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Superintendencia de Pensiones publica oficio para el retiro del 10%

Jul 28, 2020 | Laboral

A fin de aclarar el procedimiento de la entrega de los fondos previsionales, la Superintendencia de Pensiones (SP) presentó un oficio definitivo para los afiliados, precisando el horario inicial del procedimiento a las 09:00 horas de este jueves 30 de julio.

En el documento se establecen los plazos y resguardos que las administradoras de fondos de pensiones (AFP) deberán tomar para así lograr la aplicación efectiva de la reforma constitucional, que permite el retiro del 10% de los fondos de pensiones.

Por su parte, las aseguradoras están autorizadas para comunicar a los afiliados que hasta el 2 de agosto próximo, las solicitudes de retiro deberán efectuarse de manera remota.

De acuerdo a las instrucciones, las AFP deberán habilitar en el Home de cada página un acceso que guíe al afiliado a una aplicación informática para comenzar con el registro de las solicitudes de retiro de fondos.

La aplicación además deberá contar con un diseño único de solicitud y de fácil comprensión, que incluirá la misma información para los afiliados y beneficiarios.

Además y por medio de una clave simple, se podrá consultar el saldo disponible en la cuenta individual y el monto máximo de retiro.

En cuanto a la información que deberán exigir las entidades, son las siguientes:
  • RUT y serie o número de documento.
  • Domicilio completo, que puede ser opcional.
  • Teléfono.
  • Correo electrónico.
  • Modalidad de pago.
  • Y otras indicaciones del formulario.

 

En el punto de modalidad de pago, el afiliado tendrá dos opciones. La primera se trata de una transferencia a la cuenta de ahorro voluntario (Cuenta 2) en la AFP donde se está solicitando el retiro; y la segunda, permite el depósito en una cuenta bancaria o instituciones financieras. Esto incluye a las cooperativas de ahorro y crédito, como también las cuentas de provisión de fondos en cajas de compensación.

Cabe mencionar que luego de la selección de la cuenta, la administradora correspondiente deberá informar que el depósito no será aplicable a cuentas bipersonales, es decir, con más de un titular, ni tampoco en cuentas digitales con procesos de apertura no presenciales, para así prevenir el rechazo de la solicitud.

Otro punto a destacar, es que las AFP podrán añadir como método de pago los servicios de Servipag o Sencillito, para así obtener el monto en efectivo.

 

¿Retiro total del 10%?

Por otro lado la aplicación donde se debe generar el trámite, deberá consultar a la persona si desea retirar el monto máximo del 10%, con alternativas de “SI” o “NO”.

En el caso de que el solicitante conteste “NO”, se entenderá que se quiere hacer un retiro parcial del 10%, por lo que tendrá que ingresar el porcentaje que quiere retirar.

A su vez y con la decisión de no sacar la totalidad del 10%, la administradora deberá emitir una nota indicando que el afiliado no podrá efectuar en un futuro otro retiro por el porcentaje restante.

 

Formulario de solicitud

Para el requerimiento se solicitará el número de cédula de identidad del afiliado, lo que le permitirá a la AFP corroborar si corresponde el acceso al retiro, o de lo contrario, no se permitirá el ingreso.

Los extranjeros que no tengan cédula de identidad nacional, podrán ingresar con el NIC (número identificatorio para cotizar) que utilizan para los pagos o declaración de las cotizaciones, más la clave de acceso de su AFP.

En la misma línea, la administradora notificará al solicitante por medio de su correo electrónico y celular registrado en la base de datos y en el formulario.

También se hará efectivo un mecanismo de monitoreo en cuanto a los cambios de datos de contacto, con la intención de alertar anticipadamente en caso de fraudes.

Con ello las administradoras contarán con un plazo de 4 días hábiles para poder verificar la solicitud e informar la aprobación o rechazo de éste.

 

El pago del retiro

Del mismo modo, la Superintendecia de Pensiones indicó que la entrega del monto se realizará primeramente con un 50% de lo solicitado, con un plazo de 10 días hábiles a contar de la fecha del requerimiento ante la AFP, luego, se entregará el 50% restante en un plazo de 30 días hábiles desde la fecha del primer pago.

Asimismo, cada pago dispondrá de un tope de 75 UF, y en caso de solicitantes con montos de 35 UF o inferiores, se les entregará un pago único dentro de los 10 días hábiles de la fecha de solicitud.

Para realizar el retiro, existe un plazo máximo de 365 días a contar de la fecha de la publicación en el Diario Oficial.

 

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