas las inversiones en activo fijo que se realicen hasta el 31 de diciembre de 2022. De esta forma, los contribuyentes podrán rebajar, para efectos de impuestos, el total del valor de los bienes en el mismo año en que se adquieran.

El proyecto también añade un régimen de amortización instantánea respecto de ciertos activos intangibles protegidos en conformidad con la ley (propiedad industrial, derechos de autor y nuevas variedades vegetales), reconociendo así las diversas formas de inversión y desarrollo tecnológico que dan cuenta de una economía chilena cada vez más digitalizada.

 

Recursos fiscales para la contribución regional de 1% para proyectos iniciados hasta el 2021

La reforma tributaria estableció una contribución de beneficio regional de 1% para los proyectos de inversión con activos fijos con un valor sobre US$10 millones y que se sometan a la aprobación del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

El proyecto establece que el Fisco pagará la contribución del 1% de los proyectos de inversión que se sometan a la Evaluación de Impacto Ambiental hasta el 31 de diciembre de 2021. De esta forma, los libera de este pago siempre y cuando las obras partan en un plazo no superior a 3 años contados desde la obtención de una resolución de calificación ambiental favorable. De esta forma, se incentiva la realización de nuevos proyectos de inversión en las regiones.

 

Postergación de entrada en vigencia de boleta electrónica para facturadores electrónicos

El proyecto de ley posterga el plazo de entrada en vigencia de la obligación de emitir boleta electrónica aplicable para quienes ya son facturadores electrónicos, desde septiembre 2020 a enero de 2021.

 

Ampliación a 3 meses del plazo de postergación de IVA

Se amplía transitoriamente de 2 a 3 meses el plazo de postergación del pago de IVA establecido en la ley para las empresas acogidas al régimen pro-pyme y empresas con ventas promedio del giro de hasta 100.000 UF en los 3 últimos años, que cumplan ciertos requisitos de buen cumplimiento, como no presentar morosidad reiterada y haber efectuado sus declaraciones de impuestos en tiempo y forma. La medida se aplicará de forma transitoria hasta el 31 de diciembre de 2021.

 

 
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SII emite las instrucciones de los cambios al artículo 21 y 31 de la LIR

SII emite las instrucciones de los cambios al artículo 21 y 31 de la LIR

Este martes 10 de agosto, el Servicio de Impuestos Internos (SII) anunció a través de la circular Nº 53 las instrucciones de los cambios introducidos al artículo 21 y 31 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, por la Ley 21.210, sobre la modernización tributaria.

De acuerdo a lo indicado en la circular Nº 53, el objetivo es «impartir instrucciones sobre las modificaciones introducidas por el artículo segundo, N°s 11 y 13, de la Ley a los artículos 21 y 31 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), así como también entregar una interpretación sistemática de las instrucciones previas sobre la materia, a la luz de las señaladas modificaciones».

En la misma línea, el documento menciona que «Todas las referencias efectuadas en la presente circular se deben entender referidas a la LIR y según su texto vigente a partir del 1° de enero de 2020, a menos que expresamente se indique algo distinto».

Para ver la información completa, te invitamos a hacer clic en el siguiente botón.

 
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